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El gobierno les miente a los niños

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Pablo Urquízar
Por : Pablo Urquízar Abogado, Jefe de Gabinete Ministerio de Defensa Nacional
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Pero, además, jurídicamente si no se es padre por naturaleza, la ley sólo confiere la posibilidad de serlo a través de métodos específicos como, por ejemplo, la adopción, pero en ningún caso se representa la posibilidad de que natural o jurídicamente existan dos padres del mismo sexo. Así entonces ni natural y ni jurídicamente en nuestro país se puede promover como verdadero algo que no es posible que ocurra; entonces, el Gobierno les está mintiendo a los niños.


Hace un par de días, se lanzó el cuento infantil Nicolás tiene dos papás. Según los autores del mismo, estos se distribuirán en los jardines infantiles de la Junji, además de las residencias del Sename, siendo parte de la formación de nuestros niños. Es importante dejar en claro que si este “cuento” no fuese patrocinado por el Estado de Chile a través de sus servicios dependientes, no tendría ningún inconveniente por formar parte de la libertad de expresión expresamente protegida por la Constitución de la República y los Tratados Internacionales suscritos y ratificados por Chile.

Sin embargo, al incorporarlo el Estado a sus servicios de formación de niños en edad temprana, como es la Junji, vulnera una serie de Derechos Humanos respecto del niño, de los padres y de la sociedad toda.

Con respecto al niño, el gobierno a través de este folleto les miente a los niños. En efecto, les da a entender como verdadera una situación que es totalmente falsa, la cual es que un niño pueda tener dos papás. En este caso, Nicolás. Es falso, por cuanto la forma en virtud de la cual una persona es padre sólo puede provenir ya sea de un hecho natural o de un hecho jurídico propiamente tal. Así, es imposible que naturalmente dos hombres puedan concebir a un niño, lo cual está reservado por naturaleza y biológicamente sólo a un hombre y una mujer. Pero, además, jurídicamente si no se es padre por naturaleza, la ley sólo confiere la posibilidad de serlo a través de métodos específicos como, por ejemplo, la adopción, pero en ningún caso se representa la posibilidad de que natural o jurídicamente existan dos padres del mismo sexo. Así entonces ni natural ni jurídicamente en nuestro país se puede promover como verdadero algo que no es posible que ocurra; entonces, el Gobierno les está mintiendo a los niños.

[cita]Pero, además, jurídicamente si no se es padre por naturaleza, la ley sólo confiere la posibilidad de serlo a través de métodos específicos como, por ejemplo, la adopción, pero en ningún caso se representa la posibilidad de que natural o jurídicamente existan dos padres del mismo sexo. Así entonces ni natural y ni jurídicamente en nuestro país se puede promover como verdadero algo que no es posible que ocurra; entonces, el Gobierno les está mintiendo a los niños.[/cita]

Se infringe también el artículo 17 de la Convención sobre los Derechos del Niño, el cual establece la obligación de que el niño pueda tener acceso a información y material cuya finalidad sea “promover su bienestar social, espiritual y moral y su salud física y mental (…) alentando la producción y difusión de libros para niños (…) y promoviendo la elaboración de directrices apropiadas para proteger al niño contra toda información y material perjudicial para su bienestar (…)”. Sin lugar a dudas, la promoción, a través de la red pública de jardines infantiles que regula la Junji, del referido “cuento”, no corresponde, porque enseñar como verdaderas cosas falsas atenta contra el bienestar del niño.

Además, esto podría afectar la integridad psíquica de los menores, al mostrarles una confusión de roles paterno y materno (dos papás y una mamá) como reales, siendo absolutamente errados, como ya se indicó, infringiendo el artículo 19 n.° 1 de nuestra Constitución.

Por su parte, los padres también ven afectados sus derechos, ya que el artículo 19 n.° 10 de la Carta Fundamental explícitamente señala que “los padres tienen el derecho preferente y el deber de educar a sus hijos. Corresponderá al Estado otorgar especial protección al ejercicio de este derecho”. Como el objeto de la educación es el pleno desarrollo espiritual, moral y físico, tanto personal como social de la persona en las distintas etapas de su vida, incluida la infancia, conforme al inciso primero de la Carta Fundamental y al artículo 13 del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, el Estado tiene un rol de colaborador respecto de los primeros responsables de educar, que son los padres. Así, entonces, un Estado que promueve la enseñanza de cuestiones absolutamente erradas, o al menos discutibles, requiere previamente al menos una consulta a los primeros educadores. De lo contrario, está imponiendo una visión ideológica de la realidad, sin siquiera tener en consideración la opinión de los padres, pasándolos a llevar en sus derechos fundamentales.

Finalmente, el Estado atenta contra el artículo 1 de nuestra Constitución, que lo obliga a estar al servicio de la persona humana, en especial de los niños, promoviendo su bien común. Claramente cuando el Estado fomenta en la educación de un niño una realidad distorsionada para favorecer objetivos ideológicos de minorías, contradice su finalidad, afectando no sólo a estos sino que a la sociedad toda.

Así, entonces, esperamos que el gobierno recapacite en la medida y se preocupe verdaderamente de la educación y el bienestar de los niños, colaborando con los padres en su rol de formación, especialmente de los más pequeños.

  • El contenido vertido en esta columna de opinión es de exclusiva responsabilidad de su autor, y no refleja necesariamente la línea editorial ni postura de El Mostrador.
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