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La pena de muerte no es solución ni tiene justificación

Angélica Cárdenas y Camila Araneda
Por : Angélica Cárdenas y Camila Araneda Universidad Diego Portales y Universidad de Chile
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Sin duda alguna el inimaginable crimen del que fue víctima la pequeña Sophia no dejó indiferente a nadie, y es que resulta imposible no sentirse impotente y hasta vulnerable al ver la violencia que puede ocurrir dentro de nuestra sociedad. Aun así, la primera respuesta ante el horror ha sido restablecer la pena de muerte, darle al Estado el poder de ejecutar legalmente, de decidir cuándo terminar la vida de una persona que cometió un crimen de tal magnitud y así “prevenir” la comisión de estos delitos en el futuro. Pero ¿tiene lógica esta idea?

Comencemos con lo básico, y es que, si permitimos la relativización del derecho la vida, si le damos ese poder al Estado en nombre de un “bien superior” el resto de los derechos se verán amenazados; no es posible legitimar la pena de muerte para un delito sin dejar abierta la opción de que comiencen a justificarse ejecuciones para otros, pues se borra la línea de cuáles serían los medios apropiados para sancionar un crimen. Que el Estado pueda decidir quiénes merecen morir resulta completamente contrario a la concepción de derechos humanos, y además no existe ningún sistema judicial que sea infalible en sus procesos, siempre se está expuesto al error. De hecho, si bien en Chile no hay información exacta acerca de inocentes condenados erróneamente, al revisar cifras emitidas por la Defensoría Penal Pública, en 2014 un 13% de personas fueron sometidas a prisión preventiva aun cuando resultaron ser inocentes.

Sumado a lo anterior, el populismo usado por algunas personas para hacer entrever que sería posible la restitución de la pena de muerte no es más que solo eso: populismo. Y es que, Chile ratificó la Convención Americana de Derechos Humanos, que en su artículo 4° prohíbe la aplicación extensiva de la pena de muerte a los delitos en los que no estuviera prevista, y considerando que nuestra misma Constitución en su artículo 5° establece el deber del Estado de respetar los Tratados Internacionales ratificados por Chile, no resulta coherente asomar la posibilidad de que esto ocurriera.

[cita tipo=»destaque»]Si permitimos la relativización del derecho la vida, si le damos ese poder al Estado en nombre de un “bien superior” el resto de los derechos se verán amenazados.[/cita]

Es más, si consideramos el principio de no regresividad de los derechos humanos, el Estado se encuentra impedido de modificar la legislación de una forma en la que retroceda en la garantía y protección de derechos fundamentales ya reconocidos. La pena de muerte se derogó en 2001 y no es posible regresar atrás sin atentar contra el derecho internacional de los derechos humanos.

Si lo anterior no le convenció, sea bienvenida y bienvenido a revisar el estudio llevado a cabo por Roger Hood, de la Universidad de Oxford para las Naciones Unidas, donde se concluye que la posibilidad de la pena de muerte no disuade al victimario de cometer el delito por sobre la aplicación del presidio perpetuo. Así, no existe ni un solo argumento plausible que legitime la idea de restablecer la pena de muerte, por lo que hace 9 años tampoco prosperó el intento de la UDI por restituirla.

Finalmente, recordando el caso degollados nos unimos a la reflexión de Manuel Guerrero, exijamos justicia no venganza.

  • El contenido vertido en esta columna de opinión es de exclusiva responsabilidad de su autor, y no refleja necesariamente la línea editorial ni postura de El Mostrador.
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