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Bachelet versus Qué Pasa: una torpeza política Opinión

Bachelet versus Qué Pasa: una torpeza política

Mauricio Daza Carrasco
Por : Mauricio Daza Carrasco Abogado. Magíster en Derecho Penal y Procesal Penal.
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Resulta inaceptable que en una democracia en forma, la ley contemple la posibilidad de que el director de un medio sea condenado a una pena de cárcel por la publicación de los dichos de una persona determinada, sin que se persiga y menos se establezca la responsabilidad de quien las efectuó, como se pretende por la cuestionada querella. 


Un interesante debate se ha generado a partir de la querella criminal presentada por la Presidenta de la República en contra de la revista Qué Pasa, en la cual atribuye responsabilidad penal al director del medio y a un grupo de periodistas por la publicación de una transcripción de interceptaciones telefónicas efectuadas en el contexto del denominado Caso Caval a Juan Díaz, operador vinculado a negocios con la empresa de Natalia Compagnon. En ellas se daba cuenta de una conversación donde Díaz relataba que habría hablado con Compagnon, quien le habría señalado que la Presidenta Bachelet estaba involucrada en los hechos que se indagan en esa causa.

La referida querella criminal se interpone por el delito de injurias y para fundarla se invoca, entre otras normas, una disposición especial establecida en la ley de prensa, la cual prescribe que se considerará también autor del delito, tratándose de los medios de comunicación social, al director o a quien legalmente lo reemplace al efectuarse la publicación o difusión, salvo que se acredite que no hubo negligencia de su parte.

Más allá de que se pueda considerar como una versión inconsistente y poco creíble, no es controvertido que Juan Díaz efectivamente dijo lo que señala el medio, como tampoco lo es el que sus dichos constan en la carpeta investigativa del Caso Caval, siendo la publicación cuestionada una reproducción de las respectivas transcripciones.

Por otra parte, parece evidente que son de interés público los dichos de una persona que relata una conversación con la nuera de la Jefa de Estado donde involucra a esta última en hechos que se investigan en una causa criminal. Frente a este escenario, la decisión de la Presidenta de solicitar penas de cárcel para los periodistas involucrados y el director del medio, constituye un manifiesto atentado en contra de la libertad de expresión, en los términos establecidos por la Declaración Americana de Derechos Humanos.

Se ha sostenido, para justificar esta acción, que el medio habría informado los hechos de forma sesgada, con la finalidad expresa de dañar la honra de la Presidenta, centrando su publicación en aquella parte de los dichos de Díaz que la afectaban a ella, y eliminado de la publicación original la información que se relacionaba con dirigentes de oposición. Asimismo, se afirma que lo que se defendería con la referida acción criminal sería el “buen periodismo” y que la querella se entabló por Michelle Bachelet en su calidad de ciudadana y no como Presidenta de la República.

Lo primero que se debe precisar es que en un estado democrático de derecho no le corresponde a la autoridad que se ve afectada con una publicación el tutelar por la vía penal que el periodismo sea «bueno» o «serio», según su criterio o interés particular. Tampoco resulta viable el sostener seriamente la disociación entre la calidad de ciudadana y Jefa de Estado, para los efectos de blanquear el hecho de querellarse en contra de un medio de comunicación social, el que por lo demás esta informando acerca de materias de alto interés público que involucran precisamente a la Presidenta.

Por otro lado, los medios tienen derecho a seleccionar la información que publican según su línea editorial, la cual pueden fijar libremente. Si alguna autoridad la considera tendenciosa o abusiva, esa línea editorial puede ser criticada públicamente con el objetivo de que la comunidad decida acerca de la credibilidad de ese medio de comunicación, como parte del debate público propio de una democracia.

[cita tipo= «destaque»]Resulta inaceptable que en una democracia en forma, la ley contemple la posibilidad de que el director de un medio sea condenado a una pena de cárcel por la publicación de los dichos de una persona determinada, sin que se persiga y menos se establezca la responsabilidad de quien las efectuó, como se pretende por la cuestionada querella.[/cita]

Asimismo se debe considerar que los conflictos entre el derecho a la honra y la libertad de expresión deben ser resueltos a partir de ponderarlos en cada caso, en términos de resguardar en la mayor medida posible cada uno de ellos. De manera consistente se ha sostenido por nuestros tribunales que, en el caso de publicaciones relacionadas con autoridades, debe primar en mayor medida la libertad de expresión, al existir un interés público prevalente respecto al mayor escrutinio al cual deben estar sometidos por parte de la comunidad, considerando la naturaleza de la actividad que realizan.

Pero más allá de este criterio general, resulta inaceptable que en una democracia en forma, la ley contemple la posibilidad de que el director de un medio sea condenado a una pena de cárcel por la publicación de los dichos de una persona determinada, sin que se persiga y menos se establezca la responsabilidad de quien las efectuó, como se pretende por la cuestionada querella.

De hecho, la norma en la cual se funda la acción criminal entablada por la Mandataria ha sido formalmente impugnada ante el Sistema Interamericano de Derechos Humanos a partir de una denuncia contra el Estado de Chile que fue acogida a trámite y está sometida a un proceso que se encuentra en pleno desarrollo.

Lo anterior, fundado en que la reacción penal en contra de los periodistas y directores de los medios de comunicación no solo constituye una reacción desproporcionada, sino que además busca generar un efecto de inhibición respecto de su futura actuación en cuanto a la revelación de antecedentes sobre posibles actos ilícitos en que aparezca involucrada la autoridad pública.

Sin duda que en el ejercicio de la libertad de expresión y el derecho a informar se pueden cometer abusos, los que no deben quedar impunes, pero se trata de una responsabilidad que se debe hacer valer por vías diversas a la criminal, ya sea a través de acciones civiles o de carácter ético.

Por todo lo señalado, la referida querella criminal entablada por la Presidenta de la República no solo constituye una torpeza política contraproducente a sus intereses, sino que además produce una afectación indebida a la libertad de expresión y al derecho a la información, que constituyen pilares fundamentales de cualquier democracia verdadera.

  • El contenido vertido en esta columna de opinión es de exclusiva responsabilidad de su autor, y no refleja necesariamente la línea editorial ni postura de El Mostrador.
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