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Criminalización de la migración

Delfina Lawson y Francisca Vargas
Por : Delfina Lawson y Francisca Vargas Clínica Jurídica de Migrantes y Refugiados UDP
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Hace días que venimos escuchando y leyendo declaraciones que asocian la migración con la delincuencia y que alientan la proliferación de un discurso xenofóbico y racista.

Hay información estadística de sobra que da cuenta de que el porcentaje de las personas extranjeras que cometen delitos es inferior al porcentaje de nacionales. Esto es lógico, quien deja todo atrás en su país de origen para empezar de nuevo en otro, no busca entrar en conflicto con la ley. Sin embargo, quien comete un delito en el país y es condenado por ello, puede ser expulsado por un juez en lo penal: la ley de penas sustitutivas contempla la expulsión como una alternativa para el cumplimiento de condena en determinados casos.

En relación con las expulsiones administrativas, la Corte Suprema ha señalado en diversos fallos, que antes de dictar una orden de expulsión debe existir por parte de las autoridades un ejericicio de ponderación en donde se analicen las situaciones personales de las persona afectada por la sanción, incluyendo sus vínculos familiares en el país, sus años de residencia y su situación laboral. Lo mismo señaló el Presidente de la Corte Suprema recientemente, dejando claro, que en todos los casos antes de ejecutarse una expulsión debe existir un juicio justo y deben respetarse todas las garantías del debido proceso. Por lo tanto, declaraciones como “Migrante que delinque, migrante que es expulsado”, son ilegales, populistas e irrealizables.

[cita tipo= «destaque»]Criminalizar a las personas que cruzan o intentan cruzar las fronteras no es la forma adecuada para enfrentar la migración irregular. Hay ejemplos en todo el mundo, incluyendo Chile, que demuestran que ello solamente alienta la proliferación de las redes de tráfico de personas, exponiendo a los migrantes a situaciones de extrema vulnerabilidad.[/cita]

Por último, criminalizar a las personas que cruzan o intentan cruzar las fronteras no es la forma adecuada para enfrentar la migración irregular. Hay ejemplos en todo el mundo, incluyendo Chile, que demuestran que ello solamente alienta la proliferación de las redes de tráfico de personas, exponiendo a los migrantes a situaciones de extrema vulnerabilidad y exclusión. Sin desconocer la facultad del Estado de regular el ingreso y egreso al territorio nacional, es necesario destacar que dichas facultades se encuentran limitadas por las obligaciones de respetar, proteger y garantizar los derechos humanos de todas las personas, con independencia de su nacionalidad.

Antes de seguir interviniendo en debates sin sustento es necesario que entendamos que hay avances logrados y que se encuentran cristalizados en la legislación nacional y en estándares internacionales que no pueden ser desconocidos.

  • El contenido vertido en esta columna de opinión es de exclusiva responsabilidad de su autor, y no refleja necesariamente la línea editorial ni postura de El Mostrador.
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