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Hacia un sistema único de datos delictuales Opinión Crédito: Agencia UNO (Contexto)

Hacia un sistema único de datos delictuales

Creemos que la unificación de datos y una entidad autónoma encargada de sus análisis permite, en cierta forma, legitimar a cada institución vinculada, pues el estudio integral de esta información servirá para crear o modificar políticas públicas relacionadas con el ámbito judicial y dará insumos objetivos al Estado para saber “dónde aprieta el zapato“ y, de paso, cerrar la puerta a interpretaciones o lecturas de los datos que lo único que hacen es generar confusión y contrariedad en las personas.


Comúnmente solemos leer resúmenes estadísticos que plantean las instituciones vinculadas a la persecución delictual (Fiscalía, Defensoría, Carabineros, PDI, Tribunales y otras anexas). Cada una de ellas tiene una mirada distinta y según sus propias finalidades y sobre la base de sus propios datos obtenidos del sistema que cada una de ellas maneja.

Es así como PDI y Carabineros nos entregan datos de detenciones y procedimientos ejecutados; Fiscalía nos da los números de condenas y causas judicializadas y tempranamente terminadas; Defensoría nos entrega los datos de los absueltos y su particular mirada con el “Proyecto Inocentes”; Tribunales nos dan las estadísticas de audiencias realizadas y resultados de estos procesos, entre otros.

Como leemos, cada uno nos da su particular visión y sus resultados según los propios lineamientos estratégicos, pero lamentablemente está dispersión estadística genera realidades parciales. Por ejemplo, ¿aparece en algún boletín de la Defensoría el resultado de causas en que se ofreció una salida alternativa y fue rechazada y luego al imputado se le condenó o absolvió, o si, ofrecida una pena en procedimiento abreviado, fue rechazado y el resultado del juicio fue una pena superior a la ofrecida? ¿Indican las estadísticas de la PDI o Carabineros si el detenido fue finalmente condenado o se le declaró ilegal la detención o el procedimiento? ¿Reflejan los informes de la Fiscalía los eventuales errores procedimentales que llevan a caer una causa finalmente o adoptar una salida temprana o una decisión de no perseverar? ¿Indican los resultados estadísticos del Poder Judicial el número de fallos revocados o anulados dentro de un año calendario? Y las preguntas siguen y siguen.

¿Es una buena idea o proyecto el liberar a cada institución de las obligaciones de dar boletines estadísticos según sus propios proyectos y, en reemplazo, obligar a crear un sistema de registro único y regido por un ente no involucrado en el conjunto de instituciones vinculadas a la persecución criminal?

La Cepal ha establecido los principios de la Justicia abierta, considerando como tales los de Transparencia, Participación y Colaboración, creando Plataformas de trabajo públicas y colaborativas, con participación de cada una de las instituciones en el ingreso de datos al sistema, el cual –ajeno a las entidades colaborativas– los sistematiza y publica.

La creación de un Sistema Único de Datos Delictuales (SUDD) permitirá crear políticas efectivas de prevención, investigación, juzgamiento y respeto de garantías de intervinientes, mediante un análisis único, universal, conjunto y desinteresado del cumplimiento de estándares numéricos y subjetivos (cuando corresponda). La generación de una institución pública intervinculada y encargada del análisis estadístico de los resultados previamente establecidos como parámetros de medición es una forma de objetivar los datos y permitir la creación, instauración y verificación de las políticas criminales definidas por el Estado. También permitirá medir la eficacia real de los nuevos delitos asociados al catálogo punitivo y asociar modificaciones legislativas basadas en la realidad y no en casos emblemáticos, muchas veces altisonantes, pero de poca efectividad real.

Actualmente existe un sistema, el llamado Banco Unificado de Datos (BUD), que es una plataforma informática que permite que nueve instituciones vinculadas al proceso penal (Ministerio Público, Carabineros de Chile, Policía de Investigaciones, Gendarmería de Chile, Servicio Nacional de Menores, Registro Civil e Identificación, Ministerio de Justicia, Poder Judicial y el Ministerio del Interior y Seguridad Pública), compartan e intercambien información en línea para mejorar la toma de decisiones en el trabajo operativo (BUD Operativo) y contribuir al seguimiento y desarrollo de políticas públicas de seguridad (BUD Analítico). Pero este tiene limitaciones, las cuales vienen dadas porque se conforma de dos elementos, el BUD Operativo, administrado por el Ministerio Público, y el BUD Analítico, administrado por la Subsecretaría de Prevención del Delito. Estos tienen por mayor finalidad, en resumen, el análisis de datos para políticas de prevención, pero no están destinados a la idea que plantea nuestra propuesta, cual es la de unificar la información estadística pública para revisar el cumplimiento de los estándares públicos de cada institución y las políticas de prevención, persecución criminal, juzgamiento y cumplimiento de sentencias.

Creemos que la unificación de datos y una entidad autónoma encargada de sus análisis permite, en cierta forma, legitimar a cada institución vinculada, pues el estudio integral de esta información servirá para crear o modificar políticas públicas relacionadas con el ámbito judicial y dará insumos objetivos al Estado para saber “dónde aprieta el zapato» y, de paso, cerrar la puerta a interpretaciones o lecturas de los datos que lo único que hacen es generar confusión y contrariedad en las personas.

  • El contenido vertido en esta columna de opinión es de exclusiva responsabilidad de su autor, y no refleja necesariamente la línea editorial ni postura de El Mostrador.
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