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Solo falta el Senado: Cámara ratifica reajuste al salario mínimo MERCADOS

Solo falta el Senado: Cámara ratifica reajuste al salario mínimo

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La propuesta establece que a contar del 1 de mayo de 2021, la cifra será de 337.000 pesos, para los trabajadores mayores de 18 años y de hasta de 65 años de edad. Sin embargo, el acuerdo de la comisión mixta incorporó una norma que determina un incremento a partir del 1 de enero de 2022, vinculado al Imacec.


Por 112 votos a favor, tres en contra y 34 abstenciones, la Sala de la Cámara de Diputadas y Diputados aprobó el informe de comisión mixta del proyecto, que reajusta el ingreso mínimo mensual, así como la asignación familiar y material, junto con el Subsidio Familiar y otras ayudas extraordinarias para las familias en el contexto del Covid-19.

La propuesta -que ahora debe ser despachada por el Senado- establece que a contar del 1 de mayo de 2021, la cifra será de 337.000 pesos, para los trabajadores mayores de 18 años y de hasta de 65 años de edad; de 251.394 pesos, para los trabajadores menores de 18 años y mayores de 65; y de 217.226 pesos, el que rige para efectos no remuneracionales.

Sin embargo, el acuerdo de la comisión mixta incorporó una norma que determina un incremento a partir del 1 de enero de 2022, vinculado al Imacec. En tal plano, el ingreso mínimo mensual para los trabajadores mayores de 18 años y hasta de 65 años de edad será de: 345.000 pesos, si el crecimiento del Indicador Mensual de Actividad Económica (Imacec), desestacionalizado, determinado e informado por el Banco Central, correspondiente a noviembre de 2021 hubiese crecido menos de tres puntos porcentuales, respecto del mes de mayo de 2021; o 350.000 pesos, si el crecimiento del Imacec de noviembre de 2021 es tres o más puntos porcentuales, respecto del mes de mayo de 2021.

La misma proporción se aplicará para el ingreso mínimo mensual para los trabajadores mayores de 18 años y de hasta de 65 años de edad, así como para efectos no remuneracionales.

Además, se estable que el Subsidio Familiar será de 13.832 pesos; en tanto que la Asignación Familiar y Maternal del Sistema único de Prestaciones Familiares tendrá los siguientes valores: 13.832 pesos por carga, para aquellos beneficiarios cuyo ingreso mensual no exceda de 353.356 pesos; 8.488 pesos por carga, para ingresos superiores a 353.356 pesos y no excedan de 516.114 pesos; y 2.683 pesos por carga, para ingreso superiores a los 516.114 pesos y no exceda de 804.962 pesos.

El texto despachado también modifica la Ley 21.218, que crea un subsidio para alcanzar un ingreso mínimo garantizado (IMMG). La enmienda eleva de 384.363 pesos a 421.250 pesos el monto que se fija como tope para tener derecho al citado subsidio y se determina que el aporte máximo del beneficio, que pasa de 59.200 pesos a 66.893 pesos.

Además, se establece la conformación de una mesa técnica, presidida por el Ministerio de Hacienda, encargada de elaborar un estudio de caracterización tanto de los trabajadores afectos al ingreso mínimo mensual, como a los que perciban remuneraciones iguales o inferiores a la línea de la pobreza, compuesta por representantes de cuatro ministerios, parlamentarios, organizaciones sociales relacionadas y la academia.

  • Revise la infografía publicada por la Cámara de Diputados:
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