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Corte inhabilita al juez Daniel Urrutia por «pronunciamiento sobre la causa» en la querella contra el expresidente Piñera por delitos en estallido social PAÍS Crédito: Agencia Uno

Corte inhabilita al juez Daniel Urrutia por «pronunciamiento sobre la causa» en la querella contra el expresidente Piñera por delitos en estallido social

En el marco de la querella contra el expresidente Sebastián Piñera, por los supuestos delitos durante el estallido social, la Corte de Apelaciones de Santiago, durante este jueves, acogió la solicitud presentada por la defensa del exmandatario en contra del juez Daniel Urrutia Labreaux, para dejarlo fuera de la causa luego de que el magistrado diera a conocer juicios previos, los cuales se interpretaron como un pronunciamiento sobre la causa contra Piñera. Esto dado a que Urrutia ha indicado “expresamente que a partir del 18 de octubre de 2019 ‘hubo terrorismo de Estado en Chile’, ‘con los 400 mutilados, hubo violación a los derechos humanos’ con utilización de armas, en forma ilegal y constante, de manera ‘sistemática y generalizada’.


La sexta sala de la Corte de Apelaciones de Santiago, durante este jueves, acogió la solicitud presentada por la defensa del expresidente Sebastián Piñera en contra del juez Daniel Urrutia Labreaux, para dejarlo fuera de la causa.

Esto luego de que el magistrado diera a conocer juicios previos que se interpretaron como un pronunciamiento sobre la causa que se inició por una querella contra el ex Jefe de Estado, en el marco de supuestos delitos durante el estallido social.

La solicitud acogida fue presentada por el abogado Samuel Donoso Boassi, representante de Sebastián Piñera, quien interpuso una recusación formal contra el juez.

De acuerdo a como lo consigna La Tercera, en dicha resolución que recibe la acción legal, el tribunal de alzada establece que Urrutia: “debe abstenerse de conocer y emitir pronunciamiento en la causa de que se trata”.

En la sala compuesta por los ministros Antonio Ulloa, Verónica Sabaj y el abogado integrante Cristián Lepin, se determinó que “se evidencia que el individualizado juez de garantía, se ha pronunciado respecto de la existencia de delitos”.

En esa línea, establecen que Urrutia ha indicado “expresamente que a partir del 18 de octubre de 2019 ‘hubo terrorismo de Estado en Chile’, ‘con los 400 mutilados, hubo violación a los derechos humanos’ con utilización de armas, en forma ilegal y constante, de manera ‘sistemática y generalizada’, detalló la resolución.

A esto, agrega que el magistrado calificó los hechos ocurridos en el país como “‘la mayor crisis de derechos humanos desde la vuelta a la democracia en el país’ y, que el actuar del Ministerio Público y del Poder Judicial ha pretendido ‘avalar y justificar la represión’ “.

De esta forma, concluye que “claramente se ha constatado que el magistrado Urrutia, de manera generalizada y categórica (…) ha tenido por cierto la comisión de ilícitos, atribuyéndole participación en dicho acontecer a los agentes del Estado” (calidad que revestía el expresidente Sebastián Piñera Echeñique).

Lo anterior se llevó a cabo porque Donoso acusó, en su intervención, que el “magistrado ha manifestado públicamente, por un lado, la convicción previa de juzgamiento y condena de Carabineros que hubieran intervenido en el control del orden público desde la signada data, así como también de investigar al gobierno(…), con su consecuente animadversión, resentimiento y desprecio, evidenciándose su postura, de manera reiterada, en diversas instancias y medios de comunicación social”.

Para eso, la defensa del exmandatario citó un artículo del medio Interferencia en la cual el juez Urrutia señaló que “en Chile hay presos políticos”.

Añadió a esto, una nota de La Tercera nombrada las “Cinco claves para entender al juez Daniel Urrutia”, desde donde se expuso que Urrutia <<reemplazó de oficio la prisión preventiva de trece imputados formalizados, y quienes fueron calificados como integrantes de la “primera línea”>>.

En relación a la resolución de la Corte de Apelaciones, Donoso opinó que “muy bien fundada y ajustada a derecho, y a los hechos, la cuestión de la imparcialidad del juez es esencial en todo proceso”.

El defensor sostiene que el magistrado “carece de imparcialidad en relación a los hechos e investigaciones vinculadas al estallido social, él tiene una posición tomada, lo ha dicho públicamente, es algo manifiesto y en consecuencia no puede estar habilitado para conocer de estas causas.”, emplazó.

Por su lado, el Juez Urrutia entregó el informe con su defensa respecto a los hechos, debido a que el mismo tribunal de alzada se lo solicitó el pasado 23 de marzo. En el documento señaló que las “causales de recusación son de derecho estricto, pues la norma constitucional general es el principio de la inexcusabilidad”.

Respecto a las declaraciones por las que se le acusa, sostuvo que esas opiniones emitidas “no se refieren a casos concretos, sino que a situaciones graves que podrían involucrar a agentes del Estado y que fueron efectuadas bajo la obligación moral de señalarlas para que se hiciere lo necesario para terminar con conductas que afectaban los derechos humanos de parte de la población”.

En esa línea, asegura que las declaraciones de los jueces, “en contexto de la defensa de la democracia, no sólo se encuentran protegidas por la Convención Americana de Derechos Humanos, sino que son promovidas por el sistema de protección de los derechos humanos”.

Agregado a esto, “en ningún momento ha efectuado un dictamen de la cuestión pendiente y procesalmente, no ha tenido a la visa antecedentes, pruebas ni testimonios que le permitan tener conocimiento de la causa”, precisa.

Por último, Urrutia señala que no tiene ninguna enemistad, odio o resentimiento con ningún interviniente de esta causa, a quienes no conoce personalmente, a los que por lo demás no ha nombrado en sus declaraciones, por lo que solicita sea desestimada la causal.

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