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Senado aprueba ‘fin al lucro’ pero sin cárcel para sostenedores que hagan mal uso de recursos públicos En el segundo día de discusión sobre la Reforma Educacional

Senado aprueba ‘fin al lucro’ pero sin cárcel para sostenedores que hagan mal uso de recursos públicos

Con una amplia mayoría se aprobaron en la Cámara Alta dos puntos claves de la Reforma Educacional, por un lado el fin del lucro en los colegios que reciban financiamiento estatal y la sanción «civil y penal» para los sostenedores que hagan mal uso de los recursos públicos. Sanciones que no han quedado claras, pues más allá de una multa por el 50% del monto sustraído por el sostenedor, no establece una sanción penal explícita, razón por la que diversos senadores la han tildado de «blanda» o una «ley penal en blanco».


Durante la segunda jornada de discusión y votación de la Reforma Escolar que pretende poner fin al lucro, la selección y el copago, se avanzó en dos disposiciones fundamentales para el primer eslogan de esta reforma: el fin al lucro en los colegios que reciban subvención estatal y generar sanciones «civiles y penales» para los sostenedores que utilicen dichos recursos públicos con fines distintos al educacional.

Fin al lucro

El concepto generó una ardua polémica entre senadores de la Nueva Mayoría que abogaron por el fin del lucro y sus pares de la Alianza que aseveraron que “no hay relación entre lucro y calidad de educación”. Tras la votación, estos últimos hicieron reserva de constitucionalidad.

Se rechazó –con 14 votos a favor y 23 en contra– una indicación de los senadores Andrés Allamand, Juan Antonio Coloma, José García Ruminot, Víctor Pérez y Ena von Baer que buscaba reemplazar el concepto “sin fines de lucro” por el de la “calidad” en la educación.

A renglón seguido, se votó el artículo que consagra que la subvención que se recibe del Estado será “sin fines de lucro”, lo que se aprobó con 23 votos a favor y 14 en contra. La Alianza nuevamente hizo reserva de constitucionalidad en este punto.

Los senadores Ena von Baer, Juan Antonio Coloma, Andrés Allamand, Jacqueline van Rysselberghe y José García Ruminot insistieron en que esta iniciativa no apunta a mejorar la calidad de la educación y adicionalmente puede afectarla, porque se puede producir el cierre de colegios de calidad que actualmente atienden a familias vulnerables y de clase media. Agregaron que la iniciativa está mal enfocada y no sólo “sataniza” el lucro, sino que también establece cárcel, lo que a su juicio es una pésima señal.

Sanciones para los sostenedores que lucren

Por 23 votos a favor y 12 en contra se aprobó la disposición que sanciona el lucro con recursos públicos de la subvención y los aportes que reciban los sostenedores de establecimientos educacionales.

La norma establece que “el que, administrando a cualquier título los recursos públicos u otros que perciba el sostenedor en su calidad de tal, los sustraiga o destine a una finalidad diferente de los fines educativos señalados en el artículo 3°, estará obligado a reintegrarlos al establecimiento educacional, debidamente reajustados conforme a la variación expresada por el Índice de Precios al Consumidor (IPC) en el período comprendido entre el mes anterior a aquel en que se hizo la sustracción o desvío y el mes anterior en que se produjere la restitución”.

Puntualiza que “comprobada la infracción, ésta será sancionada por la Superintendencia de Educación, conforme a las normas del Título III de la ley N° 20.529, con una multa del 50% de la suma sustraída o desviada. Dichos montos en ningún caso podrán ser descontados ni pagados con cargo a cualquiera de los recursos públicos u otros que perciba el sostenedor en su calidad de tal”.

Agrega que “las infracciones cometidas en el uso de los recursos a que se refiere el inciso primero del presente artículo generarán, además, las responsabilidades civiles y penales que el ordenamiento jurídico dispone. En este caso, la Superintendencia o el Servicio de Impuestos Internos deberán denunciar al Ministerio Público los hechos de que tomen conocimiento para los fines correspondientes”.

La norma determina que «las infracciones cometidas en el uso de los recursos generarán, además, las responsabilidades civiles y penales que el ordenamiento jurídico dispone. En este caso, la Superintendencia o el Servicio de Impuestos Internos deberán denunciar al Ministerio Público los hechos de que tomen conocimiento para los fines correspondientes».

Asimismo, dispone que “los recursos de la subvención escolar y demás aportes que perciba el sostenedor en su calidad de tal podrán distribuirse entre los distintos establecimientos educacionales subvencionados de su dependencia, con el objeto de facilitar el funcionamiento en red de dichos establecimientos, sin perjuicio de lo dispuesto en leyes especiales”.

En cuanto a las reacciones, los senadores Hernán Larraín (UDI) y Andrés Allamand (RN) calificaron la iniciativa como una «ley penal en blanco», debido a que no es explícita a la hora de determinar las sanciones penales.

Lo anterior no se distancia mucho de la postura de senadores de la Nueva Mayoría, como Lagos Weber, que dijo a La Tercera que «aquí no hay ningún tipo penal nuevo (…). No me gustaba eso pero como había que llegar a un entendimiento, por eso lo acepté». Por su parte, el senador Alejandro Navarro (MAS) tildó de «demasiado blanda la iniciativa».

Otros puntos importantes que zanjados hoy, fueron la prohibición al arriendo del inmueble, la prohibición de que los colegios realicen procesos de selección y  que los padres no puedan entregar aportes voluntarios a los recintos educacionales de sus hijos para actividades que propenden a la calidad de la enseñanza, como son las acciones extracurriculares.

Uno de los cambios respecto a lo resuelto por las Comisiones Unidas de Hacienda y Educación, tiene que ver con la realización de entrevistas por parte de los colegios. Sobre esto, en la comisión se estableció que no habría entrevistas, salvo en los colegios particulares. El senador Antonio Horvath incluyó, además, la indicación 214, que permite las entrevistas siempre y cuando los padres la soliciten, indicación que fue aprobada.

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