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Juez Cerda multa a defensa de Pinochet por invocar posible implicancia

El magistrado desestimó el recurso presentado por los abogados del general (r) Augusto Pinochet, afirmando que debió haber sido presentada antes de que asumiera la tramitación del caso Riggs, ya que el fallo en que se se pronunció sobre el estado de salud del ex uniformado es anterior a ese hecho. Ahora, la Corte de Apelaciones de Santiago podría zanjar el tema.


Inadmisible por haber sido presentado fuera de plazo fue declarado el recurso de inaplicabilidad presentado por la defensa del general (r) Augusto Pinochet tendiente a lograr la inhabilitación del ministro de fuero Carlos Cerda para seguir instruyendo la investigación por la millonaria fortuna que logró acumular el ex uniformado en el extranjero.

La presentación de los abogados Pablo Rodríguez Grez y Fernando Rabat planteó que -a su juicio- este magistrado estaba imposibilitado de seguir a cargo del proceso por la causal de implicancia del artículo 195, Nº 8º del Código Orgánico de Tribunales, esto es, la de «haber el juez manifestado su dictamen sobre la cuestión pendiente con conocimiento de los antecedentes necesarios para pronunciar sentencia».

Esta argumentación se basó en que el 6 de julio del año pasado este mismo juez conoció y dictaminó sobre una petición para sobreseer definitivamente al ex uniformado en una causa por violaciones a los derechos humanos sustanciada por el ministro Alejandro Solís, debido al supuesto estado de salud del otrora senador vitalicio, quien estaría afectado por una demencia subcortical leve a moderada.

Sin embargo, en el fallo emitido por la Séptima Sala del tribunal de alzada, el juez Cerda fue uno de los ministros que estuvo por revocar el sobreseimiento definitivo del ex jefe de la Junta Militar, sosteniendo que en el proceso no existían antecedentes que persuadieran a los integrantes

Según señaló Cerda en su resolución, incluso la Corte Suprema ha dictaminado, en ocasiones posteriores a ese fallo, ha desconocido los efectos de lo que entonces dictaminó, es decir, del sobreseimiento definitivo que aplicó a favor de Pinochet al sobreseerlo definitivamente en el caso Caravana de la Muerte, invocando esas mismas razones de salud.

«El conocimiento notorio de un comportamiento de Pinochet, posterior a aquel pronunciamiento, incompatible con semejante inhabilidad mental, en concordancia con lo anterior, hace que no se encuentre completamente justificada en autos la situación de hecho que configura la causal de sobreseimiento que se viene aplicando», recordó el juez al respecto.

Extemporáneo

Por otra parte, el magistrado consideró que este recurso fue interpuesto en forma extemporánea, ya que dicho fallo, el cual fue conocido por ambos profesionales ya que también formaban parte de la defensa del general (r) en la época, estaba en su conocimiento a lo menos tres meses antes que asumiera la sustanciación del proceso.

En esa medida, recordó que sólo el 28 de octubre de 2005 la Corte Suprema lo designó como ministro de fuero para instruir este proceso, mientras que dicha función la asumió formalmente el 2 de noviembre de ese mismo año.

«También es un hecho conocido y manifestado en diversos procedimientos, el del debate que prácticamente en todos ellos ha abierto la defensa encabezada por el abogado señor Rodríguez Grez en torno a la incapacidad procesal de su representado, en razón de insania, lo que hace inexplicable e insostenible que los contenidos atingentes de aquella resolución de la Séptima Sala, de 6 de julio de 2005, hayan sido conocidos recién ahora, casi un año después y tras ocho meses de intervención de este juez en el asunto», aclaró Cerda.

«El artículo 114 del Código de Procedimiento Civil cuidó de establecer que cuando la causal invocada es preexistente al comienzo de la intervención del juez en la causa, debe hacérsela valer antes que éste actúe, si ha sido conocida por quien la impetra. A tal punto llega esta exigencia, que la última oración de ese precepto faculta al tribunal para multar a la parte «que maliciosamente haya retardado el reclamo de la implicancia», añadió.

En razón de esta última normativa, Cerda decidió aplicar una multa de una UTM a la defensa del ex uniformado, la cual puede reponer este recurso y apelar ante el tribunal de alzada capitalino, instancia que de acoger a trámite la presentación inhabilitaría temporalmente al juez Cerda mientras no se discuta el fondo del tema.

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