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El decepcionante paso atrás de la Iglesia católica al rehusar indemnizar a víctimas EDITORIAL

El decepcionante paso atrás de la Iglesia católica al rehusar indemnizar a víctimas

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El alejamiento reciente de –hasta ahora– tres altos prelados de la Iglesia católica y las consecuencias de la reestructuración interna que impulsa El Vaticano, a raíz de las denuncias públicas y judiciales sobre abusos sexuales cometidos por sacerdotes, continúa siendo tema central de la agenda pública. La prevalencia de una atmósfera de escándalo que los hechos han producido, visita papal a Chile de por medio, marca todas las interpretaciones y hace imposible no pensar que se ha echado a correr un proceso que puede llegar muy lejos y a cambios o ajustes relevantes tanto dentro de la Iglesia católica como en la relación del Estado de Chile con esta institución religiosa, o con todas.

Este martes concluyó la visita de los enviados especiales del Papa, Charles Scicluna y Jordi Bertomeu, quienes se reunieron con víctimas y sus familiares para seguir profundizando, de primera fuente, en el conocimiento de la realidad de los casos de abuso sexual en la Iglesia chilena. Antes de abandonar Chile, Scicluna dejó rayada la cancha en el aspecto recolección de información, dando un paso importante: estableció un “servicio de escuchas” a las víctimas (una especie de “Comisión de Verdad y Reconciliación”), a cargo del Consejo Nacional de Prevención de Abusos, tarea de la cual se marginó a quien estaba –hasta ahora– a cargo de dicha instancia, el obispo de San Bernardo, Juan Ignacio González, lo que puede leerse como un reproche a esta alta autoridad de la Iglesia católica chilena, aunque no se especifica por qué motivos o circunstancias.

Pero el arzobispo de Malta, Charles Scicluna, también dio un enorme y decepcionante paso atrás en lo previamente anunciado por su acompañante Jordi Bertomeu, señalando, contra todo lo esperado por las víctimas de los abusos, que la reparación pecuniaria a estas debe ser asumida por las personas naturales (léase: religiosos católicos) que cometieron los delitos y no por la Iglesia católica como tal.

Es decir, invocó una responsabilidad personal y descartó una responsabilidad –también– institucional de la Iglesia católica, en el resarcimiento de los daños causados a creyentes inocentes.

[cita tipo=»destaque»]Si el Estado Vaticano ha investigado de conformidad con sus normas y procedimientos y ha arribado a la convicción de culpabilidad de algunos de sus consagrados, aplicándoles severas sanciones como autores, cómplices o encubridores de delitos de abuso sexual, no se puede entender por qué –con el mismo ímpetu y con la energía con que ahora, por fin, está buscando llegar a la verdad de los hechos– no ha establecido “de oficio” o motu proprio la reparación e indemnización de perjuicios a las víctimas de esos delitos. Es decir, la reparación pecuniaria de los daños morales provocados a sus víctimas, sin esperar a que estas tengan que iniciar largos, costosos y engorrosos procedimientos judiciales ante la Justicia chilena para intentarlo, donde volverán a ser víctimas y tendrán, además, que enfrentar muchos obstáculos –entre ellos, las eventuales prescripciones de acciones civiles y penales, o la falta de bienes personales de los religiosos delincuentes– para, al final de un largo camino, quizás obtener algún resarcimiento.[/cita]

Evidentemente no basta con decir y pretender que las indemnizaciones correrán por cuenta de los criminales en cuanto personas naturales, sobre todo porque muchos de ellos son sacerdotes que no poseen bienes propios –y que, por lo mismo, no tienen con qué responder–, delincuentes que han actuado al amparo y bajo la protección de la Iglesia católica como institución.

Esto resulta inexplicable. Además que es contrario a lo que la propia Iglesia católica como institución ha hecho o ha tenido que hacer en otros países del mundo, sea por propia voluntad u obligada por la Justicia de los países donde han explotado casos de abusos sexuales y encubrimientos similares a los chilenos. Baste recordar, al efecto, el caso de la diócesis católica de Boston, Estados Unidos.

Conducta esperable

Si el Estado Vaticano ha investigado de conformidad con sus normas y procedimientos y ha arribado a la convicción de culpabilidad de algunos de sus consagrados, aplicándoles severas sanciones como autores, cómplices o encubridores de delitos de abuso sexual, no se puede entender por qué –con el mismo ímpetu y con la energía con que ahora, por fin, está buscando llegar a la verdad de los hechos– no ha establecido “de oficio” o motu proprio la reparación e indemnización de perjuicios a las víctimas de esos delitos. Es decir, la reparación pecuniaria de los daños morales provocados a sus víctimas, sin esperar a que estas tengan que iniciar largos, costosos y engorrosos procedimientos judiciales ante la Justicia chilena para intentarlo, donde volverán a ser víctimas y tendrán, además, que enfrentar muchos obstáculos –entre ellos, las eventuales prescripciones de acciones civiles y penales, o la falta de bienes personales de los religiosos delincuentes– para, al final de un largo camino, quizás obtener algún resarcimiento.

Porque es evidente que no basta con sancionar a los autores y no es suficiente el pedir perdón a las víctimas ni repararlas moralmente, como sería el caso de invitarlas, escucharlas y agasajarlas, incluso en el Vaticano; también es menester indemnizar eficazmente los daños morales producidos.

El Estado de Chile y la Iglesia católica receptora de regalías varias

En lo que atañe a la jurisdicción del Estado de Chile, lugar donde se cometieron los delitos en su mayoría contra ciudadanos chilenos, está por verse, en este nuevo clima y con las certezas que ya existen, la manera en que abordará el Gobierno de nuestro país la responsabilidad civil y penal de autores, cómplices y encubridores. También de la persona jurídica Iglesia católica, en cuanto organización jurídica de derecho público reconocida y amparada por el Estado de Chile, en cuyo seno se generaron verdaderas organizaciones delictivas dedicadas a cometer o encubrir abusos sexuales, aprovechándose muchas veces de prerrogativas y beneficios en dinero y protección que el propio Estado chileno le ha entregado.

Parece más que razonable, a estas alturas –dados el carácter y los vínculos de la Iglesia católica chilena como persona jurídica de derecho público (una especie de “representante” del Estado Vaticano en Chile), que goza de mucho financiamiento directo e indirecto a sus actividades, mediante exenciones fiscales y entrega de dineros para proyectos, todo con cargo al erario nacional–, revisar y modificar lo que fuere pertinente.

Las personas jurídicas, sean de derecho público o de derecho privado, tienen la obligación de respetar y cumplir las leyes chilenas, con especial énfasis –obviamente– en no transgredir las normas de derecho criminal. En esto, las autoridades de Gobierno deben actuar como gobernantes y no como fieles.

Hasta ahora, llama la atención la actitud prescindente o aparentemente de poca atención que el Estado de Chile ha dado a los hechos, cuyo primer indicio en contrario se produjo con la decisión del Ministerio Público de solicitar antecedentes al Vaticano y la incautación de material canónico por parte de Carabineros en la diócesis arzobispal de Rancagua, que por lo demás no tiene inmunidad diplomática, como sí la nunciatura o embajada del Vaticano en Santiago.

Porque la sistematicidad y volumen de los actos delictivos solo resulta posible en un ambiente de laxitud institucional o, derechamente, de existencia de un manto de protección que crea condiciones de impunidad en la comisión de delitos. Así, los traslados y viajes de “expiación espiritual” aplicados a los sacerdotes delincuentes, como ocurrió con tantos casos, como con el denominado “cura Tato”, pervierten los objetivos originales y cuestionan la figura jurídica y moral de la Iglesia católica ante los ojos de toda la sociedad, pues ella es responsable del gobierno interno de su institución y, por lo tanto, de las acciones de sus agentes u operadores institucionales directos.

Muchos de los delitos se cometieron y se están cometiendo al interior de los recintos religiosos o educativos con franquicias tributarias o en el ejercicio mismo de la acción pastoral o educativa que –de acuerdo a la ley vigente– utiliza recursos de todos los chilenos, por lo que resulta necesario mirar, con prudencia y firmeza, si efectivamente esas regalías están siendo administradas de manera proba y con cuidado de lo público y, con el debido respeto a todos los chilenos, con creencias religiosas o sin ellas.

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