
Al igual que todos los involucrados en el caso Cascadas, Aldo Motta y Patricio Contesse Fica, recurrieron al Tribunal Constitucional para revertir las multas impuestas por la Superintendencia de Valores y Seguros (hoy CMF, Comisión para el Mercado Financiero) en 2014.
Y los requerimientos de inaplicabilidad presentados por los entonces gerentes generales de las Sociedades Cascada y Potasios, respectivamente, tuvieron éxito, tal como ocurrió en mayo pasado cuando el TC rebajó la multa aplicada contra el controlador Julio Ponce Lerou, la que pasó de 1,7 millones de UF (unos $46.000 millones) a 75.000 UF, es decir, poco más de $2.000 millones.
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Según consigna La Tercera, la instancia acogió el recorte de la sanción aplicada por el regulador a Motta por UF 600.000 (unos US$ 24,5 millones) y a Contesse Fica por UF 60.000 (US$2,4 millones).
Ahora, con los fallos del TC, las multas podrían reducirse cada una a un máximo de UF 15.000 (US$614.862). Lo anterior en caso de que sean ratificadas en los respectivos tribunales donde están siendo revisadas.
Cabe recordar que las multas fueron aplicadas luego de que la SVS estableciera la existencia de un esquema que habría sido ideado por el controlador Julio Ponce Lerou, con el apoyo de Motta y Contesse Fica.
El TC dice
De acuerdo al fallo del TC, en el caso de Aldo Motta, "la Superintendencia a través del Consejo de Defensa del Estado ha llegado a destacar, equivocadamente a nuestro entender, la opacidad en las reglas de determinación de sanciones como valores útiles para hacer frente a una aproximación racional, calculadora y oportunista de los regulados al momento de decidir si cometer o no una infracción”.
Mientras que sobre Contesse Fica “este Tribunal plantea que se incurre en un error al no tomar en consideración la contribución que otros tipos de sanciones o remedios legales disponibles para disuadir la comisión de conductas ilícitas, tales como las sanciones penales, sanciones individuales no pecuniarias (como la inhabilidad) e, indirectamente y de modo parcial, las acciones privadas de indemnización de perjuicios, las que por la vía de la obtención de compensación por las pérdidas sufridas (en transacciones bursátiles con características, muchas veces, de juegos de suma cero -lo que gana una parte lo pierde la otra en idéntico monto) favorecen la devolución de la ganancia obtenida ilícitamente (disgorgement)”.
Ambas causas fueron tratadas en forma dividida, analizándose por separado los casos de Motta y Contesse. En los dos casos, el tribunal falló por 6 votos favor y 3 en contra cada uno.
Celebran el fallo
El abogado Rodolfo Fuenzalida, representante de Motta, valoró el fallo del TC "por cuanto aplica el derecho y válida una de las tesis sostenidas por nuestra parte desde el inicio de este caso”.
A su juicio, la sentencia “se traduce en que el tribunal de primera instancia que conoce de nuestra reclamación no puede aplicar una norma específica que no establecía límite para la determinación de multas, lo cual era del todo contrario a la legalidad, racionalidad y justicia”.
Cabe recordar que, además, la defensa de Motta presentó ayer ante la Corte Suprema un recurso de nulidad por la sentencia impuesta por el Cuarto Tribunal de Juicio Oral de Santiago el pasado 13 de enero, en el marco del mismo caso.