Publicidad

Suprema no aplicó sanciones a Libedinsky ni a Chevesich

»Los antecedentes reunidos en la referida investigación no revelan la comisión de faltas punibles a la disciplina o a la ética judicial, ni que se hayan ejecutado acciones que perturbaran directa y deliberadamente la autonomía jurisdiccional de la ministra señora Chevesich», sostiene la resolución del máximo tribunal.


El Pleno de la Corte Suprema resolvió esta mañana, en una resolución de cinco carillas, no aplicar medidas disciplinarias al presidente del máximo tribunal, Marcos Libedinsky, ni a la ministra en visita del caso GATE, Gloria Ana Chevesich.



La resolución de la Suprema sostiene que la jueza «no recibió ningún tipo de presiones expresas o tácitas de persona o autoridad», que tampoco se comprobó que fuera responsable en las filtraciones a los medios de comunicación, ni que haya cometido faltas o abusos en contra de Joel Muñoz Berríos, ex consultor externo del Ministerio de Obras Públicas.



«Los antecedentes reunidos en la referida investigación no revelan la comisión de faltas punibles a la disciplina o a la ética judicial, ni que se hayan ejecutado acciones que perturbaran directa y deliberadamente la autonomía jurisdiccional de la ministra señora Chevesich en el proceso a su cargo, por lo que estima necesario expresar su criterio en orden a que las situaciones descritas en el informe bien pudieron evitarse, atendida la naturaleza y alcance ajenos a sus fines que se les atribuyeron impropia y exageradamente, llegando a afectar al prestigio institucional del Poder Judicial", sostiene el fallo leído por el secretario de la Corte Suprema, Carlos Meneses.



En esa línea, estableció que la visita y recomendación que le hiciera la cabeza del máximo tribunal a la jueza, en cuanto a las condiciones en las que citaría al Presidente Ricardo Lagos y el hecho de hacer pública esta diligencia, constituyen un ataque a la "imagen del Poder Judicial".



Al mismo tiempo, le recomendó a Libedinsky "la conveniencia de no llevar a cabo en el futuro actuaciones como las analizadas en la referida investigación, sin contar previamente con la conformidad del Tribunal".



También pidió a Chevesich "abstenerse de formular declaraciones respecto de diligencias que ordene o pueda disponer en el proceso que instruye en el Decimoséptimo Juzgado del Crimen de Santiago, observando en la materia estrictamente las instrucciones impartidas por esta Corte".



En la misma resolución, los ministros José Benquis y Ricardo Tapia fueron partidarios de dar a conocer en forma íntegra el informe del ministro Juica, designado en visita administrativa extraordinaria para investigar las presuntas presiones denunciadas por la ministra Chevesich, así como las filtraciones en el proceso.



Al mismo tiempo, los ministros Benquis y José Luis Pérez fueron del parecer de formular un llamado de llamado de atención a Libedinsky, por las actuaciones "imprudentes y desafortunadas", relacionadas con la visita que hizo a Chevesich, así como la invitación que le hizo para que fuera a su residencia.



"Situaciones que a pesar que no hayan afectado la independencia de la señora Ministro, objetivamente constituyen una intromisión indebida en la relación que debe existir entre un Ministro, actual Presidente de esta Corte, y un Magistrado de inferior rango", sostiene la resolución.



Este voto de minoría también señaló que debieron remitirse los antecedentes al Colegio de Abogados, para evaluar si se cometieron infracciones a la ética de ese cuerpo colegiado, por la visita que realizó el jurista Juan Agustín Figueroa a la magistrada.



En tanto, los votos en contra de los ministros Benquis y Jorge Rodríguez estuvieron por aplicar una medida disciplinaria a Libedinsky, porque según su apreciación, "incurrió ocasionalmente en actuaciones o conductas que de algún modo han importado inmiscuirse indebidamente en el libre e independiente desempeño que en el ámbito de su competencia corresponde a la ministra en visita señora Chevesich".



Finalmente, el ministro Benquis sostiene que su decisión está fundada no en las conclusiones del informe del ministro Juica, sino que exclusivamente en la circunstancia de que las actuaciones admitidas por Libedinsky, que han "contribuido a desmejorar la imagen pública institucional".



Estos hechos, argumenta, "no le son excusables desde que aquél es integrante, a partir de su inicio del Comité de Ética del Poder Judicial, que actualmente preside. Adicionalmente, la ausencia de corrección disciplinaria de los comportamientos de que se trata, a juicio de este disidente, ocasiona el riesgo de hacer inaplicable el Código de Conducta dictado al efecto por este Tribunal Supremo, a caso de tráfico de influencias que ocurran en el futuro".



___________

Publicidad

Tendencias