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SVS descarta que aportes de empresas a políticos puedan vulnerar intereses de compañías y accionistas

SVS descarta que aportes de empresas a políticos puedan vulnerar intereses de compañías y accionistas

Esta fue la respuesta que dio la Superintendencia de Valores y Seguros a una denuncia formal que le presentó un accionista minoritario de la ciudad de Antofagasta. En línea con la querella que fue presentada hace dos semanas en contra de nueve grandes empresas y sus directores, donde se les acusó de apropiación indebida.


La Superintendencia de Valores y Seguros (SVS) descartó que los aportes de empresas a políticos, hechos en el ámbito de la ley, infrinjan la Ley de S.A. y vulneren los intereses de las compañías y sus accionistas.

Esto, en respuesta a una querella presentada hace dos semanas contra nueve grandes empresas y sus directores, donde se les acusó de apropiación indebida.

La acción legal fue presentada el pasado 16 de junio por los abogados Óscar Gajardo y Bárbara Salinas, en representación de accionistas minoritarios, consigna El Mercurio.

Específicamente en contra de representantes de algunos de los principales grupos económicos:
Antarchile y Copec (Roberto Angelini) LAN (Ignacio Cueto), Banco de Chile y Quiñenco (Andrónico Luksic), Cencosud (Horst Paulmann), Falabella (Carlo Solari y José Luis del Río) y Enersis.

Los abogados objetaron los recursos destinados al financiamiento de políticos, por cuanto «estos aportes no buscan el interés social de las propias compañías y de sus accionistas, no se enmarcan dentro de sus objetivos, no generan beneficios para los accionistas y contravienen el rol de los directores. En síntesis, vulneran la Ley de Sociedades Anónimas».

La SVS salió en respuesta a una denuncia formal que le presentó un accionista minoritario de la ciudad de Antofagasta, que está en línea con el argumento usado por los abogados Gajardo y Salinas en la querella antes mencionada.

El accionista minoritario objetó a las empresas eléctricas de Arica (Emelari), Iquique (Eliqsa) y Antofagasta (Elecda), filiales del grupo CGE, que habrían «efectuado donaciones con fines políticos que le habrían producido un eventual perjuicio patrimonial».

La SVS respondió: «De los antecedentes incluidos en su presentación, no se desprenden elementos que configuren un incumplimiento de la normativa aplicable a las Sociedades Anónimas (Ley 18.046 y su Reglamento), por cuanto la actuación de la administración de la compañía (…) no estaría vulnerando el interés social al aprobar gastos cumpliendo con las formalidades vigentes del citado cuerpo legal».

De todos modos, la acción legal fue declarada admisible por el 7° Juzgado de Garantía de Santiago. Esto, encendió las alarmas en el empresariado y por tal razón, sus representantes expresaron su preocupación por este tema a altas autoridades de gobierno.

Las penas por apropiación indebida contemplan hasta 5 años de cárcel más una multa a beneficio fiscal.

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