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Las drogas y el delirio penalizador


Algunos legisladores se dedican a proponer lo único que suele ocurrírseles respecto de la delincuencia: más tipos penales, mayores penas y más personas tras las rejas.
Agustín Squella



Mientras el gobierno del Brasil se apresta a asumir como política de estado la reducción del daño para tratar el asunto de las drogas, lo que también han hecho recientemente Gran Bretaña y Canadá, en Chile el Parlamento ha aprobado una nueva ley de drogas que tiene por principal propósito perseguir y sancionar el pequeño tráfico, en un delirio penalizador a contracorriente de las tendencias más modernas y progresistas en esta materia.



Crecientemente se impone el modelo europeo que despenaliza el consumo de esas sustancias y suspende la aplicación de las sanciones privativas de libertad al pequeño tráfico, centralizando el esfuerzo público en las tareas sanitarias de minimizar los riegos del consumo y reducir los daños por el abuso de esas sustancias.



Algo parecido a lo que en nuestro medio se hace cuando se promueve el consumo moderado y responsable del alcohol y del tabaco. Ello es congruente con la tendencia a la aplicación de un derecho penal mínimo, alternativo a la prisión o reparatorio de la víctima, para tratar tanto los delitos sin víctimas o aquellos que lesionan bienes jurídicos de poco valor o causan menor daño o lesión a la integridad o los bienes de las víctimas. De tal manera que el sistema penal se pueda ocupar de manera principal de los delitos más graves para la sociedad como el terrorismo, la lesión de los derechos humanos, el medio ambiente, la salud pública, en un marco de garantismo penal.



Contrariamente, la nueva ley de drogas en Chile tiene por principal propósito perseguir y sancionar el pequeño tráfico de drogas o microtráfico, para lo cual se instituye el delito de tenencia o porte de pequeñas cantidades de drogas como nuevo tipo penal, con penas que van de año y medio a cinco años de privación de libertad.



En este nuevo tipo penal no se requiere probar que quien esté en posesión de una pequeña cantidad de drogas haya transferido, o intentado transferir, a un tercero a cualquier título esa cantidad, es decir, que haya traficado, pese a que ello está casi asegurado con la presencia del «agente revelador». Ahora es el inculpado el que deberá probar que esa droga era para su uso personal exclusivo y próximo en el tiempo, o parte de un tratamiento médico debidamente certificado.



Ella contiene además otros propósitos penales en contra de los empleados públicos que usen drogas, o de los empresarios que empleen sustancias químicas que pudiendo servir al procesamiento de drogas no justifiquen su uso industrial lícito.



En Chile el 18% de la población entre 12 y 64 años ha usado drogas – marihuana, base o clorhidrato de cocaína- alguna vez en la vida, el 6% en el último año y el 3% en el último mes. El 74% de quienes usaron alguna vez marihuana, así como el 64% y el 67% de quienes usaron base o clorhidrato de cocaína han dejado de hacerlo. Según CONACE, el 98,8% de la población considerada en sus estudios no tiene problemas con el consumo de drogas.



Sin embargo, se afirma que la mayoría de la población considera al problema de las drogas entre los más graves del país, sobre todo debido a la relación que habría entre el uso de drogas y la delincuencia. Sin embargo, las encuestas señalan que el tema drogas aparece en el quinto lugar de problemas que le importan a la población, luego del empleo, la pobreza, la salud y la delincuencia. Las estadísticas criminales muestran que la población no hace denuncias por drogas – 259 en 2001 frente 132.077 denuncias por robo en ese año – y las estadísticas criminales muestran una mínima relación entre el uso de drogas y los delitos, tal como se explicó en una columna anterior en este diario.



Los impactos para el sistema penal que tendrá la tipificación del porte o tenencia de pequeñas cantidades de drogas, y las consecuencias sociales y culturales, sobre todo para los jóvenes, serán muchos. En el año 2000 de las 21.152 personas detenidas por infracción a la ley de drogas sólo 6.128 fueron condenadas (29%), de ellas 2.701 (13%) con multas y 3.427 (16%) con penas privativas de libertad. Asimismo, según los tipos de delitos por drogas de los aprehendidos por Carabineros en el 2001, el 38% fue por consumo, el 32% por porte, el 20% tráfico y el 10% por otras conductas.



Con la nueva tipificación a aquel 16% de los condenados con penas de prisión habrá que agregar a la mayor parte del 32% de quienes se acusa por porte de pequeñas cantidades, y a parte importante de los aprehendidos por consumo, pues pasarían a ser conductas tipificadas como microtráfico, y por lo tanto privativas de libertad.



Ahora, Carabineros está obligado a llevar ante la justicia a los portadores de pequeñas cantidades de drogas y los tribunales a procesarlos para sólo así discernir si se trata de microtraficantes o usuarios eventuales. Esto significa pasar de unos seis mil procesados al año a doce o quince mil y de 3.500 condenados con penas privativas de libertad a entre siete a nueve mil por año, agregando un cuarto más de condenados a la actual población penal de 36.000 internos.



Esta situación sería comparable a Estados Unidos donde el primer delito por el número de condenas es por ofensas a la ley de drogas, con un 32%, pese a lo cual sigue siendo el principal mercado consumidor e incluso innovador en materia de drogas.



En materia de impacto cultural, el tema no es menor. En Chile cerca de la mitad de los hogares son monoparentales, cuya jefa de hogar es mujer. El pequeño tráfico ha llegado a ser el primer delito entre ellas, duplicando a las condenadas por hurto o robo. La nueva ley aumentará las estadísticas: el 12% de las personas detenidas por infracciones a la ley de drogas son mujeres, y el 50% de las mujeres que cumplen penas privativas de libertad lo están por infracciones a ley de drogas.



Entre los jóvenes el tema tendrá iguales connotaciones. El 73% de los detenidos son menores de 30 años. Según el CONACE el 16% de los jóvenes ha usado alguna droga en el último año por lo tanto es mismo porcentaje de hogares se verá ante el riesgo de tener un hijo en el sistema penal entre 18 meses y cinco años, debiendo probar que se trata de un usuario eventual y no de un microtraficante para poder evitarlo.

Según CONACE, casi el 14% de los escolares hace uso de drogas. Con la nueva ley el 14% de las familias de los escolares chilenos quedarán sometidas a la incertidumbre de tener que probar ante la justicia penal que sus hijos no son traficantes de drogas. Entre los estudiantes universitarios de Santiago el 39% ha usado marihuana en el último año y el 9% cocaína, el 34% marihuana en el último mes y el 5% cocaína con igual frecuencia. Esa población universitaria también quedará sometida al mismo riesgo penal.



Lo más grave es que la nueva ley, cuyo tipo penal se construye con el solo hecho de probarse que la pequeña cantidad de drogas fue transferida, o intentó transferirse, a un tercero a cualquier título -venta, permuta, donación, incluso como intento frustrado- institucionaliza el llamado «agente revelador», es decir, un tercero provocador cuya misión es simular un intento de compra de drogas para en la práctica inducir a la comisión del delito y, por lo tanto, construir un delincuente.





Ibán de Rementería es miembro de la Corporación Ciudadanía y Justicia.

  • El contenido vertido en esta columna de opinión es de exclusiva responsabilidad de su autor, y no refleja necesariamente la línea editorial ni postura de El Mostrador.
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