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Medidas para incentivar la competencia en el mercado de las AFP


El Gobierno debiera de manera urgente asumir el año 2020, incorporando en su agenda legislativa modificaciones al D.L. N° 3.500, que tengan por objeto incentivar de manera efectiva la competencia entre las siete AFPs que operan en el mercado previsional, en un mercado monopolizado en la oferta de beneficios y prestaciones  a los cotizantes o clientes, que se reduce a siete AFPs oferentes con un programa idéntico de inversiones para los fondos que administran y comisiones dispares que cobran a sus clientes que oscilan desde un 0.69% a un 1.44 %, mensualmente de las cotizaciones de los afiliados.

La disparidad de fluctuación en la banda de comisiones mensuales que cobran las AFPs a sus clientes – desde un 069% a un 1.44% mensual -, no tiene explicación económica y racional, entre otros vicios de mercado. ¿Como se justifica esta deferencia de cobro de comisiones, si las inversiones de los fondos de pensiones que administran son idénticas o regidas por el efecto manada a la hora de confeccionar el portafolio de inversiones? Tampoco sabemos los cotizantes que opina la autoridad de fiscalización en la materia, no referimos a la Superintendencia de Pensiones. Esta realidad de cobro de comisiones, evidencia, sin ser un experto en materia económica, que este mercado de las AFPs no funciona de manera trasparente e informada para los consumidores. Consignemos que en este año 2019, las utilidades o ganancias de las siete AFPS en conjunto al mes de septiembre, llegan a 551 millones de dólares.

En materia de competencia en el mercado entre AFPs, una base de discusión mínima para articular dicha agenda legislativa, la encontramos en el texto Resumen Ejecutivo dela Comisión Asesora Presidencial Sistema de Pensiones, denominada “Comisión Bravo”, de septiembre de 2015 y cuya finalidad es beneficiar a los cotizantes en este cuestionado modelo previsional, precisamente por la vía de incentivar una verdadera competencia en este mercado, que colabore de manera indirecta en otorgar unas mejores pensiones a sus cotizantes.

No existen dos opiniones en relación a que la prioridad inmediata es incrementar la cuantía de las pensiones mínimas solidarias, mediante aportes adicionales que permitan entregar pensiones mínimas sociales dignas, a aquellos pensionados que reciben pensiones que no permiten solventar los mínimos de una vida sin sobresaltos y penurias económicas, en la fase final de la vida.

Es evidente que una agenda legislativa de medidas que incentivan la competencia entre las AFPs, no tiene la virtud de elevar las pensiones de manera sustantiva y directa por sí solas, pero sí colaboran en aquello. De la denominada Comisión Bravo, se pueden implementar las siguientes propuestas de incentivo a la competencia entre las AFPs, que se propusieron el año 2015, tales como: i) extender la actual licitación que incluye sólo a los nuevos afiliados a una fracción de los antiguos afiliados; establecer que las comisiones de intermediación de las inversiones sean enteramente asumidas por las AFP y no por los afiliados; crear una AFP Estatal que compita con las mismas reglas que el resto de las AFPs, conforme a la propuesta legislativa existente en el Congreso; y, permitir la entrada de personas jurídicas sin fines de lucro, pero con giro único, a la industria de administración de fondos de pensiones.

En efecto, la Comisión Bravo señaló que: “El rol de la industria previsional es crucial en la eficacia y eficiencia con que se capturan los ahorros de la población y se transforman en futuras pensiones. Al respecto, existe evidencia de baja competencia en precio entre las AFP, existiendo sólo un 20% de cotizantes afiliados actualmente en las AFP que ganaron la licitación introducida por la Reforma de 2008 y por lo tanto, un 80% sigue pagando comisiones mucho más elevadas”.

En cuanto a la precepción de los ciudadanos, la Comisión Bravo constató en el régimen de consultas ciudadanas que realizó el 2015 que: “En particular en las Audiencias Públicas se indicó que el Sistema Actual de Pensiones no adhiere a los principios de solidaridad, suficiencia y universalidad considerados en el Convenio 102 sobre la seguridad social de la OIT”, percepción ciudadana que cuestiona la legitimidad del sistema previsional chileno.

En este contexto, una agenda de reforma legal urgente al D.L. N° 3.500 año 2020, debiera incluir la política de incentivar la competencia entre las AFPs, y en cuanto a su contenido considerar, a lo menos las siguientes medidas: i) inhibir la posibilidad que las AFPs, cobren comisión a los cotizantes cuando los fondos de pensiones que administran registran rentabilidad promedio mensual negativa y sólo aplicar la comisión por administración, cuando existe rentabilidad positiva en la administración de los fondos; ii) que en el caso de cesantía del afiliado, se suspenda el cobro de comisiones de administración, hasta que vuelva a cotizar por su reincorporación a un nevo trabajo en el mercado laboral; iii) regular el régimen de gastos en publicidad de las AFPs, estableciendo un monto máximo anual, la que debe prohibir exacerbar mensajes o contenido que valide la AFP en su gestión, sin respaldo en la rentabilidad real de los fondos en el trimestre precedente a la acción publicitaria y declarar la comisión de administración que se cobra a los cotizantes; iii) poner trámite de urgencia al proyecto de ley que establece la creación e ingreso al mercado de pensiones de una AFP Estatal, con clara regulación a su gobierno corporativo; iv) permitir el ingreso de personas jurídicas sin fines de lucro, no relacionadas a banca, compañías de seguro e Isapres, para la formación de AFPs con giro único y exclusivo.

Estas reformas para incentivar la sana competencia entre las AFPs, debieran ir acompañadas de una eficiente fiscalización a cargo de la Superintendencia de Pensiones, adicionando que en el Compendio de Normas de la SP, se incorporen políticas corporativas de las AFPs, en materia de bajas de costos operacionales, tales como costos dietas de directores, política austera en materia de gastos en publicidad, trasparentar los aportes que realicen a Universidades , política de bajas de comisiones de administración de fondos, entre otras.

En el mismo sentido de analizar el sistema de pensiones chileno, como un mercado imperfecto, con alta rentabilidad para las AFPs y altos costos para los cotizantes, pero bajas pensiones, indican los economistas Paula Benavides y Rodrigo Valdes en su estudio “Pensiones en Chile: antecedentes y contornos para una reforma urgente”, de Octubre de 2018 (PUC), en que señalan “El diagnóstico que acompañó la presentación de los proyectos de reforma de 2017 mostró que las utilidades de las administradoras del sistema han sido altas, sugiriedo la existencia de una competencia imperfecta y de espacios para reducir los costos de administración y para alinear de mejor manera los incentivos entre administradoras y afiliados. De este modo, un funcionamiento eficiente y competitivo de la industria de AFP debiera traducirse en bajos costos para los afiliados (costos de operación acotados y utilidades normales), una adecuada rentabilidad y seguridad en la inversión de los fondos de pensiones y una alta calidad en los servicios prestados.

Estas materias debieran permear también la agenda pública de la Asociación de AFPs, cuya voz y propuestas de reformas de fondo a la legislación vigente, ha estado bastante silenciosa y más bien defensiva del sistema vigente, particularmente desde la mirada de sus clientes o cotizantes, en momentos en que presamente se debatirá el contenido del derecho a la seguridad social, en el contexto del debate de la futura constitución política.

En síntesis, todo esfuerzo que se realice para una reforma legislativa de fondo al D.L, N° 3.500, que apunte a mejorar el sistema de pensiones en lo que refiere a la competencia de las AFPs y la calidad de sus prestaciones, se impone como un deber y será bien recepcionada por los trabajadores cotizantes. La tardanza en estas materias y el silencio del poder ejecutivo y Asociación de AFPs, solo profundizará la mala percepción de la ciudadanía en el modelo previsional chileno. ¿se puede sustentar un modelo en que las ganancias de las AFPs a septiembre de 2019 asciendan a US$511 millones de dólares y las pensiones de la gran mayoría de los pensionados en promedio no sobre pase los $320.000 mensuales para hombres y $192.000.- para mujeres a marzo 2019 según fuente  SP?, ¿Tan caro u oneroso es el sistema de administración de fondos previsionales chileno, contrastado con la pensión promedio mensual que entrega como prestación previsional?. Parece necesario entonces regular este mercado y pensar un una sistema de fijación de precios por la administración de fondos previsionales.

  • El contenido vertido en esta columna de opinión es de exclusiva responsabilidad de su autor, y no refleja necesariamente la línea editorial ni postura de El Mostrador.
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