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La nueva Constitución nos cuida: hacia un sistema integral de cuidados Opinión

La nueva Constitución nos cuida: hacia un sistema integral de cuidados

María Victoria Ulloa Becerra
Por : María Victoria Ulloa Becerra Abogada de la Universidad de Concepción. Investigadora en género y derecho de los pueblos originarios. Cofundadora y vicepresidenta de la Corporación Colectiva Justicia en Derechos Humanos ubicada en Concepción e integrante de la Corporación de Abogadas Feministas (CORAFEM).
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Una de las materias históricamente ausentes en las constituciones, y relegadas al espacio privado, son las labores de cuidado, entendidas como aquellas actividades que permiten asegurar el bienestar físico y emocional de las personas, contribuyendo a la gestión y sostenimiento de la vida individual y colectiva. A pesar de su centralidad en la reproducción de la vida, las labores de cuidados están invisibilizadas y su distribución no es equitativa. La mayoría son realizadas desde el ámbito doméstico, de manera no remunerada y por las mujeres (ONU Mujeres y CEPAL, 2020). La Encuesta Nacional de Uso del Tiempo en 2015 demostró que Chile no es la excepción, puesto que las mujeres destinan tres horas al día más que los hombres a los trabajos de cuidados no remunerados.

No obstante, vemos hoy que esta problemática, bandera de lucha del movimiento feminista, se ha puesto en el centro del debate constituyente chileno. Rumbo Colectivo presentó un informe llamado “Seguimiento normativo de la propuesta constitucional de género” que analiza el orígen, proceso de deliberación y votación de las normas sobre cuidados y reconocimiento del trabajo doméstico. El estudio da cuenta de 14  iniciativas sobre cuidados presentadas a la Convención Constitucional, 9 propuestas por los y las convencionales y 5 impulsadas desde la sociedad civil, a través de mecanismos de participación popular. De estas, 3 ingresan como iniciativas populares de norma (IPN) —que alcanzaron el apoyo de 15.000 firmas— y 2 por iniciativa constituyente indígena (ICI).

En la Comisión de Derechos Fundamentales se debatieron las 14 iniciativas hasta lograr un acuerdo que incorpora aspectos comunes, dando cuenta de la incidencia de la ciudadanía. Este acuerdo se plasma en dos normas que llegan al Pleno de la Convención: el artículo 275 (10) sobre el “Derecho al Cuidado” y el artículo 276 (11) sobre “Reconocimiento del trabajo doméstico y de cuidados”. Una vez en el Pleno, la propuesta tuvo gran éxito pues  la mayoría fue aprobada por el quórum de dos tercios en la primera oportunidad.

El informe presentado también muestra el grado de consenso que logra la propuesta de cuidados y reconocimiento del trabajo doméstico en el Pleno. La aprobación, en promedio, alcanzó un 78,25%, concurriendo los votos favorables de diversos sectores políticos, incluyendo la derecha más liberal. Así, por ejemplo, de los 154 convencionales, el inciso que consagra el derecho al cuidado,  obtiene 128 votos, incluyendo 9 de 10 votos  del Colectivo Independientes – RN – Evópoli. Por su parte, aquel que mandata al Estado a fomentar la corresponsabilidad social y la redistribución del trabajo doméstico y de cuidados, alcanza 123 votos, con 8 de 10 votos del Colectivo de Independientes – RN – Evópoli. Una votación más reñida obtiene el inciso que establece la obligación del Estado de crear un Sistema Integral de Cuidados, con 103 votos favorables, ninguno de parte de los sectores de derecha, pero que, de todas formas, alcanza el quórum reglamentario de dos tercios y se incorpora al borrador de la nueva Constitución.

La propuesta constitucional en materia de cuidados refleja un consenso en torno a reconocer el trabajo doméstico y de cuidados, y redistribuir su carga, promoviendo la corresponsabilidad social y de género. Además, se consagra el derecho al cuidado en tres sentidos: a cuidar, a ser cuidado y a autocuidarse.  En este punto, cuando se debatió cómo garantizar este derecho, se propuso acotarlo a la entrega de un subsidio a personas cuidadoras, sin embargo, la votación demuestra un giro: se abandona la lógica de Estado subsidiario y se avanza hacia un Estado Social, que reconoce el cuidado como un bien público y lo garantiza en condiciones de igualdad, optando por la creación de un Sistema Integral de Cuidados.

La implementación de estos derechos será un gran desafío para Chile, sin embargo, la propuesta llegó para quedarse. Recientemente, el presidente Boric confirmó en la Cuenta Pública que su gobierno impulsará la creación progresiva de un Sistema Nacional de Cuidados, y la Ministra de Desarrollo Social Jeannete Vega comentó que ya se encontraban diseñando la ley. Esto va en línea también con las normas transitorias que aprobó la Convención Constitucional, y que ordena al ejecutivo presentar un proyecto de ley que cree el Sistema Integral de Cuidados en un plazo máximo de 24 meses.

Lo que comenzó siendo una bandera del movimiento feminista, ha incidido profundamente en el debate constituyente. Hoy tenemos una propuesta de nueva Constitución que, con amplio consenso, pone los cuidados en el centro, a lo que se suma la voluntad política del gobierno de implementar una política de cuidados. Se trata de un nuevo paradigma que, sin duda, permitirá un avance concreto en el bienestar de los ciudadanos y ciudadanas.

  • El contenido vertido en esta columna de opinión es de exclusiva responsabilidad de su autor, y no refleja necesariamente la línea editorial ni postura de El Mostrador.
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