El proyecto afirma que 54 mujeres murieron el año 2012 en el proceso de gestación, señalando que “pudo haberse tratado clínicamente con interrupción del embarazo para resguardar sus vidas”. Falso. El Gobierno está manipulando subjetiva y maliciosamente las cifras. No existe seriamente ninguna vinculación causa-efecto de un posible aborto con la vida de la madre. La Presidenta establece una relación de causalidad entre las muertes de esas madres y la inexistencia de abortos que es impresentable e indemostrable científicamente.
Hace unos días la Presidenta Bachelet presentó el proyecto de ley que legaliza el aborto en casos de riesgo de vida de la madre; inviabilidad fetal y violación. Analizada la propuesta en concreto surgen múltiples mitos que es necesario derribar para acercarnos a lo que realmente se pretende tras el proyecto.
Antes que todo, resulta verdaderamente relevante señalar que lo peor que podemos hacer frente a una problemática tan compleja como el aborto, es invisibilizar los derechos humanos tanto de la mujer embarazada como del niño que está por nacer, dos realidades distintas pero innegablemente unidas que son dignas de protección. Sin embargo, el proyecto lamentablemente silencia una de las dos realidades, tergiversando palabras, omitiendo otras o derechamente manipulando la verdad.
Se dice que la iniciativa sólo “despenaliza” la interrupción voluntaria del embarazo. Falso. La realidad es que el proyecto del Gobierno no sólo despenaliza, sino que derechamente legaliza el aborto en las causales indicadas. Muestra de ello es que el propio mensaje señala que “la interrupción del embarazo que el proyecto propone despenalizar, debe consagrarse como una legítima prestación de salud”.
[cita] Se expone que el proyecto sólo se refiere al aborto en las situaciones específicas señaladas y en ningún caso al aborto libre. Falso. Toda la argumentación se basa en la premisa de que “los derechos de las mujeres y su autonomía están en el centro de este proyecto”. Por ello se habla de derechos sexuales y reproductivos. Lo relevante es la decisión de la mujer, de ahí que se haga referencia más de 65 veces a la mujer y al “embrión o feto” en tan sólo dos oportunidades. [/cita]
Se expone que el proyecto sólo se refiere al aborto en las situaciones específicas señaladas y en ningún caso al aborto libre. Falso. Toda la argumentación se basa en la premisa de que “los derechos de las mujeres y su autonomía están en el centro de este proyecto”. Por ello se habla de derechos sexuales y reproductivos. Lo relevante es la decisión de la mujer, de ahí que se haga referencia más de 65 veces a la mujer y al “embrión o feto” en tan sólo dos oportunidades.
Así, por ejemplo, se cita con especial énfasis la recomendación del Comité Para la Eliminación de Toda forma de Discriminación Contra la Mujer (CEDAW), del 2006, el que señala “la necesidad de suprimir las disposiciones punitivas aplicables a las mujeres que se someten a abortos y se les dé acceso a servicios de calidad para tratarlos”. En palabras simples, aborto libre.
Por otro lado, y siguiendo esta lógica, se elimina la obligación del médico de denunciar los delitos de aborto de los cuales tenga conocimiento en el ejercicio de las funciones, pero ya no sólo de las tres causales sino que de todo tipo de abortos, incluidos los embarazos producto de relaciones abiertamente consentidas, es decir, nuevamente, aborto libre. Además, se citan como ejemplos normativas a seguir en esta materia, particularmente en Alemania, “que se permite interrumpir el embarazo hasta las 12 semanas de gestación, sin expresión de causa (…)”. Nuevamente aborto libre. Asimismo, quizás el ejemplo más patente es el caso de violación, en que el niño que está por nacer, absolutamente inocente, puede ser arbitrariamente eliminado a las 12 o 18 semanas, según la edad de la mujer, sin siquiera una denuncia previa de la violación.
Se indica también que, en el mundo, Chile junto al Vaticano, Nicaragua, El Salvador y Malta, serían los únicos países que penalizan el aborto sin excepción y que la tendencia sería la contraria. Falso. Lo cierto es que este es aceptado sin exigencia de causa en 61 países, es autorizado por razones de salud de la mujer en 59 países y por consideraciones socioeconómicas en 13 países. Finalmente, en 66 países el aborto está permitido solamente para salvar la vida de la mujer (con aplicación del principio de doble efecto, igual que en Chile), o totalmente prohibido. Por otro lado, en los últimos años República Dominicana, Kenya y Hungría han adoptado nuevas Constituciones nacionales protectoras de la vida no nacida; Estados Unidos avanza a paso firme en restringir más y más el aborto, en ruta hacia su erradicación total, y hoy España se apresta a restringir su legislación abortiva. Así, entonces, Chile no está solo en la defensa de la vida, lo acompañan, al menos, 66 países.
El proyecto afirma que 54 mujeres murieron el año 2012 en el proceso de gestación, señalando que “pudo haberse tratado clínicamente con interrupción del embarazo para resguardar sus vidas”. Falso. El Gobierno está manipulando subjetiva y maliciosamente las cifras. No existe seriamente ninguna vinculación causa-efecto de un posible aborto con la vida de la madre. La Presidenta establece una relación de causalidad entre las muertes de esas madres y la inexistencia de abortos que es impresentable e indemostrable científicamente.
La iniciativa presenta como vinculantes ciertas recomendaciones de Comités de Organismos Internacionales de Derechos Humanos para legislar, al menos, en las tres causales propuestas. Falso. Las observaciones y recomendaciones que realizan periódicamente los organismos internacionales de monitoreo de tratados, en virtud del artículo 38 del Estatuto de la Corte Internacional de Justicia, no tienen la fuerza vinculante que se pretende y no son fuente de derecho. Por lo mismo, cualquier fundamentación que se dé respecto del proyecto de ley que se apoye en estos documentos no corresponde. Muestra de ello es que se cita la aceptación de Chile a las recomendaciones realizadas en torno a la legalización del aborto en las causales señaladas en el Examen Periódico Universal del Consejo de Derechos Humanos de la ONU del año pasado. Sin embargo, se omite que el día 28 de enero del 2014, en el mismo contexto, el ex Presidente Piñera, en nombre del Estado de Chile y conforme a la Constitución y los Tratados Internacionales suscritos y ratificados por nuestro país, tal como lo había realizado la Presidenta Bachelet el año 2009, rechazó formalmente las recomendaciones que le hicieron nueve países para despenalizar o legalizar el aborto, generándose una contradicción vital ante la Comunidad Internacional. De ahí que estas instancias no sean vinculantes realmente.
Se afirma que se hace una necesaria y adecuada ponderación entre los derechos de la mujer y el que está por nacer. Falso. El proyecto no hace ninguna ponderación ni análisis respecto del que está por nacer. La iniciativa omite toda referencia y desarrollo de instrumentos que sí son vinculantes para Chile y que protegen la vida del ser humano desde la concepción, como lo son el artículo 4.1 de la Convención Americana de Derechos Humanos, el artículo 19 N° 2 de la Constitución Política de la República, el preámbulo y los artículos 2 y 6 de la Convención Internacional de los Derechos del Niño, entre otros. Asimismo, se hace caso omiso también de la Jurisprudencia de la Corte Suprema y del Tribunal Constitucional Chileno, los cuales han afirmado que la Constitución no sólo protege un bien jurídico, sino que el que está por nacer es un sujeto titular de derechos, como todo otro chileno o chilena.
Se dice también que el proyecto de ley se hace cargo de ciertas experiencias de vida críticas. Falso. No existe ningún análisis ni informe serio acerca de la necesidad del proyecto y menos de las referidas experiencias críticas. Se parte de la base de que hay que legislar –ideología– sin siquiera contrastar la evidencia científica, ni examinar realmente la verdadera problemática que es el embarazo vulnerable, el que incluye a la mujer y al niño que está por nacer.
Por otro lado, la Presidenta señaló en el anuncio del proyecto que se iba a establecer un sistema de acompañamiento a las mujeres. Falso. La iniciativa del Gobierno no contiene una sola palabra respecto al acompañamiento psicológico, económico, médico y psiquiátrico que las mujeres con embarazos vulnerables requieren. Omite, por cierto, también, que más del 85% de las mujeres que reciben dicho tratamiento integral, no aborta, solucionando la problemática más profunda.
En fin, como vemos, existe una gran cantidad de mitos que es necesario desvanecer y de realidades que es indispensable hacer ver para apuntar a lo que realmente importa, la protección de la dignidad de la mujer embarazada y de los niños que están por nacer. Este proyecto de ley –aunque en apariencia lo busca– en el fondo se aleja de la realidad y no soluciona el problema de raíz.