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Otra vez, la integración impide la ‘equidad horizontal’ Opinión

Otra vez, la integración impide la ‘equidad horizontal’

François Meunier
Por : François Meunier Economista, Profesor de finanzas (ENSAE – Paris)
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¿Está experimentando la empresa un aumento en sus costos de producción? En nada. Se trata únicamente de un cambio en la estructura del financiamiento que no afecta las condiciones de operación. Es importante ver que el impuesto sobre la renta pone al Estado en una posición de “casi-accionista”, ya que toma, igual que otros accionistas, el riesgo sobre los ingresos y también sobre los gastos. No hay “dilución” de los otros accionistas, que mantienen el rendimiento de su patrimonio. Técnicamente, el costo del capital no ha cambiado ni la inversión.


El frente en favor de la integración tributaria se fisura. Inmediatamente después de las declaraciones de Andrés Chadwick, algunos senadores de Chile Vamos plantean la opción de negociar con la oposición la reintegración, asustados por el montón de capital político que el Gobierno gasta en un tema que tendrá un bajo impacto económico en el mejor de los casos. Esto, por supuesto, provoca una reacción de molestia del ministro de Hacienda, Felipe Larraín, quien está tratando de llevar a cabo el proyecto.

Los chilenos aprendieron un término un poco complicado con ocasión de este debate: ‘equidad horizontal’, que se presenta como el argumento principal en favor de la integración. ¿De qué se trata? Es el hecho de que dos personas que ganan lo mismo deben pagar el mismo impuesto. Sería injusto, según los partidarios de esta reforma, que una persona pague 35% de sus ingresos (como máximo) sobre su salario, cuando la otra, un accionista, paga 52,55% sobre su dividendo –27% al nivel de la empresa más 22,55% (35% x 73) al nivel personal–. La integración reduce el gravamen personal a 8%, lo que al final se aumenta a 27% + 8% = 35%, y todas están iguales.

Es falso. No se puede sumar peras con manzanas. Los dos impuestos son de naturaleza muy diferente y el impuesto empresarial no grava esencialmente al accionista, incluso si este impuesto representa una salida de caja para la empresa. Supongamos una empresa que utiliza 100 de capital y gastos corrientes para una ganancia operativa de 10. Si no existe un impuesto sobre la renta, los accionistas deben adelantar el 100 y reciben una tasa de rendimiento de 10%. Si el impuesto es de 27%, el Estado permite la deducción de 27% de los gastos y toma 27% de los ingresos. Los accionistas solo deben adelantar 73 para una ganancia reducida a 7,3. La tasa de rendimiento sigue siendo 10%.

¿Está experimentando la empresa un aumento en sus costos de producción? En nada. Se trata únicamente de un cambio en la estructura del financiamiento que no afecta las condiciones de operación. Es importante ver que el impuesto sobre la renta pone al Estado en una posición de “casi-accionista”, ya que toma, igual que otros accionistas, el riesgo sobre los ingresos y también sobre los gastos. No hay “dilución” de los otros accionistas, que mantienen el rendimiento de su patrimonio. Técnicamente, el costo del capital no ha cambiado, ni la inversión.

En este simple ejemplo, el impuesto no pesa sobre el accionista. En realidad, tiene un efecto, pero menor y en un sentido ambiguo. Por un lado, el Estado no hace el anticipo de tesorería para los gastos de 27, por lo menos cuando se trata de un proyecto de inversión llevado por una joven empresa. Solo da un crédito de impuesto y el accionista incurre en el costo financiero de este anticipo (pero no es lo mismo si el proyecto lo lleva a cabo dentro de una empresa rentable, ya que los costos del proyecto serán cargados a su ganancia actual).

Por otro lado, el Estado acepta que los intereses de la deuda sean deducibles, lo que da una ventaja a los accionistas y aumenta su tasa de rendimiento. En la práctica, se lograría una neutralidad total si el impuesto se centrara en el flujo de caja operativo neto y no en la ganancia contable después de los gastos financieros, una recomendación hecha cada vez más por los economistas. Se debe notar que la reforma tributaria de Trump de 2017 va en esta dirección.

Vamos a resumir. No se puede añadir simplemente los impuestos a nivel de la empresa y a nivel personal. Integrar entonces significa permitir que los ingresos del capital sean gravados a algo cerca de 8% cuando los trabajadores pueden pagar hasta 35%. Es difícil ver acá una equidad, ni horizontalmente ni en ninguna otra dirección, más aún si se considera que, al tener una sociedad jurídica, es fácil en la práctica imputarle gastos privados. En lugar de regresar a la integración, sería mejor corregir las ineficiencias del impuesto, como reducir la ventaja fiscal de la deuda, ser más generosos en la deducción fiscal de la inversión y tal vez retener la semiintegración como única opción.

 

  • El contenido vertido en esta columna de opinión es de exclusiva responsabilidad de su autor, y no refleja necesariamente la línea editorial ni postura de El Mostrador.
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