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Política Nacional del Litio: el (inadvertido) problema del régimen propietario Opinión

Política Nacional del Litio: el (inadvertido) problema del régimen propietario

Desde la perspectiva de la propiedad, la propuesta para el salar de Atacama es solo contingentemente problemática. El Estado es dueño de esas pertenencias y, en principio, puede hacer lo que quiera con ellas, una vez que expiren sus contratos de arrendamiento. La pregunta es si forzar su ingreso al control de ese segmento de la industria en la forma propuesta es razonable.


La Política Nacional del Litio (PNL) busca aprovechar el boom de esta industria mediante la creación de alianzas público-privadas en las que el Estado siempre mantenga el control a través de una participación mayoritaria. Según el contexto, estas alianzas funcionarían de diferentes formas. En el salar de Atacama, donde Corfo es dueña de pertenencias previas al año 1979 (i.e., con derecho a aprovechar litio), las que da en arriendo a SQM, el Estado buscaría utilizar el poder de negociación que le da el relativo próximo fin de estos contratos para forzar su entrada al control de la actividad. Para el caso de otros salares en que existan proyectos en curso, la PNL propone adjudicar contratos especiales de operación (CEOL) a empresas del Estado que luego podrían asociarse con privados. Para el resto, la PNL consiste en licitar públicamente CEOLs de exploración que estarían asociados a un derecho preferente para aliarse con el Estado para la fase de explotación.

Hasta ahora, las críticas a la PNL se han enfocado en lo poco atractivo que resulta para la inversión privada ser socio minoritario en una alianza en que las decisiones de negocio sean controladas por la racionalidad e incentivos del Estado. Sin embargo, el problema central de la PNL es más profundo: esta no advierte que el verdadero cuello de botella de la industria del litio está en su heterodoxo régimen de propiedad. Como resultado de un error de diseño, en Chile conviven dos regímenes legales para el litio: uno, para aquel alojado en pertenencias previas a 1979 (“litio concesible”) y otro, que aplica al resto del litio, el que está “reservado” al Estado por razones de seguridad nacional que ya no parecen justificadas.

El primer régimen se rige por las reglas generales del derecho minero chileno, el que funcionalmente replica la lógica de la propiedad privada. El segundo es una forma de propiedad colectiva en que el Estado tiene una titularidad inalienable que le permite decidir discrecionalmente cómo aprovechar el litio mediante opciones preestablecidas en la Constitución, incluyendo empresas públicas y CEOLs. De estos dos regímenes, solo el primero opera en la práctica, en la forma de pertenencias previas a 1979 que su titular (Corfo) da en arrendamiento a privados en el salar de Atacama. El segundo, a pesar de variados intentos por celebrar CEOLs, nunca ha prosperado.

Desde la perspectiva de la propiedad, la propuesta para el Salar de Atacama es solo contingentemente problemática. El Estado es dueño de esas pertenencias y, en principio, puede hacer lo que quiera con ellas, una vez que expiren sus contratos de arrendamiento. La pregunta es si forzar su ingreso al control de ese segmento de la industria en la forma propuesta es razonable. Al menos según los críticos, no lo sería. En cambio, para los otros dos escenarios, la PNL es estructuralmente problemática. Por un lado, parece ignorar que en otros salares pueden existir titulares de pertenencias pre-79 distintos al Estado, lo que se ha vuelto más probable luego del reciente fallo de la Corte Suprema en Simbalik c Fisco. Todos ellos tienen derecho a explotar litio bajo el régimen general de naturaleza funcionalmente privada. ¿Qué estaría aportando el Estado a esas alianzas? Por otro, aún si se tratare de pertenencias sin litio (i.e, post-1979), subsiste un problema esencial: en principio, el Estado no tiene una ruta clara para acceder a ese litio, ya que entraría en conflicto con el derecho del titular de esas pertenencias a explotar otros minerales.

De esta forma, la PNL, por un lado, arriesga afectar el único segmento de la industria del litio que actualmente funciona; y, por otro, no resuelve el doble problema estructural que afecta al litio que hoy no es aprovechado. La solución de esta última cuestión pasa por aumentar la “modularidad” del régimen propietario del litio por la vía de consolidar los intereses relevantes en una sola mano. Conceptualmente, existen diversas formas para ello, desde terminar con la reserva estatal del litio hasta expropiar pertenencias, pasando por otorgar CEOLs a quienes ya tienen posiciones tomadas en los salares. Cada una de ellas presenta sus propios problemas, ya sea técnicos, económicos o políticos, pero si el objetivo de la PNL es “desarrollar la industria del litio para aumentar la riqueza del país”, urge empezar a considerar estas alternativas con una mentalidad en que prime el pragmatismo por sobre el dogma.

  • El contenido vertido en esta columna de opinión es de exclusiva responsabilidad de su autor, y no refleja necesariamente la línea editorial ni postura de El Mostrador.
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