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CIDH responsabiliza al Estado de Chile por violación a DD.HH. de exmonja y profesora lesbiana BRAGA

CIDH responsabiliza al Estado de Chile por violación a DD.HH. de exmonja y profesora lesbiana

En 2007 el Arzobispado revocó a Sandra Pavez el certificado de idoneidad para hacer clases de religión en el Colegio Municipal Cardenal Antonio Samoré, donde la docente ejercía desde 1985. Esto, luego de que la docente le confirmara que era lesbiana y mantenía una relación con otra mujer y se negara a someterse a terapias psicológicas y psiquiátricas ofrecidas por la Iglesia para revertir su orientación sexual. Tras una larga batalla legal, consiguió un triunfo en la justicia interamericana.


Tras once años de investigación, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) declaró responsable al Estado chileno por la vulneración de igualdad, de vida privada y el principio de la no discriminación, a raíz del caso de la profesora y exmonja Sandra Pavez, quien fue impedida desde 2007 de realizar clases de religión por ser lesbiana.

Los hechos se remontan al 25 de julio de 2007,  cuando el obispo de San Bernardo, Juan Ignacio González Errázuriz, junto al Vicario para la Educación del Arzobispado, René Aguilera Colinier, revocaron a Pavez el certificado de idoneidad que le permitiría realizar clases de religión en el Colegio Municipal Cardenal Antonio Samoré, donde la docente ejercía desde 1985.

La medida fue adoptada luego de enterarse que la profesora era lesbiana y mantenía una relación con otra mujer, por lo que desde el clero incluso le solicitaron someterse a terapias psicológicas y psiquiátricas ofrecidas por la Iglesia para revertir su orientación sexual.

Al recibir un “no” como respuesta por parte de la docente, el clero actuó amparado en el Decreto 924 del Ministerio de Educación, instrumento vigente desde 1983 que “reglamenta las clases de religión en establecimientos educacionales” y faculta a las iglesias a decidir quiénes pueden o no impartir cátedra.

Larga batalla judicial

Al recabar los antecedentes mencionados, el Movimiento de Integración y Liberación Homosexual (Movilh), presentó un recurso de protección ante la Corte de Apelaciones de San Miguel, el cual fue rechazado el 27 de noviembre del 2007, siendo la sentencia ratificada el 17 de abril del 2018 por la Corte Suprema. Ambos tribunales estimaron que no se había incurrido en ilegalidad, ni en discriminación, teniendo como argumento el Decreto 924.

Sin embargo, Pavez llegó el caso a la justicia internacional y finalmente la Comisión Interamericana de Derechos Humanos declaró responsable al Estado de Chile por vulnerar la igualdad, la vida privada y el principio de no discriminación.

Desde el Movilh destacan que Pavez “se convierte en la primera mujer lesbiana en obtener un primer triunfo sobre la discriminación proveniente del Estado y de la Iglesia al mismo tiempo”.

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