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Monseñor Errázuriz y las mujeres

Espero que no sea el ánimo de la Iglesia que las mujeres requieran del consentimiento de su marido para hacer uso de métodos anticonceptivos. Está de más decir que aún existen varones en Chile, especialmente en sectores populares, que prohíben a sus mujeres usar tales métodos. Si eso es lo que plantea la Iglesia, ahora entiendo por qué mi abuela, una mujer creyente, se alejó de sus filas, puesto que este tipo de estereotipos sólo mantiene a las mujeres como ciudadanas de segunda clase.


La controversia sobre la adopción del Protocolo Facultativo a la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación en Contra de la Mujer, o Convención de la Mujer, no es más que la reiteración de los viejos argumentos de la Iglesia en ciertas polémicas mal llamadas valóricas. De hecho, basta recordar las alianzas entre países musulmanes y el Vaticano sobre estos temas acordados en la Conferencia Internacional sobre Población y Desarrollo y posteriormente en la Cuarta Conferencia Mundial de la Mujer.



En una publicación reciente, el cardenal Errázuriz confunde erróneamente los temas. La orientación sexual, y no la identidad de sexo, es lo que hace distintos a heterosexuales de los homosexuales. No siendo este el tema central de preocupación de la Iglesia, parece necesario dejar sentado que todas las personas, independientemente de su orientación sexual, tienen derechos inalienables, y todo Estado que se digne de ser democrático e igualitario, debe ser capaz de proteger y erradicar toda forma odiosa de discriminación.



Como una segunda cuestión, las críticas no son claras en torno a cómo es que la Cedaw no valora la maternidad en todas sus dimensiones, al menos en lo que ha aparecido en la prensa. Querrá decir el Cardenal que lo objetable de la Convención es que asegura a las mujeres el derecho a determinar el número de hijos que desean tener a través de métodos de planificación familiar. Si ello es así, en buena hora instrumentos internacionales de derechos humanos aseguran a las mujeres derechos tan básicos y tan susceptibles de trasgresión.



La historia de la humanidad está plagada de episodios de horror para las mujeres, como la implementación de políticas de población por razones de seguridad nacional o geopolíticas que no han considerado nunca a las mujeres como entes detentadores de derechos, la práctica masiva de esterilización forzada de minorías étnicas en los Estados Unidos, el feticidio femenino en India o China o los obstáculos para que mujeres accedan a los métodos de regulación de la fecundidad como política para aumentar la población en Argentina o en Chile durante los gobiernos militares. Todas constituyen violaciones a los derechos humanos de las mujeres.



Las mujeres, como entes morales autónomos, tienen la capacidad de determinar su propio proyecto vital, y ello implica tener acceso a la información y a los medios que permitan alcanzar una vida de calidad para ellas y sus familias. Ello también considera protegerse de un embarazo no deseado o de una maternidad de alto riesgo. ¿Acaso las personas, hombres y mujeres, no tienen igual derecho a ponerse a salvo del riesgo de enfermedades, dolencias y penurias? ¿Quiere decir que la decisión de no querer embarazarse debe estar sujeta al control marital? Si ello es así, la derogación de la potestad marital en 1989 no ha servido de mucho.



Si lo que se pretende es instalar como una carecterística el ideario de una mujer mártir o una heroína, entonces sólo puedo añadir que algunas legítimamente podrán optar por ese camino, pero es deber del Estado asegurar que cada individuo elija sus mejores opciones de vida.



Si de algo no se puede acusar a la Convención ella es de su falta de preocupación por la mujer y su familia. Procura asegurar el derecho a amamantar, a no ser discriminada en el cuidado y tuición de los hijos, a estar en igualdad de condiciones frente al marido en la administración de los bienes de la familia, a fundar una familia, y a que el matrimonio no constituya un impedimento para ejercer sus derechos civiles, entre otras importantes contribuciones.



Espero que no sea el ánimo de la Iglesia que las mujeres requieran del consentimiento de su marido para hacer uso de métodos anticonceptivos. Está de más decir que aún existen varones en Chile, especialmente en sectores populares, que prohíben a sus mujeres usar tales métodos. Si eso es lo que plantea la Iglesia, ahora entiendo por qué mi abuela, una mujer creyente, se alejó de sus filas, puesto que este tipo de estereotipos sólo mantiene a las mujeres como ciudadanas de segunda clase.



El rol del Protocolo Facultativo es asegurar que no exista una carga indebida para las mujeres, y que éstas puedan reclamar de sus derechos debidamente. Si ello es una idea foránea, bienvenida sea.



* Profesora e investigadora del Centro de Investigaciones Jurídicas de la Facultad de Derecho de la Universidad Diego Portales.

  • El contenido vertido en esta columna de opinión es de exclusiva responsabilidad de su autor, y no refleja necesariamente la línea editorial ni postura de El Mostrador.
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