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Vientre de alquiler: debates éticos y legales Opinión

Vientre de alquiler: debates éticos y legales

Sonia Brito Rodríguez y Lorena Basualto Porra
Por : Sonia Brito Rodríguez y Lorena Basualto Porra Sonia Brito Rodríguez Departamento de Trabajo Social Universidad Alberto Hurtado Lorena Basualto Porra Universidad Católica Silva Henríquez
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Se ha vuelto a poner en el debate público en Chile el tema de vientre de alquiler o gestación subrogada. Esta ocurre cuando se encarga la gestación de un embrión en el útero de otra mujer, distinta a la que proporciona el óvulo o quiere ser madre, y se paga por ello. Se opta por este método por razones médicas, por imposibilidad de embarazo o por razones estéticas o sociales. 

De acuerdo con la Organización Mundial de la Salud (2016), la gestación subrogada ocurre cuando una mujer acepta con su consentimiento a que se transfiera un embrión engendrado para embarazarse, ya sea a través de una inseminación artificial homóloga o heteróloga para luego entregar al recién nacido a los padres. Es necesario mencionar que, en una encuesta realizada en Chile el año 2021, el 87% de los entrevistados estaba de acuerdo con esta técnica pese a que en nuestro país esta práctica no está permitida. De hecho, en 2010 se creó un proyecto de ley referido a sancionar la maternidad subrogada, y otro en 2017 para regularla. Aún no se legisla. 

Arrendar un vientre representa algunos problemas éticos y legales. Ético, porque se utiliza y mercantiliza el cuerpo de una mujer. Esto representa una violencia material y simbólica en la medida que quienes acceden a alquilar su cuerpo son mujeres, generalmente pobres o que están atravesando problemas económicos, hambruna, migración no regulada, entre otros motivos. La aceptación del trato puede estar mediada por situaciones extremas de necesidad, es decir, el dilema ético es el intercambio económico. Este aspecto atenta contra el principio de la justicia e igualdad, pues la madre portadora está en desventaja con los padres contratantes: ante las condiciones de vulneración de la primera, el principio de autonomía se vuelve un falso consentimiento. 

No se puede alquilar un vientre solamente, porque lo que ocurre efectivamente es que se arrienda a una mujer que se embaraza con todos los cambios hormonales, emocionales y corporales que esto implica, además de ser un estado que impacta en su relaciones familiares y sociales. Por lo tanto, las expresiones “vientre de alquiler”, “maternidad por sustitución” o “gestación subrogada” son eufemismos que se utilizan en el marco de una bioética neoliberal (García y Cayuela, 2020). 

Con respecto al marco normativo, en Chile es ilegal contratar un vientre de alquiler porque no se puede lucrar con la vida. Sin embargo, estos hechos ocurren de facto y no existe ninguna regulación al respecto. Por este motivo, el Estado debe ocuparse ya que esta situación puede constituirse en una explotación y mercantilización de los cuerpos que atenta contra la dignidad de las personas.

Algunos han planteado la posibilidad de legislar sobre una gestación subrogada altruista, que se constituiría preferentemente por familiares o personas cercanas a la pareja (o totalmente ajenas). En este caso no median los intercambios económicos, sin embargo, es fundamental legislar al respecto para que se esclarezcan los deberes y derechos de las mujeres como de las parejas que buscan ser padres o madres.

En Chile, según el MINSAL (2023), hay 250.000 parejas con problemas de fertilidad, lo que representa el 14% de parejas en edad reproductiva. A esto se suman los problemas de los sistemas públicos de salud que limitan el acceso a la reproducción asistida, ya sea por edad y cupos por año (alrededor de 300), lo que significa listas de espera y obliga a buscar otros medios más eficaces y rápidos. A esto hay que agregar a las parejas homosexuales que quisieran ser padres/madres y que pueden encontrar en esta gestación subrogada altruista una posibilidad.

Al respecto, una ley de este tipo debiese considerar diversas aristas. Una de ellas, y la más importante, refiere al consentimiento de la mujer y que se regule que verdaderamente no existe un beneficio económico. Deben regularse diversos derechos médicos referidos a controles, medicamentos y riesgos potenciales de un embarazo. Como la vida de la mujer se ve alterada en su cotidianidad laboral, debiese tener derecho al prenatal, pero se podría cuestionar un postnatal si ella no está amantando ni cuidando a su hijo. A eso habría que agregar que durante el período de embarazo la mujer debe tener una alimentación adecuada y contar con las posibilidades de realizar el descanso necesario. Además, queda abierto el tema de qué sucede si se pierde el embarazo, en cuanto a si se debe devolver el dinero de estos servicios. 

Otro tema son los deberes de la mujer gestante, por ejemplo, identificar el momento de la entrega del hijo al nacer. Podría ser de inmediato o después de amamantar por un tiempo. ¿Qué sucede si por algún mal cuidado de la mujer gestante -consumo de drogas o alcohol, por ejemplo- el niño nace con alguna secuela y luego los padres no se quieren hacer cargo? Lo mismo puede suceder con alguna infección, que no necesariamente es responsabilidad de la madre y que de igual forma puede afectar al bebé. También cabe preguntarse si el niño que nace tiene derecho a conocer a su madre gestante o la legislación lo privaría de cualquier vínculo.

Estas preguntas quedan abiertas. Por lo pronto, la gestación subrogada altruista podría ser una posibilidad para mujeres o parejas que desean tener un hijo/a y buscan alternativas. Sin embargo, es urgente legislar al respecto para ubicar los límites éticos y económicos, considerando que es un delito lucrar con el cuerpo y con las ilusiones de quienes desean convertirse en padres y madres.

 

  • El contenido vertido en esta columna de opinión es de exclusiva responsabilidad de su autor, y no refleja necesariamente la línea editorial ni postura de El Mostrador.
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