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Abogado de Fuente-Alba ahora se lanza contra la justicia militar: “Es enteramente inconstitucional”

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Pese a que fue absuelto el general en retiro por la justicia civil, mantiene tres procesos vigentes en la justicia militar, dos por malversación de más de $2.500 millones. “No debiera existir esa justicia”, porque se trata de ” tribunales que no tienen nada que ver con el sistema de garantías”.


Una vez que la Cuarto Tribunal Oral en lo Penal de Santiago  resolviera absolver del delito de lavado de dinero al excomandante en jefe del Ejército, general (R) Juan Miguel Fuente-Alba, su abogado defensor, Miguel Chaves se fue con todo contra la justicia militar, que mantiene en su contra tres autos de procesamientos vigentes, dos de ellos por malversación de caudales públicos, por más de $2.500 millones.

“Yo tengo un cuestionamiento de fondo que lo hemos visto a propósito del caso de Putre hoy día y tiene que ver con que la justicia militar,  es enteramente inconstitucional. No debiera existir conforme a la constitución política del Estado, no debiera existir conforme a los fallos adversos que ha recibido el estado de Chile por ese código de justicia militar y no debiera existir porque es un tribunal que no tiene nada que ver con el sistema de garantías que propugna desde las Naciones Unidas hacia abajo”, sostuvo de forma vehemente Chaves.

Para el abogado, lo mas grave que hay dos justicias investigando unos mismos hechos. “Hay un pronunciamiento, en el veredicto (de la justicia civil) en donde dice se se podría haber cometido el delito de malversación pero ese tribunal es incompetente para pronunciarse sobre el fondo de ese delito y ese mismo delito está entregado al conocimiento y fallo de otro tribunal, el tribunal militar. Eso es una anomalía, eso es algo que yo nunca lo había visto que había ocurrido en la historia procesal de Chile”, criticó en conversación con Al Pan Pan con Mirna Schindler.

“Dos procedimientos para pronunciarse sobre lo mismo. Sobre eso nosotros nos tendremos que defender en la sede de justicia militar. Creo que hay bastantes antecedentes como para demostrar también la inocencia en ese caso solo y exclusivamente de Juan Miguel Fuente-Alba. Se advertían que habían dos procesos paralelos para conocer lo mismo. O sea, más violación a a las garantías fundamentales de cualquier ciudadano que ser perseguido en dos sedes diferentes por lo mismo. Yo no he visto en mi vida profesional”, agregó.

Recordemos que el futuro de Fuente-Alba en la justicia militar está en manos de la jueza Ana María Osorio, con 27 años años en el Poder Judicial y quien reemplazó a la exministra en visita del caso y miembro de la Corte Marcial, Romy Rutherford, quien mantuvo en prisión preventiva a Fuente-Alba durante seis meses.

En su período, Rutherford dictó contra Fuente-Alba tres autos de procesamiento contra Fuente-Alba: el primero por lo delitos de malversación de caudales públicos provenientes de gastos reservados, por cerca de $2.500 millones; el segundo, por otro delito de la misma naturaleza, pero vinculado al uso de un avión militar para fines personales; y tercero, otro procesamiento como autor del delito reiterado de falsedad de documento público, relacionado con las rendiciones de cuentas, declaraciones juradas y sus anexos, respecto de los gastos reservados.

Chaves agregó, en ese sentido, que el “código de justicia militar no dice que todos los actos que cometan los militares en ejercicio de sus funciones o los uniformado en general es aplicable para Carabineros, Fuerza aérea y Ejército y la Marina. No dice que deba ser conocido siempre por la corte o los juzgados militares o los juzgados o los tribunales navales. Dice que cuando ello se refiere a una función estrictamente funcionaria, se refiere a un hecho que guarda relación con la función estrictamente funcionaria. Los competentes son los tribunales civiles. Si tú me preguntas mi opinión, este juicio de la justicia militar jamás debió ser conocido por esa norma por esa regla que está en el código justicia militar”.

“Además yo tengo un cuestionamiento de fondo que lo hemos visto a propósito del caso de Putre hoy día y tiene que ver con que la justicia militar es enteramente inconstitucional. No debiera existir conforme a la constitución política del Estado, no debiera existir conforme a los fallos adversos que ha recibido el estado de Chile por ese código de justicia militar y no debiera existir porque es un tribunal que no tiene nada que ver con el sistema de garantías que propugna desde las Naciones Unidas hacia abajo”, cerró.

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