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Protección a los más vulnerables

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Por: Francisco Javier Bedecarratz


Señor director:

La Comisión de Constitución aprobó en general el Proyecto de Ley que modifica el Código Penal para reforzar la protección a la infancia, adultos mayores y personas con discapacidad. Estos cambios continúan con la política criminal actual, tendente a sancionar más estrictamente los delitos cometidos contra personas en situación de vulnerabilidad.

El Proyecto está en armonía con el Código Penal, ya que la modificación recae en delitos con las más altas penalidades que contempla nuestro ordenamiento jurídico. Además, cumple razonablemente con asignar un mayor reproche a conductas especialmente desvaloradas y comunicar, de este modo, el rechazo de la sociedad frente a tales delitos. Pero es necesario recordar que la mejora en la prevención de delitos no pasa por un aumento de las penas, sino por incrementar las posibilidades de esclarecimiento. Luego, la justificación no puede ser desincentivar la comisión de delitos contra personas vulnerables.

Los cambios propuestos implican que estos delitos serán sancionados exclusivamente con presidios perpetuos. Esta pena, en la práctica, implica negar que el responsable tiene capacidad de socialización, lo cual es inherente a la naturaleza humana y a su dignidad como tal. Dicha decisión requiere de una justificación estricta, basada en el carácter especialmente reprochable del autor y gravedad de su culpabilidad. Sin embargo: ¿Estamos dispuestos a asumir que quienes cometen este tipo de delitos nunca más podrán reinsertarse definitivamente en la sociedad?

Francisco Javier Bedecarratz
Investigador del Instituto de Investigación en Derecho
Universidad Autónoma de Chile

 

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