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Del papel a la práctica: a dos años de la implementación de la Ley de Humedales Urbanos PAÍS

Del papel a la práctica: a dos años de la implementación de la Ley de Humedales Urbanos

La promulgación de la Ley de Humedales Urbanos en 2020 marcó un hito en el reconocimiento de la importancia de estos ecosistemas, incluyendo participación ciudadana en la elaboración de su reglamento, un año después. Sin embargo, uno de los principales desafíos en su implementación radica en la falta de recursos, y la alta capacidad y especialidad técnica que se requiere para la elaboración de las fichas técnicas por parte de municipios, sumado esto a la alta demanda profesional que significa para el Ministerio del Medio Ambiente.


La problemática sobre los humedales se ha evidenciado en numerosas sentencias judiciales de Tribunales Ambientales que solicitan la revisión o derechamente anulan los procesos de declaración de humedales, lo cual limita el espíritu inicial de la ley, que era proteger estos ecosistemas, evitando la ocurrencia de actividades que los dañan, como drenajes y rellenos con el fin de construir sobre ellos. Es necesario analizar los obstáculos o limitaciones para finalmente identificar cómo mejorar la implementación de la ley y así garantizar una protección efectiva.

Según una reciente publicación de la Red Plurinacional de Humedales, el 7,3% del territorio nacional está cubierto por este tipo de ecosistemas, que equivale a 5,6 millones de hectáreas. De estas, aproximadamente 800 mil están en zonas urbanas y periurbanas, según el último inventario nacional. Estos vitales ecosistemas acuático-terrestres cumplen un papel fundamental en la conservación de la biodiversidad y el suministro de agua potable, y otros servicios ecosistémicos.

En junio del año 2021, el Ministerio del Medio Ambiente declaraba de oficio el primer humedal urbano en Chile. A poco más de dos años de ese histórico momento, se han declarado 102 humedales urbanos, lo cual corresponde a una superficie de 11.400 ha a lo largo de todo el país. Sin embargo, más de un tercio de dichas declaratorias han sido reclamadas en Tribunales Ambientales por particulares, inmobiliarias o por municipios, solicitando la nulidad o la revisión de dicho proceso. 

Por otro lado, el 65% de las declaratorias no han sido reclamadas, y si consideramos aquellas declaratorias reclamadas que han sido desestimadas por dichos tribunales, las declaratorias actualmente vigentes concentran casi el 80% del total, lo que es una muy buena noticia para la protección de estos ecosistemas.

Sin embargo, a la fecha hay 9 humedales urbanos que están esperando una sentencia en Tribunales Ambientales, 8 que han sido anuladas, y en 5 casos los límites deben ser redefinidos parcialmente por parte del Ministerio del Medio Ambiente.

En una reciente entrevista del Diario Financiero a la ministra del Medio Ambiente, Maisa Rojas, se demuestra que además de los procesos de humedales urbanos ya declarados a septiembre de 2023 (hayan sido o no reclamados), hay otras 103 solicitudes adicionales que están en procesos o evaluación o en curso por parte del ministerio, casi todos excedidos en su plazo de trámite. La secretaria de Estado reconoce también que “sin personal, sin viáticos y sin insumos necesarios, es difícil avizorar una realidad diferente”.

Como vemos, parte de la protección legal de estos ecosistemas se ha trasladado a los Tribunales Ambientales, donde los conflictos se suscitan principalmente entre el Estado y privados. Esto es debido a diversas reclamaciones presentadas por inmobiliarias y particulares, alegando que dentro de sus predios no se encontrarían dichos ecosistemas o que fue erróneamente delimitado, indicando, en este sentido, que la declaración de humedal urbano en cuestión es de una menor superficie que la presentada por el Ministerio del Medio Ambiente (por ejemplo, Humedal Las Quemas, comuna de Osorno).  

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Figura 1. Estado de reclamación judicial en 102 declaratorias de humedales urbanos, según el Ministerio del Medio Ambiente y los Tribunales Ambientales (Elaboración propia: Fundación Plantae, agosto, 2023).

En menor medida y con una motivación diferente, se ha dado el caso de municipios, e incluso la ciudadanía, que han solicitado revisar los procesos de declaratoria de humedales urbanos, luego de que el ministerio haya declarado una superficie menor a la que se solicitó por parte de ellos inicialmente (p. ej., Estero Pangue, Comuna de Curacaví).

Según datos del Tribunal Ambiental de Valdivia, las causas judiciales con origen en reclamaciones de humedales urbanos concentran casi el 40% de lo que actualmente se tramita en dicho tribunal. Lo anterior, ha llevado a los Tribunales Ambientales a concentrar gran parte de su capacidad técnica y profesional en procesar y revisar dichas reclamaciones, donde muchas veces para un mismo humedal hay múltiples reclamantes.

Al revisar el detalle de aquellos fallos de los Tribunales, donde se acogen las reclamaciones en contra de algunas de las declaratorias de humedales urbanos, podemos encontrar los siguientes motivos:

  1. No hay respaldo instrumental ni metodológico que sustente de manera objetiva la determinación del límite físico del humedal urbano, respecto a los predios en propiedad de los reclamantes (Causa R-31-2022, “Humedal Urbano Las Quemas”, comuna de Osorno, del Tercer Tribunal Ambiental).
  2. Falta de fundamentación en la definición del límite del humedal urbano respecto al criterio de presencia y abundancia de vegetación hidrófita, careciendo, por ejemplo, de la identificación de la especie presente en dicho ecosistema, y en el porcentaje de dominancia de dicha especie respecto a su comunidad (Causa R-339-2022, “Humedal Urbano Los Juanes”, comuna de Quintero, del Segundo Tribunal Ambiental; Causa R-352-2022, “Humedal Urbano Estero el Pangue”, comuna de Curacaví, del Segundo Tribunal Ambiental).
  3. No considerar adecuadamente los antecedentes presentados por terceros durante el proceso de consulta pública (Causa R-317-2021, “Humedal Urbano Los Molles”, comuna de La Ligua, del Segundo Tribunal Ambiental; Causa R-15-2022, “Humedal Urbano Mallinko Abtao Lawal”, y Causa R-12-2022 “Humedal Urbano Antiñir”, ambos de la comuna de Puerto Montt, del Tercer Tribunal Ambiental), sean estos los solicitantes (municipios), ciudadanía o propietarios de predios involucrados.

En los casos en que los Tribunales Ambientales han determinado que es necesario reiniciar el procedimiento de declaratoria de humedales urbanos, esto dilata los procesos de protección y desgasta a los equipos técnicos tanto de municipios como del ministerio y sus oficinas regionales. Además, puede dejar vulnerables a estos ecosistemas frente a actividades destructivas como rellenos o construcciones irregulares, alterando irreversiblemente su integridad.

Zoom a la Región de Los Ríos

Durante 2021, se declararon 6 humedales urbanos en la Región de Los Ríos: 1 en Los Lagos y 5 en Valdivia. De estos, 4 han sido objeto de reclamaciones ante el Tribunal Ambiental de Valdivia. En el caso del humedal de Collilelfu-Equil (5 ha) en la comuna de Los Lagos, la Empresa de Ferrocarriles del Estado (EFE) impugnó la resolución que declaraba el humedal urbano, argumentando que afectaba su derecho de propiedad sobre la vía férrea que abarca parte del humedal.

Sin embargo, el Tribunal Ambiental rechazó el reclamo, sosteniendo que la declaración del humedal se ajusta al derecho vigente y que la ley permite limitaciones al derecho de propiedad para conservar el patrimonio ambiental. Esto no significa que EFE deje de cumplir su finalidad u objeto social, ni que se encuentre imposibilitado para realizar su actividad económica, sino que esta actividad puede seguir realizándose, pero ajustándose a nuevas exigencias ambientales, como someterse al proceso de evaluación ambiental.

En Valdivia, las sentencias del Tribunal Ambiental no fueron del todo favorables. A principios de 2023, el tribunal acogió parcialmente reclamaciones presentadas por privados respecto a tres humedales urbanos: la Inmobiliaria Teja Sur Limitada contra la declaratoria del humedal “Sistema de Humedales Urbanos Sector Isla Teja”, y Silvia Haverbeck Mohr contra la declaratoria del humedal urbano “El Bosque-Miraflores-Las Mulatas-Guacamayo”; y también, contra la declaratoria del humedal urbano “Angachilla, estero Catrico”.

En todos estos casos, el tribunal consideró que el Ministerio del Medio Ambiente habría emitido una declaración parcialmente basada en afirmaciones no probadas y sin la certeza científica necesaria para respaldar la delimitación geográfica de los humedales. Se ordenó a dicha cartera emitir nuevos pronunciamientos de delimitación, conforme a los criterios oficiales establecidos en el Reglamento de la Ley de Protección de Humedales.

Frente a las respuestas judiciales y la jurisprudencia en evolución, resulta imprescindible revisar el proceso de declaratoria y delimitación de humedales urbanos, así como mejorar la aplicación de criterios por parte de los equipos científicos y técnicos municipales. Asimismo, es crucial fortalecer la capacidad de verificación del Ministerio del Medio Ambiente para asegurar una certeza jurídica más sólida cuando las declaratorias sean objeto de reclamos por parte de terceros.

A pesar de los avances notorios y la implementación exitosa de la Ley de Humedales Urbanos, es imperativo profundizar dicha revisión y asignar mayores recursos financieros y capacidades técnicas tanto a nivel municipal como ministerial. Una adecuada demarcación y caracterización de estos entornos es además fundamental para identificar y evaluar los riesgos y amenazas que enfrentan, posibilitando la implementación de medidas adecuadas de protección y conservación, muchas veces de la mano de las organizaciones vecinas a estos cuerpos de agua.

Esto permitirá respaldar con argumentos y datos confiables esta figura de protección, evitando su vulnerabilidad ante intereses y cuestionamientos individuales. Llamamos a establecer nuevas políticas y medidas concretas que salvaguarden tanto los humedales urbanos como los rurales, por ejemplo, mediante la regulación del uso del suelo en la planificación territorial, a través de planes reguladores, planes regionales de ordenamiento territorial y ordenanzas municipales. 

Lo anterior se hace más urgente bajo el actual contexto de reforzamiento del fenómeno de El Niño y fuertes lluvias en la zona central, haciendo imprescindible integrar los humedales urbanos como parte de la planificación territorial de las ciudades, y bordes fluviales en general, conciliando el crecimiento urbano con la conservación del régimen hidrológico y la preservación de los límites de los humedales y cauces de los ríos. Los instrumentos de planificación territorial mencionados pueden y deben ser coherentes con la planificación urbana sostenible, facilitando el desarrollo de ciudades y paisajes más resilientes.

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