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¿Las trabajadoras y los trabajadores a los directorios de las empresas? Opinión

¿Las trabajadoras y los trabajadores a los directorios de las empresas?

Axel Gottschalk y Miguel Downey
Por : Axel Gottschalk y Miguel Downey Abogados laboralistas, Universidad de Chile
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En plena agudización de la crisis sanitaria y económica producto de la pandemia, el diputado Gabriel Boric propuso hace algunos días la participación de trabajadores y trabajadoras en los directorios de las empresas, lo que ha generado un debate de vital importancia para el nuevo Chile que queremos construir.

Si lo que buscamos es construir un modelo económico enfocado en la dignidad de las personas, es central que las y los trabajadores dejen de tratarse y ser tratados como simples vendedores de una fuerza de trabajo, y que se les reconozca de una vez por todas su rol como productores y productoras de la riqueza social.

Para encaminarnos en esa dirección, creemos que resulta indispensable generar profundos cambios institucionales y legales a nuestro modelo de relaciones laborales, avanzando en incorporar a las y los trabajadores en instancias de decisión dentro de las empresas, pero también a niveles que exceden la unidad empresarial, como el sector económico y nacional. Igualmente importante resulta eliminar de nuestra legislación disposiciones tales como las contenidas en el Código del Trabajo, que prohíben abordar en la negociación colectiva materias que restrinjan el poder de mando y administración del empleador.

¿Qué cosas positivas podrían salir de ello? Dentro de los muchos puntos a favor, señalaremos tres que nos parecen claves en el escenario actual.

Primero, una medida como ésta puede servir para repensar el modelo chileno y salir de su crisis. Desde hace años, el sistema económico chileno viene demostrando un agotamiento estructural y un empobrecimiento de las condiciones laborales. En este contexto, el gran empresariado y sus alianzas a nivel político buscan formas de asegurar su concentración de riquezas y, en especial, durante el mandato de Piñera, se ha intentado profundizar la desprotección laboral, encontrando en la pandemia la excusa perfecta para avanzar en ello. El mejor ejemplo de esto es que el Gobierno presentó un proyecto de ley el 6 de enero del 2020 que permitía reducir la jornada y remuneración hasta en un 50 %, y que los trabajadores y trabajadoras se pagarán con su seguro de cesantía (Boletín 13175-13); lo que luego se materializó con la Ley de Flexibilización del Seguro de Cesantía (“Protección del Empleo”), supuestamente diseñada para enfrentar la crisis y que ha puesto el costo de la pandemia en los bolsillos de las y los trabajadores, sin ninguna medida de redistribución de las riquezas.

Segundo, y vinculado a lo anterior, dicha participación permitiría hacer frente a situaciones complejas, como por ejemplo, la pandemia. Si las y los trabajadores hubieran podido participar del diseño de las estrategias y medidas para enfrentar la pandemia, se hubieran podido contemplar aquéllas que equilibraran el cuidado por el trabajo, junto con sostener y recuperar la productividad.

Tercero, esta participación podría servir para resolver uno de los mayores problemas del sistema de relaciones laborales chileno: la violencia. Nos parece claro que, con una mayor fuerza sindical y con una participación directa de las y los trabajadores en las decisiones que se adopten sobre su trabajo, se podría avanzar con mayor celeridad en la instalación de estas preocupaciones en el centro del desarrollo productivo y en generar políticas que avancen en la construcción de un trabajo libre de violencia.

Podríamos nombrar varias razones más, pero estas tres nos parecen suficientes para mostrar las ventajas de una medida como la propuesta. Sin embargo, lo que no señala Boric y que debe ser planteado con el mismo énfasis, es que dicha medida sólo tiene sentido si, previamente y a nivel constitucional, acordamos algo: la consagración robusta de los derechos que forman parte de la libertad sindical. Nos referimos al fortalecimiento del derecho a la sindicalización y al reconocimiento del sindicato como una institución democrática, política y económica de nuestra sociedad, al reconocimiento de la negociación colectiva ramal y por grupo empresarial, y la huelga efectiva reconocida en su amplitud de fines. De lo contrario, nos encontraríamos ante una participación sin fuerza, lo que por cierto no es equivalente a democracia.

Ahora bien, la consagración de estos derechos no depende de políticos bien intencionados, sino de la unidad y la fuerza efectiva que demuestren las y los trabajadores para lograr el reconocimiento de estas reivindicaciones históricas, aprovechando también el proceso constituyente en curso y, de esta forma, contar con un respaldo jurídico para poder participar en las decisiones de nuestro país con la fuerza necesaria.

 

  • El contenido vertido en esta columna de opinión es de exclusiva responsabilidad de su autor, y no refleja necesariamente la línea editorial ni postura de El Mostrador.
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