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El gobierno va al TC para impedir acceso universal al posnatal

La modificación al proyecto el pasado 19 de mayo fue celebrada por la Concertación como el principal triunfo para garantizar que el beneficio no discrimine por salario a las madres trabajadoras. Sin embargo, desde el Ejecutivo sostienen que el Congreso carece de atribuciones para generar cambios en esta materia, sobre todo si consideran un aumento del gasto fiscal.


La eliminación del tope remuneracional de 30 UF para que las mujeres trabajadoras accedan al posnatal de seis meses fue uno de los logros más celebrados por la Concertación hace dos semanas cuando el proyecto de ley respectivo pasó por el Senado.

Sin embargo, la advertencia que en la oportunidad hizo el oficialismo respecto a que dicha modificación podía ser impugnada ante el Tribunal Constitucional, considerando que el Parlamento no puede pasar por sobre el Ejecutivo elevando los costos asociados a cualquier proyecto, se hizo realidad este lunes con el anuncio del ministro de Hacienda, Felipe Larraín, de recurrir al organismo que preside Marcelo Venegas.

El secretario de Estado, acompañado de sus pares de la Segpres, Cristián Larroulet; de la Segegob, Ena von Baer, y del Sernam, Carolina Schmidt, recordó que «conforme al artículo 65 de la Constitución, es el jefe de Estado a quien corresponde la decisión de iniciativa legislativa en todas las materias que involucren financieramente al Estado. Entre otras, el precepto constitucional comprende las de aumentar los beneficios económicos de los trabajadores o alterar las bases que sirvan para determinarlos, incluyendo la potestad de establecer o modificar las normas sobre seguridad social o que incidan en ella».

Agregó que, por esta razón, «y buscando resguardar las instituciones que aseguran la responsabilidad fiscal, el Ejecutivo ha decidido presentar un requerimiento de inconstitucionalidad ante al Tribunal Constitucional.”

Felipe Larraín explicó que «el manejo exclusivo del gasto fiscal por el Poder Ejecutivo ha sido respetado en las últimas décadas por el Congreso como una norma constitucional y una institución fundamental de nuestro sistema de gobierno. Cualquier gasto o subsidio es una materia de iniciativa exclusiva Presidencial y, frente a ella, el Parlamento puede únicamente aceptarlo, disminuirlo o rechazarlo. No está entre sus atribuciones aumentar beneficios o gastos.”

Finalmente afirmó que «en los hechos, el Senado, al rechazar sólo el tope del beneficio, lo aumentó. Esta acción, según se ha señalado, está clara y expresamente prohibida al Congreso Nacional por la Constitución.”

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