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Eliminación del Comité de Ministros: una modificación sustantiva de impacto ambiental Opinión

Eliminación del Comité de Ministros: una modificación sustantiva de impacto ambiental

Jorge Troncoso
Por : Jorge Troncoso Ex director del Servicio de Evaluación Ambiental
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La insistencia en incorporar en la calificación ambiental de los proyectos a autoridades políticas, todas las cuales responden a un Gobierno de turno, a un electorado específico o a un partido político determinado, significa relegar a un plano secundario los intereses de la protección ambiental o del desarrollo sustentable del país y continuar pretendiendo de que el SEIA resuelva otras materias que escapan a su naturaleza de instrumento de gestión ambiental preventivo. En el fondo, la calificación ambiental de un proyecto de inversión solo podrá ser objetiva y ajustada a las reglas de la evaluación ambiental, cuando el organismo o la institución que resuelva esa calificación esté revestido del profesionalismo necesario y de la autonomía suficiente que le permita abstraerse de cualquier administración gubernamental de turno, de intereses políticos particulares o de conveniencias pretendidas por el mundo empresarial.


La modificación de la institucionalidad que opera el Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA) anunciada por el Gobierno recientemente, y que considera la eliminación de las Comisiones de Evaluación y del Comité de Ministros, constituye un paso sustantivo y determinante en el perfeccionamiento del sistema de evaluación de impacto ambiental.

La idea de la prescindencia de las instancias colegiadas en nuestra institucionalidad ambiental ha sido una materia que siempre ha estado presente en las discusiones que han abordado el perfeccionamiento del SEIA. En la última de estas discusiones, propiciada en el contexto de la Comisión Asesora Presidencial creada en el Gobierno anterior, fue el propio Servicio de Evaluación Ambiental el que, en el marco de las instancias de trabajo que se crearon al efecto, propusiera la eliminación de las Comisiones de Evaluación y del propio Comité de Ministros, sin perjuicio de lo cual aquella moción no fuera acogida y respaldada por los comisionados integrantes de esa instancia.

Aun cuando la experiencia y los hechos demuestran claramente la conveniencia y lo acertado de la decisión de terminar con las Comisiones de Evaluación y con el Comité de Ministros, es de la mayor relevancia pensar con mucha claridad y responsabilidad la nueva institución que se propone para radicar la decisión de la calificación ambiental de los proyectos de inversión.

En razón de lo anterior, es del todo recomendable recordar que la evaluación ambiental de proyectos, aun cuando pueda tener componentes de decisión ligadas a políticas públicas específicas, siempre corresponderá a un instrumento de gestión ambiental en cuyo despliegue y análisis confluye una multiplicidad de disciplinas científicas y de especialidades, a partir de cuyos análisis y resultados se arriba a ciertas decisiones donde el fin último es incorporar la dimensión ambiental en los proyectos de inversión, a objeto de prevenir la ocurrencia de problemas ambientales hacia futuro, como consecuencia de la ejecución de las iniciativas de inversión.

[cita tipo=»destaque»]En el contexto de la perspectiva previamente señalada, el continuar perseverando en incorporar autoridades políticas en la evaluación ambiental de proyectos y en las decisiones asociadas a la calificación ambiental de los mismos, pareciera ser que no se condice con el objetivo de promover una evaluación ambiental ajustada a parámetros técnicos y cuyo fin último sea la protección del medio ambiente. De este modo, continuar en la lógica de asignar responsabilidades en la evaluación ambiental de proyectos a autoridades políticas, responde a una fórmula que persevera en una práctica que ha demostrado ser errónea y que no resulta consistente con los principios y objetivos que se encuentran establecidos en la política ambiental que el Estado de Chile ha definido y explicitado. En otros términos, persistir en la práctica de hacer participar a tales autoridades en la evaluación ambiental de proyectos seguirá agudizando con mayor fuerza la tendencia hacia la desnaturalización a la que asiste el Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental en Chile.[/cita]

En el contexto de la perspectiva previamente señalada, el continuar perseverando en incorporar autoridades políticas en la evaluación ambiental de proyectos y en las decisiones asociadas a la calificación ambiental de los mismos, pareciera ser que no se condice con el objetivo de promover una evaluación ambiental ajustada a parámetros técnicos y cuyo fin último sea la protección del medio ambiente. De este modo, continuar en la lógica de asignar responsabilidades en la evaluación ambiental de proyectos a autoridades políticas, responde a una fórmula que persevera en una práctica que ha demostrado ser errónea y que no resulta consistente con los principios y objetivos que se encuentran establecidos en la política ambiental que el Estado de Chile ha definido y explicitado. En otros términos, persistir en la práctica de hacer participar a tales autoridades en la evaluación ambiental de proyectos seguirá agudizando con mayor fuerza la tendencia hacia la desnaturalización a la que asiste el Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental en Chile.

Desde otra perspectiva, la insistencia en incorporar en la calificación ambiental de los proyectos a autoridades políticas, todas las cuales responden a un Gobierno de turno, a un electorado específico o a un partido político determinado, significa relegar a un plano secundario los intereses de la protección ambiental o del desarrollo sustentable del país y continuar pretendiendo que el SEIA resuelva otras materias que escapan a su naturaleza de instrumento de gestión ambiental preventivo. En el fondo, la calificación ambiental de un proyecto de inversión solo podrá ser objetiva y ajustada a las reglas de la evaluación ambiental, cuando el organismo o la institución que resuelva esa calificación esté revestido del profesionalismo necesario y de la autonomía suficiente que le permita abstraerse de cualquier administración gubernamental de turno, de intereses políticos particulares o de conveniencias pretendidas por el mundo empresarial.

Dado lo anterior, es del todo prudente llamar la atención respecto de la propuesta de la nueva institucionalidad que se pretende crear para resolver respecto de la calificación ambiental de los proyectos en el Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, la cual se desplegaría a nivel de tres macrozonas a nivel nacional, denominadas “Comisiones Macrozonales de Evaluación”. Estas instancias estarían integradas por el director macrozonal del SEA, quien la presidiría, por el intendente regional y por el secretario regional ministerial de Medio Ambiente de la región donde se ejecutará el proyecto, por dos miembros designados por el Presidente de la República y por dos profesionales especialistas del área de las ciencias y del derecho.

Esta nueva configuración institucional, a nuestro juicio, no hace más que replicar el actual modelo institucional, insistiendo en asignar la responsabilidad de la calificación ambiental de los proyectos a instancias que a todas luces estarán cruzadas por variables políticas, electorales, sociales, económicas u otras que en nada se vinculan con la evaluación ambiental y que continuarán propiciando que el Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental opere bajo la misma modalidad de decisión en que lo hacían las extintas Coremas y lo hacen las actuales Comisiones de Evaluación, es decir, tomando decisiones que se cruzan con intereses ajenos al instrumento, que no agregan ningún valor a la evaluación ambiental y que más bien terminan contribuyendo a la judicialización y al retraso en la concreción de la ejecución de los proyectos.

En razón de todo lo anterior, y en un afán de contribuir al debate atendiendo a la experiencia que se ha tenido con la operación de las instancias colegiadas, pareciera ser que resultaría mucho más razonable que, al eliminar las Comisiones de Evaluación Regionales y el Comité de Ministros, como instancias decisorias en la calificación ambiental de los proyectos de inversión, aquellas potestades radicadas en estas instancias pasaran íntegramente hacia las actuales Direcciones Regionales del SEA o hacia la propia Dirección Ejecutiva del organismo, cuyo bagaje y acervo, que ya acumula más de veinte años de experiencia en materia de evaluación ambiental, presenta la maduréz suficiente y necesaria para sobrellevar la responsabilidad de la calificación ambiental de los proyectos.

Es más, en los hechos y desde siempre, la responsabilidad de las decisiones de las calificaciones ambientales de proyectos ha recaído en los funcionarios y directivos del SEA, quienes han sido los responsables de sustentar y fundamentar las actuaciones y decisiones de las autoridades que resuelven evaluaciones ambientales, tanto en la Comisiones de Evaluación, así como en el Comité de Ministros, y de asumir la defensa de esas decisiones ante la comunidad, los titulares, los otros servicios públicos y, con especial relevancia, ante los Tribunales de Justicia.

Considerando lo anterior, y atendiendo al hecho de la existencia de una institución que acumula más de veinte años de experiencia en la evaluación ambiental de proyectos de inversión, pareciera que no resulta del todo razonable propiciar la instalación de una nueva institucionalidad, a costa de reducir y limitar una institución del Estado que tanto ha costado desplegar y construir; que tanto bien le ha hecho al país y que acumula toda la experiencia y el aprendizaje de la evaluación ambiental desarrollada en estos más de veinte años de gestión.

En este contexto, resultaría de mucha mayor consecuencia, eficiencia y consistencia histórica que la atribución de la calificación ambiental de los proyectos de inversión definitivamente quedara radicada, no en la instancia macrozonal que se propone y que será necesario instalar a costa de la desarticulación de las Direcciones Regionales del SEA, sino que en el propio Servicio de Evaluación Ambiental, institución que debería ser reforzada profesionalmente y revestida de facultades que le entreguen la autonomía política y la entidad necesaria para resolver la calificación ambiental de los proyectos, en el marco de las reglas técnicas y jurídicas que orientan y conducen la evaluación ambiental de proyectos de inversión.

  • El contenido vertido en esta columna de opinión es de exclusiva responsabilidad de su autor, y no refleja necesariamente la línea editorial ni postura de El Mostrador.
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