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Control, fiscalización y universidades

Rafael Rosell Aiquel
Por : Rafael Rosell Aiquel Rector de la Universidad Pedro de Valdivia
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Si uno de los ejes del proceso es fiscalizar la existencia de lucro, eso lleva necesariamente a que se demanden los instrumentos necesarios para que la entidad contralora pueda ejercer sus funciones.


Con la presencia de la Presidenta Michelle Bachelet, el contralor Ramiro Mendoza realizó su cuenta pública y efectuó una serie de recomendaciones, que resultan necesarias de tener en cuenta; más aún cuando el país está viviendo un proceso de transformación profundo de su sistema educativo, y en particular de sus casas de estudios superiores.

Si uno de los ejes del proceso es fiscalizar la existencia de lucro, eso lleva necesariamente a que se demanden los instrumentos necesarios para que la entidad contralora pueda ejercer sus funciones.

El Contralor General había indicado con anterioridad que “no existían mecanismos directos para fiscalizar recursos públicos que reciben las universidades privadas”. Lo que es contradictorio con el hecho de que éstas reciben dineros estatales. Al ser así, deberían estar obligadas a rendirlos públicamente. De cara al principio básico de toda adecuada administración de fondos estatales: la rendición de cuentas o accountability.

De ahí la urgencia de que se envíe por el Ministerio de Educación y luego se apruebe por el Congreso, el proyecto de ley de la Superintendencia de educación superior, y a su vez se avance en ampliar las atribuciones de la Contraloría General de la República, de manera que pueda fiscalizar la inversión que hacen las universidades privadas de los fondos que les son entregados por el Estado; son dineros de todos para cumplir una función pública que es la educación.

[cita] Si uno de los ejes del proceso es fiscalizar  la existencia de lucro, eso lleva necesariamente a que se demanden los instrumentos necesarios para que la entidad contralora pueda ejercer sus funciones.[/cita]

Por su parte y en relación a las universidades estatales, y al trato especial que ellas merecen por el rol que poseen en el sistema de educación superior, Mendoza fue taxativo: “Si vamos a jugarnos con que las universidades estatales son realmente estatales, debemos situarlas donde están, en el sector público, con las reglas especiales de su administración”. Hizo mención a la tensión que experimentan al verse sometidas a una serie de fiscalizaciones y autocontroles “que no son compatibles y necesarios”.

“Por una parte están sujetas a la ley 18.406 de sociedades anónimas, parcialmente a la ley de administración financiera del Estado y a la contabilidad gubernamental. Y además deben cumplir las reglas de transparencia y de adquisiciones de compras públicas porque son entidades de servicio público dedicadas a la educación pública”.

“El que las universidades estatales tengan que publicar sus balances no tiene sentido, porque es un gasto innecesario”, para eso está el principio de transparencia y su regulación legal que le es aplicable a estas universidades. Además cuestionó que se les obligue a hacerlo. “Si son entidades públicas, deben someterse a los controles de dichas entidades y no verse sometidas, muchas veces al estrés de estar solicitando créditos en los bancos, que las saca de su verdadera naturaleza: que es ser entidades de servicio público”. La mirada contralora muchas veces temida por las universidades estatales que piensan que es una traba, no lo es, muy por el contrario, es una gran ayuda para una buena gestión y a eso apunta lo señalado por el Contralor General de la República.

En sus palabras entregó definiciones precisas, en un debate muchas veces monopolizado por visiones ideológicas en las que se echaba de menos conclusiones como éstas: ponderadas a partir de la experiencia.

  • El contenido vertido en esta columna de opinión es de exclusiva responsabilidad de su autor, y no refleja necesariamente la línea editorial ni postura de El Mostrador.
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