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La educación como bien de capital

Roberto Meza
Por : Roberto Meza Periodista. Magíster en Comunicaciones y Educación PUC-Universidad Autónoma de Barcelona.
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No se entiende, en este amplio consenso político logrado en Chile respecto de la necesidad de avanzar hacia una educación de calidad como derecho universalmente asegurado, la exclusión de quienes desean y pueden aportar desde lo particular para alcanzar este sueño, sin monopolizar en la estructura estatal su operación, amenazando la libertad y diversidad de proyectos educacionales vigentes.


Se ha hecho lugar común oponer la idea de “derecho” a la de “mercado”, una contradicción cuyo fundamento es, a todas luces, falaz, pues alguien que afirma que la educación es un “bien de consumo” –que no lo es, porque respondería mejor a la definición de “bien de capital”– puede afirmar, al mismo tiempo que la educación es un “derecho social” que debe asegurarse universalmente.

En efecto, se trata de una dualidad que confunde planos: de una parte, los derechos emergen de acuerdos político-sociales apuntados a asegurarlos con el propósito de mejor convivencia y resolución pacífica de conflictos, poniéndolos al amparo de la autoridad de leyes democráticamente dictadas y la potestad del Estado para hacerlas cumplir.

Por su parte, la idea de “bien de consumo” –o “de capital”– corresponde a parte de la técnica derivada de la acción de asignar recursos y valor en un entorno de millones de vínculos voluntarios que las personas establecen diariamente para realizar los intercambios que se producen en sociedades democráticas y que buscan satisfacer cada particular modo de vida ciudadano. Es decir, cuando se define como contradicción la educación como derecho social y/o como bien de consumo o capital, se relacionan “peras con manzanas”.

El mercado, es decir, ese espacio al que concurren las personas con sus diversas capacidades y necesidades a ofrecer y demandar los bienes que cada cual estima necesarios para su mejor vivir material posible, es la herramienta que usan las sociedades libres para reproducir trabajo, capital y bienes. En ellas, el Estado actúa como coordinador político para mitigar las naturales disputas entre los múltiples intereses en relación, evitando que la competitividad y/o la propia libertad deriven en acumulación de poderes cuyos intereses particulares terminen como generales, dañando así la libertad de otros y afectando una autonomía que se debe defender como valor democrático sustantivo.

[cita] No se entiende, en este amplio consenso político logrado en Chile respecto de la necesidad de avanzar hacia una educación de calidad como derecho universalmente asegurado, la exclusión de quienes desean y pueden aportar desde lo particular para alcanzar este sueño, sin monopolizar en la estructura estatal su operación, amenazando la libertad y diversidad de proyectos educacionales vigentes. [/cita]

La política, como única estructura de poder capaz de enfrentar a otros poderes de facto, puede actuar como igualador forzado de acceso universal a derechos sociales exigibles por leyes aprobadas por mayorías circunstanciales, como lo hacen varios países del área; u operar con criterios de coordinación y mitigación normativa de los conflictos de intereses, buscando acuerdos que, sin dejar completamente satisfechos a los litigantes, le otorgan a cada cual parte de lo suyo. Sin embargo, en ambos casos, serán finalmente los recursos reales disponibles los que definirán su materialización para que el discurso de los derechos no sea simple “flatus vocis”. De allí que, por consiguiente, no haya contradicción entre educación como derecho o como bien de consumo o capital. Son ámbitos distintos y con diversos propósitos operacionales.

La educación es hoy, qué duda cabe, un derecho (no lo era hace un siglo). Lo es también la alimentación y, desde luego, la vida. Sin embargo, nadie –hasta ahora– ha impetrado “gratuidad universal” o “fin al lucro” en la industria de la alimentación, porque se entiende que, bien abastecida y abundante, con millones de oferentes y demandantes en competencia, se puede tener alimentos a diversos precios y calidades. Dicho escenario es resultado de la libertad de cada cual para emprender y colocar su oferta, así como la de los que demandan, sin interferencias biométricas de parte de un Estado que controle hasta lo que se come. O que decida qué se debe estudiar, como en ciertas dictaduras religiosas y políticas.

Por cierto, en el caso de la Educación, la calidad requiere ser normada y asegurada por la coordinación política y social que se realiza a través del Estado, debido a las complejidades que implica elegir el servicio y/o lo inoficioso que resulta sancionar baja calidad cuando el daño ya está hecho, después de años de malas prácticas que no pueden ser detectadas con agilidad por los usuarios. Así y todo, la educación puede entenderse como bien de consumo o de capital, si de medir sus costos se trata, sin necesariamente abandonar la perspectiva de que aquella es un derecho universal. Ese es, por lo demás, un acuerdo político muy mayoritario, pero la concreción de los objetivos citados importa que la polémica se realice no sólo en el espacio, sino también en el tiempo.

No se entiende, en este amplio consenso político logrado en Chile respecto de la necesidad de avanzar hacia una educación de calidad como derecho universalmente asegurado, la exclusión de quienes desean y pueden aportar desde lo particular para alcanzar este sueño, sin monopolizar en la estructura estatal su operación, amenazando la libertad y diversidad de proyectos educacionales vigentes. La propuesta estudiantil original fue horizontalmente integrada a la política porque en lo sustantivo es consistente con la sociedad del conocimiento a la que estarán expuestas las nuevas generaciones. Por eso, usar el poder político para conseguirla, aunque necesario, exige de una más leal negociación entre ciudadanos libres y con similares propósitos y no la imposición. En democracia, lo público nunca ha sido sinónimo de Estado, ni lo privado, excepcionalidad total de lo público. La educación de calidad es un bien de capital que le permitirá al usuario generar nuevos bienes, lo que se constituye en un derecho universal a la creatividad, autonomía y crecimiento personal y social.

  • El contenido vertido en esta columna de opinión es de exclusiva responsabilidad de su autor, y no refleja necesariamente la línea editorial ni postura de El Mostrador.
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