Publicidad
Denuncias por acoso callejero se cuadruplicaron desde la entrada en vigencia de la ley BRAGA Créditos: OCAC

Denuncias por acoso callejero se cuadruplicaron desde la entrada en vigencia de la ley

Valentina Marín Parra
Por : Valentina Marín Parra Periodista El Mostrador Braga
Ver Más

En mayo del 2019, se promulgó la Ley de Acoso Callejero, que busca sancionar este tipo de actos y que contribuye a erradicar la violencia en contra de la mujer en lugares públicos. A cuatro años de su entrada en vigencia, El Mostrador Braga –a través de una solicitud realizada al Ministerio Público– comprobó que las denuncias se cuadruplicaron.


El Observatorio Contra el Acoso en Chile (OCAC) organización que ayudó a impulsar la ley contra el acoso callejero en mayo de 2019– define el acoso como prácticas de connotación sexual ejercidas por una persona desconocida en espacios públicos.

En 2018, antes de que se promulgara la ley, la encuesta Cadem mostró que más del 82% de mujeres había sido víctima de acoso callejero.

El Mostrador Braga pudo acceder, a través de una solicitud realizada al Ministerio Público, a la cantidad de denuncias que se realizaron desde marzo del 2022 hasta abril del presente año, dando un total de 2.297 denuncias.

Si se revisa por años, con cifras también otorgadas por el Ministerio Público, en 2019 ingresaron 297 denuncias por acoso callejero y en 2020 fueron 975, lo que da cuenta de que estas se han cuadruplicado desde que se promulgó la ley.

“La Ley de Acoso Callejero tuvo un efecto simbólico importante. Se zanjó el debate entre quienes afirmaban que se trataba de inocentes ‘piropos’ y quienes afirmaban que era acoso. Así, mediante el establecimiento de varios delitos, Chile declaró que ‘piropear’ en la calle estaba mal. El problema, sin embargo, es que publicar una ley no basta si luego simplemente nos olvidamos del tema”, comenta la abogada de Abofem, Romina Villarroel. 

“En Chile estamos en proceso de comprender que ‘los piropos’ son en realidad una forma de acoso. Las mujeres y niñas siempre nos hemos incomodado o atemorizado con ellos, pero también tendemos a normalizar o a restarle importancia, especialmente porque ocurre demasiado”, subraya.

Actualmente, según la ley, existen dos tipos de actos que definen el acoso callejero. En primer lugar, los actos de carácter verbal o ejecutados por medio de gestos. En ese caso, la pena es de una multa de una a tres unidades tributarias mensuales (UTM), aproximadamente de 48.353 a 145.059 pesos chilenos.

Y, por otro lado, están las conductas consistentes en acercamientos o persecuciones, o actos de exhibicionismo obsceno o de contenido sexual explícito. En cualquiera de esos casos se impone la pena de prisión en su grado medio a máximo (21 días a 60 días de prisión) y una multa de cinco a diez unidades tributarias mensuales (UTM), aproximadamente de 241.765 a 483.530 pesos chilenos.

Al respecto, Villarroel cuenta que, “a diferencia de lo que se cree comúnmente, para denunciar no es necesario conocer los datos del agresor. Basta con aportar la información que se tenga: lugar, fecha y hora del evento, descripción física del agresor, etc. Lo cierto es, sin embargo, que mientras menos datos conozcamos, es menos probable que la investigación sea exitosa”.

Un cambio cultural

El acoso callejero puede producir efectos negativos en el bienestar de las víctimas, de diferente magnitud dependiendo de su sexo u orientación sexual, ya que, mientras para las mujeres este se convierte en una forma de violencia sexual, los hombres son menos conscientes de haber sido víctimas de acoso o abuso o, simplemente, no le dan importancia.

La socióloga feminista, especializada en temas de género, diversidades e inclusión, Leslie Rauld, propone que “la implementación de la ESI (Educación Sexual Integral) en escuelas y colegios representa un comienzo para abordar temas como el consentimiento, la autonomía del cuerpo, la sexualidad y, desde ahí, generar un cambio de conciencia acerca de lo que es y no posible cuando me relaciono con otra persona”.

Suma, además, que “la lucha contra el acoso callejero se aborda desde un paradigma que tiene como primer momento una etapa de prevención y sensibilización del tema (…). Las políticas públicas debiesen estar centradas en permitir una transformación cultural que, en estas materias, establezcan lineamientos básicos hacia el respeto de los derechos humanos, la igualdad de género y la erradicación de la violencia sexual, en donde el acoso callejero es sin duda una expresión evidente de lo mucho que nos falta avanzar como sociedad”.

Para Villarroel, es algo similar, ya que, para un cambio cultural, la clave son las políticas públicas: campañas de información y educación. “Me parece que en este punto el rol de las municipalidades y organizaciones comunales es clave, pues el objetivo es que nuestras calles sean seguras para todos y todas”, señala, al tiempo que realiza un llamado a denunciar, pues “aunque la denuncia no llegue a nada, generará estadísticas relevantes que podrían visibilizar la magnitud del problema y la eficacia –o ineficacia– del sistema de justicia criminal para abordarlo. Mientras el acoso callejero se mantenga como una ‘cifra gris’, no podremos poner el problema sobre la mesa y exigir soluciones reales”, subraya.

Publicidad

Tendencias