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El nuevo servicio de (des)protección especializada de niños vulnerados

Pablo Urquízar
Por : Pablo Urquízar Abogado, Jefe de Gabinete Ministerio de Defensa Nacional
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Es un hecho público y notorio que la actual institucionalidad del Sename se encuentra en una profunda crisis estructural, orgánica y funcional, insostenible en el tiempo. Ya los años 2002, 2007 y 2015, el Comité de Derechos del Niño de Naciones Unidas, le ha recomendado insistentemente a nuestro país la reformulación completa del referido servicio. Pero no sólo organismos internacionales han evidenciado su completo deterioro y fracaso en la implementación de políticas públicas de protección de derechos, sino también, las distintas instancias técnicas y políticas vinculadas a la niñez en Chile como UNICEF, las Comisiones Investigadoras del Sename I y II, además de la sociedad civil.

El año 2012 el expresidente Piñera presentó un proyecto de ley que suprimía el Sename y creaba una nueva institucionalidad, implementada a través de dos servicios especializados para la infancia: uno de protección de derechos y otro de reinserción social para adolescentes infractores de ley penal. Perfectible como cualquier iniciativa legal, durante el proceso de discusión legislativa, lamentablemente, su tramitación no continuó llegado marzo del 2014, quedando en el baúl de los recuerdos.

Recién tres años después, la Presidenta Bachelet ingresó dos nuevos proyectos de ley: el servicio nacional de reinserción juvenil y el servicio nacional de protección especializada de niños. El primero, hay que reconocerlo: evidencia trabajo, reflexión y profesionalismo en su elaboración.

[cita tipo=»destaque»]Lamentablemente, el nuevo servicio de protección especializada no está a la altura de la protección que merecen los niños vulnerados de Chile.[/cita]

Respecto del segundo, faltaría a la verdad si dijera lo mismo.

Y es que el nuevo servicio de protección especializada, más que una nueva estructura que le de dinamismo, eficiencia y resguardo a los niños vulnerados, nos presenta un escenario peor que la actual institucionalidad.

En primer lugar, el servicio no considera a la familia como el núcleo fundamental y espacio natural de desarrollo, seguridad y protección de los niños, sino que limita la presencia familiar en el proceso de restitución de derechos, sólo a aquellos casos en que sea estrictamente necesaria. Grave error cometeríamos como país si comenzamos a considerar a la familia como prescindible.

En segundo lugar, la prevención y promoción de derechos es suprimida por el proyecto, pretendiendo fragmentar la intervención necesaria para una efectiva protección y garantía, lo que por cierto da cuenta que de la experiencia del Sename, poco se ha aprendido.

En tercer lugar, sigue en deuda el ingreso del anunciado proyecto de ley que crea el despliegue territorial, es decir, ni más ni menos que la materialización en lo local de la protección.

En cuarto lugar, ser la autoridad rectora en materia de adopción nacional e internacional ni siquiera aparece dentro de las funciones del nuevo servicio, como si la restitución del derecho de los niños a vivir en familia, no fuera relevante.

En quinto lugar, no queda claro qué sucede con los niños infractores de ley que son inimputables, ya que no entran dentro del objeto de protección del servicio, al restringirse completamente éste. Lo más complejo, es que tampoco son sujetos de intervención por parte del servicio de reinserción social juvenil, que sólo opera cumplido los 14 años del niño.

En sexto lugar, hay una compleja discriminación hacia los Organismos Colaboradores Privados: se establecen estándares de acreditación, fuertes sanciones y la figura del “administrador provisional” para éstos, sin embargo, nada de ello ocurre para los Centros Residenciales del Estado. No podemos olvidar que Lissette Villa murió bajo el cuidado del Estado en un Centro de Administración Directa. Aquí la exigencia debe ser por igual, lo relevante es el interés superior de los niños.

En séptimo lugar, se cambia radicalmente el sistema de medidas de protección, pasando de los Tribunales de Familia a la Administración, nuevamente, sin tener claro los alcances ni las consecuencias de una modificación así.

Por último, el nuevo servicio es juez y parte, toda vez que se supervisa a sí mismo en los Centros Estatales: ¿qué posibilidad hay de encontrarse algo malo?

Así las cosas, lamentablemente, el nuevo servicio de protección especializada, no está a la altura de la protección que merecen los niños vulnerados de Chile.

  • El contenido vertido en esta columna de opinión es de exclusiva responsabilidad de su autor, y no refleja necesariamente la línea editorial ni postura de El Mostrador.
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