Aunque la legislación chilena obliga a los organismos públicos entregar todos los datos requeridos por la ciudadanía, un estudio detectó que en la práctica existen tres grandes inconvenientes a la hora de hacer valer este derecho, que va desde el desconocimiento de la norma por parte de los funcionarios, barreras tecnológicas y abuso de las excepciones que contempla la ley.
Durante el 2010 los organismos públicos recibieron 35.411 solicitudes de acceso a la información pública, según lo señala el sitio web del gobierno, lo cual puede considerarse una cifra abultada, en un principio, pero que esconde las serias dificultades que aún encuentran los requirentes para poder acceder a ella.
Según el estudio “Obstáculos a la información pública: una revisión de casos ciudadanos”, realizado por un grupo de organizaciones de la sociedad civil (Ciudadano Inteligente, Pro Acceso, Participa, Pro Bono, Ciudad Viva y la Escuela de Periodismo de la Universidad Diego Portales), se demuestra que a dos años de entrar en vigencia la Ley de Acceso a la Información Pública, aún hay tres grandes problemas que entorpecen el ejercicio de este derecho.
Un fuerte desconocimiento de la ley tanto por parte de los funcionarios públicos como de la ciudadanía, surge como la principal barrera establecida en el estudio. Errores como que un funcionario le pida al solicitante que transfiera la petición a otro departamento, cuando él es quien debe hacerlo; o el incumplimiento de los plazos de respuesta –los organismos tienen 20 días hábiles para hacerlo–, son un ejemplo de ello.
El análisis hecho por organizaciones civiles se enmarca dentro del programa “Promoción de actores ciudadanos como demandantes de Información Pública en Chile” y el objetivo de éste es que la ciudadanía se apropie del derecho de acceder a información pública y que los servicios públicos mejoren sus prácticas e internalicen sus obligaciones y los derechos de los ciudadanos.
La investigación cualitativa incluyó el análisis de 19 casos de solicitudes de información, además de los ya nombrados, a instituciones como el Ejército, la Comisión Nacional del Medio Ambiente (Conama), Ministerio de Educación, Ministerio de Justicia y Conicyt, entre otros.
La principal barrera establecida en el estudio es el fuerte desconocimiento de la ley tanto por parte de los funcionarios públicos como de la ciudadanía. De esta forma, errores como que un funcionario le pida al solicitante que transfiera la petición a otro departamento, cuando él es quien debe hacerlo; o el incumplimiento de los plazos de respuesta –los organismos tienen 20 días hábiles para hacerlo–, son un ejemplo de ello –en el último caso, el requirente tiene 15 días hábiles para presentar el caso frente al Consejo para la Transparencia.
Otro de los tipos de barreras más frecuentes para acceder a la información son las tecnológicas ya que sitios web de algunos organismos públicos presentan graves fallas en las plataformas virtuales que afectan tener acceso a los antecedentes requeridos.
Alguno de los problemas son los conocidos links “rotos”, contraseñas que nunca llegan al mail del requirente, petición de datos personales que no son obligatorios por ley, el no procesamiento de los datos ingresados por parte del sitio, entre otros.
En julio de 2010, Ciudad Viva realizó una solicitud vía web a la Municipalidad de Ñuñoa consultando sobre la cantidad de patentes de alcohol que fueron solicitadas durante los últimos 12 meses. El formulario debió ser enviado dos veces por problemas existentes en la plataforma de la página de la Municipalidad, pero la respuesta llegó el 25 de agosto –fuera del plazo establecido–, y con información que no correspondía a la petición.
Otra dificultad radica en las excepciones de la ley de transparencia y acceso a la información pública, que excusan a los organismos de entregar datos cuando afectan el debido cumplimiento de sus funciones. El estudio da cuenta que muchas instituciones abusan de estas excepciones, denegando información bajo argumentaciones y justificaciones débiles o inexistentes.
A la Corporación Participa se le hizo imposible acceder a los archivos sobre lo expuesto y discutido en la sesión del día 8 de septiembre del 2010, en la Comisión de Derechos Humanos, Nacionalidad y Ciudadanía de la Cámara de Diputados. Si bien esta es una información que debiese estar publicada en su sitio web, como parte de sus obligaciones de transparencia activa, lo cierto es que ésta no se encontraba disponible. Y ya que el Congreso no tiene obligaciones de responder a las solicitudes, no fue posible que la organización social reclamara los datos.
Dentro del estudio se muestran varios casos emblemático, siendo los más connotados los de Carabineros de Chile, el Ejército y la Secretaría General de la Presidencia (Segpres) que dan cuenta de la forma que tienen sus respectivas páginas web para colocar barreras en el acceso a la información.
En el caso de Carabineros, la organización pide a los ciudadanos requisitos fuera de la ley ya que en su sistema de gestión de solicitudes exige que el ciudadano indique si es persona natural, una institución u apoderado de un tercero. Los campos a completar dependerán de esta elección. Tras escoger el campo “institución”, el sistema exige completar nombre y domicilio (ambos requisitos legales), el número de RUT y el teléfono de la institución, datos del responsable de la solicitud (nombre completo, dos apellidos, y cargo que desempeña). Finalmente, el formulario requiere lo siguiente para ser enviado: “Declaro, que los datos entregados por mi persona en este formulario corresponden a la verdad”. La Ley de Acceso a Información Pública no exige completar ninguno de estos datos.
Esto significa que Carabineros incumple con la legislación vigente, inpidiendo a la vez ejercer el derecho a pedir información en las condiciones que indica la ley, ya que el formulario no se despacha electrónicamente si es que no se completan los campos obligatorios.
En tanto, según el estudio, el Ejército muestra comportamientos que van desde dificultar o negarse a recibir la solicitud, transgredir los conductos regulares que establece la normativa para comunicarse con los peticionarios, instar a los solicitantes y/o a terceros a comportarse de tal suerte que se negara la información e, incluso, hostigar virtualmente a los solicitantes (vía correos electrónicos reiterados y que exceden los procedimientos que deben cumplirse para dar respuesta a peticiones).
Un ejemplo de lo anterior es que una solicitante de información del Informe «fue recibida por una secretaria (en la Oficina de Transparencia e Información Pública del Ejército), la cual señaló que le entregara la solicitud a ella y que esperara por unos momentos mientras preguntaba si podía recibir la solicitud. (La solicitante) esperó un rato hasta que apareció un uniformado del Ejército, preguntándole quién era ella y por qué quería solicitar esa información; además, le preguntó si era abogada (…). El uniformado siguió insistiendo en conocer la identidad de la solicitante y de parte de quién venía».
En el mismo caso se describe que “con fecha 4 de octubre, un ex uniformado, que en su perfil (de Facebook) se define como experto en paracaídas y lucha libre, contacta al solicitante por Facebook con el objeto de hablar por una información que el solicitante pidió a la Oficina de Transparencia e Información del Ejército”.
Finalmente, en el caso de la Segpres existen excepciones al principio general de transparencia y el acceso a la información contempladas en la ley bajo argumentaciones/justificaciones débiles o inexistentes.
Por ejemplo, hay una denegación de información por causal que exime a organismo de generar información que no existe.
La Segpres deniega la información referida a la agenda de reuniones efectuadas entre un Ministro y parlamentarios de la República. El organismo reconoce que la autoridad (sostiene) innumerables reuniones con parlamentarios de distintos partidos políticos. Éstas responden (…) a una lógica dinámica y variable (…). No existe registro ni actas (…) por lo que tampoco hay constancia sobre las fechas y tiempos de duración
El informe completo estará disponible esta tarde en los siguientes sitios web: www.proacceso.cl, www.ciudadanointeligente.cl, www.participa.cl, www.probono.cl, www.ciudadviva.cl, www.comunicacionyletras.udp.cl/periodismo.