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Sobre aportes, reservas y urgencia de legislar

Cristián Alzamora
Por : Cristián Alzamora Abogado Comisión de Reformas Políticas Estructurales. Revolución Democrática
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Para Revolución Democrática, la discusión que se ha generado hace aún más patente el sentido de urgencia con el que deben abordarse reformas políticas indispensables para la calidad de la democracia que queremos construir, y en particular, las reformas a la actual Ley sobre transparencia, límite y control del gasto electoral (Ley No. 19.884 del año 2003).


Durante los últimos días, la ciudadanía ha podido conocer la relación que existe entre las empresas privadas y los partidos políticos en materia de financiamiento y transparencia del gasto electoral, advirtiendo las distintas reacciones adoptadas por dirigentes políticos y empresariales frente al tema. El diputado Felipe Kast, por ejemplo, señaló por televisión, con vehemencia, no haber recibido aportes reservados del señor Délano del grupo Penta, y frente a la contrapregunta de la entrevistadora sobre cómo podía afirmar eso si se trataba de aportes reservados, señaló –con menos vehemencia, por cierto– que, en efecto, no lo sabía. Resulta admirable que el señor Kast haya recibido $217.832.465 en aportes reservados sin efectivamente conocer su origen, y sobre todo, que haya planificado una campaña en Santiago Centro pensando en un presupuesto inicial de solo el 10% de lo que finalmente sería su presupuesto final.

Y es que finalmente los candidatos saben quiénes son sus aportantes, sus “mecenas”. Ellos saben, pero la ciudadanía no. Así lo explicó la ministra Ximena Rincón en entrevista a El Mercurio, cuando señalaba que el sistema era poco transparente “(…) porque esa empresa va y le dice oye Andrea, te deposité 5 millones. Y la Andrea va y dice Ah ya, gracias. Y después va otro y dice te deposité 10 millones y después otro le dice te deposité 5 millones, y suman 20 millones. Y en la cuenta de Andrea calzan los 20 millones. Entraron de distinta manera, pero calzan. Entonces, qué tan ciego es, no lo sé”. En tanto, Joaquín Lavín nos vuelve a sorprender con sus reflexiones, señalando que “si las empresas pueden aportar a la Teletón, por qué no van a poder aportar para la política».

Para Revolución Democrática, la discusión que se ha generado hace aún más patente el sentido de urgencia con el que deben abordarse reformas políticas indispensables para la calidad de la democracia que queremos construir, y en particular, las reformas a la actual Ley sobre transparencia, límite y control del gasto electoral (Ley No. 19.884 del año 2003).

[cita]Para Revolución Democrática, la discusión que se ha generado hace aún más patente el sentido de urgencia con el que deben abordarse reformas políticas indispensables para la calidad de la democracia que queremos construir, y en particular, las reformas a la actual Ley sobre transparencia, límite y control del gasto electoral (Ley No. 19.884 del año 2003).[/cita]

En dicha ley se establecen diversos mecanismos de financiamiento y de control de los ingresos y gastos que realizan los partidos o candidatos en período electoral, clasificando los aportes en públicos, reservados y anónimos.

Sin perjuicio de que la ley contempla que los aportes privados puedan ser publicitados, también establece figuras de reserva y anonimato, siendo el límite para esto último 20 UF por cada aporte. Asimismo, ninguna candidatura podrá exceder del 20% de los gastos electorales bajo la figura de aportes anónimos.

Los aportes reservados, en cambio, se definen legalmente por aquel monto que comprende un rango entre 20 UF hasta 800 UF –para un candidato al Parlamento– o 3.000 UF –para un partido–. En este caso, la ley mantiene el derecho a reserva del aportante.

Es a raíz de esto último que se explica la polémica relación entre grupos de intereses económicos y candidaturas o partidos políticos. La reserva de los aportantes termina por incentivar este tipo de relaciones, considerando que los montos contemplados para ello en su gran número pertenecen a aportantes que gozan de personalidad jurídica, quienes además pueden optar a beneficios tributarios.

En materia de financiamiento público, la actual legislación se limita a regular el aporte y posterior reembolso hacia un partido o candidatura, durante el período electoral. Tanto los límites del aporte como del reembolso, tienen por criterio mínimo un porcentaje resultante al número menor de votos obtenidos por el partido menos votado. Esto último, además de ser un criterio restrictivo, constituye una barrera de entrada muy alta para los nuevos actores políticos, y en definitiva un debilitamiento de nuestro sistema democrático, toda vez que la actual legislación no permite el reembolso total de lo considerado en campaña.

Actualmente, las indicaciones que presentaron en la Cámara los diputados Giorgio Jackson (RD) y Vlado Mirosevic (PL), y que forman parte del proyecto que sustituye el sistema binominal que se tramita en el Senado, apuntan a una solución integral a la deficiencia del sistema de financiamiento vigente, proponiendo la derogación de la figura de los aportes reservados; la prohibición de donaciones realizadas por personas jurídicas; y el establecimiento de un mecanismo de financiamiento público permanente a los partidos políticos.

Si bien apoyamos todas las iniciativas que apunten a abordar de manera profunda las reformas en esta materia, hacemos un llamado a dar un apoyo total y transversal a estas propuestas que ya se encuentran en segundo trámite constitucional y que, por cierto, mejorarán sustancialmente nuestro sistema democrático y el correcto ejercicio de los derechos políticos de nuestros ciudadanos, transparentando las relaciones que algunos partidos políticos o parlamentarios puedan tener con asociaciones de interés particular.

  • El contenido vertido en esta columna de opinión es de exclusiva responsabilidad de su autor, y no refleja necesariamente la línea editorial ni postura de El Mostrador.
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