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Protección a niños con alteraciones del desarrollo sexual

Por: Pedro-José López Egaña, Presidente SChCP


Señor Director:

El 22 de diciembre de 2015, el Ministerio de Salud emitió el Oficio Circular n°18, donde se instruía a los servicios de salud del país detener los tratamientos “innecesarios” de normalización a niños y niñas con alteraciones del desarrollo sexual, incluyendo las cirugías genitales irreversibles, hasta que tengan edad suficiente para decidir sobre sus cuerpos.

Como Sociedad Chilena de Cirugía Pediátrica, manifestamos nuestra preocupación ante el MINSAL, argumentando que el oficio no consideraba las opiniones expertas de profesionales que se desempeñan en centros especializados en la materia.

El Ministerio acogió nuestra inquietud, invitándonos a participar en una comisión especial, para así resguardar el tratamiento quirúrgico adecuado para los niños que presentan alteraciones del desarrollo sexual.

De esta forma, el 23 de agosto, se emitió la Circular N°7 del MINSAL, que especifica los nuevos términos para enfrentar quirúrgicamente las alteraciones de desarrollo sexual que presentan los pacientes desde que son recién nacidos, situación que nos satisface como gremio.

Con estos argumentos, acudiremos, esta semana, a la Comisión de Derechos Humanos del Senado, para manifestar, desde nuestra experiencia y conocimientos científicos, nuestra posición en el marco del Proyecto de Ley que reconoce y da protección al derecho a la identidad de género.

Los cirujanos infantiles, entendemos que cuando los pacientes presentan una condición física que no se condice con su sexo, realizándose los estudios y evaluaciones previas en centros de salud especializados, es necesario que como sociedad, respetemos su derecho a tomar la decisión que estimen conveniente a una edad adecuada.

Sin embargo, cuando se trata de pacientes con desórdenes del desarrollo sexual y cuyo género no está acorde con las condiciones físicas que presentan, tenemos el deber de velar por la salud y bienestar físico y mental de estos niños y sus familias.

La Circular N°7, del Ministerio de Salud es clara en este sentido, estableciendo los casos específicos en que es recomendable operar y este será nuestro argumento ante los honorables senadores. Confiamos en que nuestra postura sea acogida en la futura ley, pues nuestro horizonte no es otro que el bienestar de las niñas y niños chilenos.

Pedro-José López Egaña
Presidente SChCP

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