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CPLT plantea reparos al monitoreo de la movilidad vía celulares y el Gobierno insiste en que puede garantizar el anonimato PAÍS Crédito: Agencia UNO

CPLT plantea reparos al monitoreo de la movilidad vía celulares y el Gobierno insiste en que puede garantizar el anonimato

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El presidente del Consejo para la Transparencia explicó que la ubicación geográfica de las personas o geolocalización, es un dato personal sensible –forma parte de la vida privada- “y se encuentra bajo un régimen especial de protección, prohibiéndose su tratamiento excepto habilitación legal expresa que lo autorice”.


El Consejo para la Transparencia (CPLT) salió al paso de la implementación de monitoreo vía celular para dar seguimiento a la movilidad de las personas, una idea que baraja el Gobierno como herramienta para hacer cumplir las cuarentenas y contener la diseminación del Covid-19.

“Lo estamos estudiando, lo estamos evaluando, cuando lo tengamos definido lo vamos a informar y va a ser con pleno y total respeto al tratamiento de los datos e información sensible de las personas”, indicó ayer el ministro del Interior, Gonzalo Blumel, mientras su colega de Salud, Enrique Paris, confirmó que se solicitará apoyo a las compañías telefónicas, siempre resguardando la privacidad de las personas.

En tanto, la subsecretaria de Telecomunicaciones, Pamela Gidi, confirmó esta mañana que se trata de una medida que miramos hace bastante tiempo” y enfatizó -en entrevista con Radio Universo– que “las formas de garantizar el anonimato son muchas”.

“La data no se entrega con personas ni identificación alguna sino como data, como puntos de referencia. Distintos países ocuparon distintas metodologías: Algunas con identificación y otras sin identificación, otros como flujo de tráfico, como un GPS, puntos de movilidad, y que no identificaban en lo absoluto la persona ni el origen de esa movilidad”, añadió, respecto a experiencias como la desarrollada por Corea del Sur.

Falta de legislación

Sin embargo, el CPLT puso reparos a la medida, advirtiendo la falta de legislación y la necesidad de fijar reglas y fines claros.

En tal sentido, el abogado y presidente del Consejo para la Transparencia, Jorge Jaraquemada, advirtió que deben conocerse detalles de la medida, puesto que no existiría habilitación legal que autorice a ningún órgano a recopilar y tratar datos personales y sensibles –como la geolocalización- sin autorización expresa del titular.

“Es importante saber si la medida se limita al conocimiento de traslados masivos, sin identificar personas en específico, porque es algo muy distinto usar esta información para identificar y establecer movimientos específicos de determinados usuarios”, explicó el titular del CPLT.

Asimismo, el abogado apuntó a los fines que se buscan con la implementación de esta medida. “Tenemos que conocer claramente cuál es la finalidad del uso de los datos. Es decir, si será posible o no identificar o hacer identificable a personas determinadas, porque los datos asociados al proceso de telecomunicación están regulados por la Ley General de Telecomunicaciones, que establece como obligación a las empresas prestadoras preservar la privacidad de los usuarios”, apuntó.

Asimismo, Jaraquemada detalló que la información que forma parte de actos comunicativos privados, como es el caso de los datos de telecomunicaciones -incluyendo aquellos que permitan la ubicación en tiempo real de una persona determinada o determinable- “se encuentra protegida por la garantía constitucional”.

El presidente del CPLT explicó que la ubicación geográfica de las personas o geolocalización, es un dato personal sensible –forma parte de la vida privada- “y se encuentra bajo un régimen especial de protección, prohibiéndose su tratamiento excepto habilitación legal expresa que lo autorice”.

Jaraquemada especificó que actualmente no habría una autorización legal o base de licitud que permitiera a la autoridad recoger y tratar este tipo de información sin autorización expresa del titular de los datos. “En el derecho público chileno no hay, salvo en las hipótesis de tratamientos de datos de salud, autorización a ningún órgano para tratar este tipo de datos sin autorización de su titular”. “Se requeriría en consecuencia de una reforma legal para poder hacerlo”, subrayó el abogado.

Ante esta situación, el presidente del CPLT insistió en la propuesta que el Consejo hiciera en abril pasado al entonces ministro de la Secretaría General de la Presidencia, Felipe Ward, para tramitar una ley corta en materia de protección de datos personales. A juicio de la entidad, esto permitiría hacerse cargo de una serie de vacíos normativos que se han evidenciado de forma patente en el contexto de la crisis por Covid-19.

“Reiteramos el llamado que ya hicimos al Ejecutivo a legislar en esta materia en el contexto de la emergencia sanitaria e impulsar una ley corta que nos permita enfrentar este tipo de situaciones mientras se tramita el proyecto que perfecciona la normativa que data de 1999”, indicó.

Jaraquemada explicó que “la pandemia ha evidenciado muchos vacíos de una ley de protección de datos personales que está obsoleta y que no cuenta con las herramientas para asegurar que esta clase de medidas que implican la recopilación intensiva de datos y su procesamiento se sujete a las disposiciones establecidas en materia de licitud o proporcionalidad, por ejemplo, dejando más expuestos a abusos a los usuarios”.

Por ello, a juicio del presidente del CPLT se requiere entregar certezas a los titulares de los datos y a quienes van a ejercer el tratamiento de estos. “Sin un régimen de sanciones que inhiba el abuso o una autoridad de control en la materia es difícil evitar malos usos o exponer a vulneraciones la información personal de los ciudadanos”, indicó.

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