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Hacia la formación de una policía judicial

Dentro de la tradicional clasificación de competencia civil y penal, tomando la primera en su sentido más lato, ambas están entregadas, en cuanto a su juzgamiento y cumplimiento de lo resuelto, a los tribunales de justicia. Pero en lo penal la actividad investigativa reside exclusivamente en el Ministerio Público, salvo el campo teóricamente restringido de la Justicia Militar.


De acuerdo a las normas constitucionales, Carabineros e Investigaciones constituyen en conjunto las Fuerzas de Orden y Seguridad y dependen del Ministerio de Defensa Nacional. Hoy se debate si es más conveniente que su sujeción sea sólo al Ministerio del Interior, pero no se ha abierto otra indispensable discusión: si es del caso crear la Policía Judicial, dentro de la estructura jurisdiccional-administrativa del Poder Judicial y del Ministerio Público.



Dentro de la tradicional clasificación de competencia civil y penal, tomando la primera en su sentido más lato, ambas están entregadas, en cuanto a su juzgamiento y cumplimiento de lo resuelto, a los tribunales de justicia. Pero en lo penal la actividad investigativa reside exclusivamente en el Ministerio Público, salvo el campo teóricamente restringido de la Justicia Militar.



Para cumplir este cometido, el Fiscal es auxiliado por la policía civil y uniformada, y eventualmente por Gendarmería. Pero todos estos órganos, a su vez, tienen una subordinación jerárquica y administrativa, en último término, del Poder Ejecutivo.



De esta manera, se configura una doble sujeción que es altamente inconveniente para la actividad investigativa y jurisdiccional. El policía, frente a la disyuntiva de dar preferencia a una instrucción de un fiscal o la de su superior jerárquico en el servicio, difícilmente dudará de postergar la primera para dar preferencia a la segunda. Siempre estará más proclive a obedecer a la persona de quien depende su permanencia o promoción.



Esta posibilidad de permanente postergación atenta contra la necesaria agilidad en la indagación y el juzgamiento, lo que se hace particularmente agudo a partir de la implantación nacional de la reforma procesal penal.



Por otra parte, esta situación dual hace que los fracasos de las investigaciones se proyecten sobre el Poder Ejecutivo, el que a su vez pretende compartir responsabilidades con el Poder Judicial, produciéndose una estéril polémica.



Todo esto quedaría definitivamente zanjado si un importante servicio policial, integrado también por los organismos de apoyo como el Instituto Médico Legal y los laboratorios especializados, quedaran integrados dentro de la jerarquía Ministerio Público-Poder Judicial, de suerte que sus autoridades máximas, su orgánica y su funcionamiento reconocieran sólo una dependencia.



Lo anotado tendría además la muy importante ventaja de separar este servicio especializado del Poder Ejecutivo, lo que contribuiría a su profesionalismo y despolitización. Los refuerzos y aumentos de contingente que hoy se visualizan como indispensables se canalizarían así a una mayor eficiencia en pro de la represión penal, contribuyendo de esta manera a la seguridad ciudadana.



* José Pablo Forteza es abogado.

  • El contenido vertido en esta columna de opinión es de exclusiva responsabilidad de su autor, y no refleja necesariamente la línea editorial ni postura de El Mostrador.
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