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Colusión de los pollos: FNE acude a la Suprema para multiplicar las multas a cadenas de supermercados MERCADOS

Colusión de los pollos: FNE acude a la Suprema para multiplicar las multas a cadenas de supermercados

A través de un recurso de reclamación, la Fiscalía pretende aumentar las sanciones a 30.000 UTA (unos $17.407.080.000), para cada una de las cadenas. Antes, el TDLC había impuesto a Cencosud una multa de 5.766 UTA; a SMU, 3.438 UTA; y a Walmart 4.743 UTA.


La Fiscalía Nacional Económica (FNE) lanzó una arremetida para conseguir que se eleven las multas impuestas a las cadenas de supermercados Cencosud, SMU y Walmart por la colusión de los precios de venta de carne de pollo fresca.

La FNE presentó un recurso de reclamación ante el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia (TDLC), solicitando a la Corte Suprema que aumente las sanciones a 30.000 UTA para cada una de las cadenas. El monto equivale a $17.407.080.000.

En su sentencia del 28 de febrero pasado, el TDLC resolvió por unanimidad que las cadenas de supermercados sí incurrieron en la colusión imputada por la FNE e impuso a Cencosud una multa de 5.766 UTA, lo que equivale a unos 3.345 millones de pesos, mientras que SMU deberá pagar 3.438 UTA (1.994 millones de pesos) y Walmart 4.743 UTA (2.752 millones de pesos).

El caso seguirá, entonces, tramitándose en la Suprema, donde también recurrirán las cadenas de supermercados para apelar a la sentencia del TDLC, tal como anunciaron estas empresas una vez que fue conocida la resolución del tribunal.

Cálculo de la multa

En su presentación, la FNE cuestionó la decisión del TDLC en lo relativo a las multas impuestas a las cadenas, argumentando que “la base de cálculo de ventas afectadas por la conducta debería ser más amplia que aquella considerada por el H. Tribunal, pues no refleja el real efecto del cartel que el mismo H. Tribunal acreditó”.

Según la FNE, para fijar las multas, el Tribunal consideró que sólo se vieron afectadas por el acuerdo las ventas promocionales de carne de pollo fresca y no toda la categoría, como sostiene la Fiscalía.

De acuerdo a la Fiscalía, las cadenas, por intermedio de sus proveedores, acordaron un precio de venta para la carne de pollo fresca en los supermercados igual o superior a su precio de lista mayorista, entre al menos los años 2008 y 2011.

Caso Walmart

La FNE también cuestionó la rebaja de 15% aplicada por el TDLC en el monto de la multa de Walmart. A juicio de la Fiscalía, el tribunal debió haber analizado la “seriedad, credibilidad y eficacia del programa para determinar si procedía la reducción de la multa, pero en caso alguno como base de una exención de responsabilidad. De dicha forma, al haber arribado el H. TDLC a la conclusión de que las acciones de cumplimiento de Walmart no fueron serias, creíbles y eficaces, no debió haber concedido la referida reducción”, asegura la FNE.

La Fiscalía cita la sentencia del TDLC, que establece que “existen razones para estimar que, al menos a la época de los hechos, Walmart carecía de un programa de cumplimiento y ética completo que contara con las características de seriedad, efectividad y credibilidad indicadas previamente”.

Según la FNE, la rebaja de multa resulta improcedente, dado que la única causal de exención legal de responsabilidad infraccional en sede de libre competencia es la delación compensada, cuestión que no se ha configurado en este caso. Además, recuerda que la máxima consecuencia de un buen programa de cumplimiento para un requerido que ha incurrido en una infracción anticompetitiva es la reducción de la multa en un monto razonable.

Vale resaltar que las multas son en beneficio fiscal y no de los consumidores a los que pudiera haber afectado.

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