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Mercado contra democracia Opinión

Mercado contra democracia

Renato Cristi
Por : Renato Cristi PhD. Professor Emeritus, Department of Philosophy, Wilfrid Laurier University.
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Hay que tomar en cuenta que la libertad de elección la pueden ejercer no solo los individuos, sino también las instituciones que operan en el mercado. Es decir, la libertad de elección incluye el derecho a ofertar la salud y otros bienes sociales, como la educación y las pensiones.


En la discusión constitucional reciente, se ha argumentado que el ejercicio de la libertad de elección por parte de algunos individuos no limita la libertad de elección de otros y, por tanto, no los daña. Se dice que el que yo elija una cosa no puede ser obstáculo para que otros puedan elegir otra cosa. La libertad de todos queda intacta. De este modo, la libertad de elección no sería incompatible con la solidaridad que exige un Estado social y democrático de derecho.

En el caso del bien social de la salud, si yo tengo la libertad de elegir a un determinado proveedor de salud que me exige un determinado pago para atenderme, ello no puede significar un daño para otros. Quienes carezcan de capacidad de pago conservarán su libertad de elegir entre aquellos proveedores que no exijan pago. La solidaridad queda asegurada porque a nadie se le prohíbe (y a todos se les garantiza) un real acceso a la salud.

Pero hay que tomar en cuenta que la libertad de elección la pueden ejercer no solo los individuos, sino también las instituciones que operan en el mercado. Es decir, la libertad de elección incluye el derecho a ofertar la salud y otros bienes sociales, como la educación y las pensiones. Esta oferta de mercado no puede ser la de individuos separados, sino la de individuos concertados institucionalmente para fundar hospitales, clínicas o centros asistenciales. Se trata de instituciones privadas que exigen un pago por el acceso a sus servicios. En el ejercicio de su libertad de elección, resulta lucrativo a estas instituciones elegir y contratar a los mejores profesionales, ofreciéndoles honorarios competitivos.

Habrá paralelamente instituciones de salud pública que, por definición, no pueden usar la salud con fines de lucro. Estas instituciones no podrán competir en igualdad de condiciones con las privadas. Esto significa que su libertad de elección se verá limitada o dañada al no poder elegir a los mejores profesionales. ¿Es este daño institucional extensible a los individuos que consumen servicios de salud? Es decir, ¿es la libertad de elección de estos individuos limitada o dañada por la libertad de elección institucional?

Me parece que hay que responder afirmativamente a esta pregunta. La libertad de elección institucional conducirá al desarrollo de dos niveles en la provisión de salud (two-tier health system). Las instituciones de salud ofrecerán bienes de desigual calidad. Las privadas conformarán el nivel superior con infraestructuras hospitalarias y servicios profesionales de alta calidad. Tendrán por ello que exigir un pago por el acceso a sus servicios. Los individuos de escasos recursos no tendrán acceso a esos servicios y deberán atenderse en servicios públicos de calidad inferior. Esto significa una limitación y daño a su libertad de elegir.

Si en las discusiones constitucionales recientes no ha sido posible llegar a acuerdos en este respecto, ello se debe a la influencia de una concepción global de las relaciones humanas según la cual el mercado, y no la democracia, resulta ser el mecanismo que mejor coordina las acciones de los individuos y protege su libertad de elección. Esta concepción global que busca eliminar la provisión de bienes públicos, particularmente de la salud, por parte del Estado, y que deja actuar libremente al mercado, es el neoliberalismo que se impuso por la fuerza en 1973 y que sigue vigente hoy en día.

Solo una universal libertad de elección puede efectivamente salvaguardar la libertad de elección de todos por igual. No puede permitirse, en justicia, que existan hospitales privados que exijan pago para acceder a sus servicios. Solo una organización hospitalaria democrática, que prohíba el lucro, es capaz de asegurar universalmente la libertad de elección de los individuos en el ámbito de la salud.

  • El contenido vertido en esta columna de opinión es de exclusiva responsabilidad de su autor, y no refleja necesariamente la línea editorial ni postura de El Mostrador.
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