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El futuro del carácter público de la educación en Chile Opinión

El futuro del carácter público de la educación en Chile

Carmelo Galioto
Por : Carmelo Galioto Investigador postdoctoral del Instituto de Ciencias de la Educación Universidad de O’Higgins
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Chile merece un debate acerca del carácter público de la educación: el lugar donde podemos sabernos sujetos personales dotados de características únicas y, a la vez, la educación como campo que nos sostiene y acompaña.


¿Qué futuro se vislumbra para el carácter público de la educación en la etapa que comienza del proceso constitucional? La pregunta es válida si se observa que la noción de educación pública no aparece nunca en el anteproyecto de texto constitucional elaborado por la Comisión experta. 

No se trata de apuntar el dedo desde un vacuo nominalismo que plantee que, si no aparece el término público, esto significa un automático descuido de los significados asociados a ello. El texto redactado, sin embargo, es expresión de un contexto y de un modo de comprensión de la res publica y de la educación.

El anteproyecto parece moverse entre el Escila del estatismo (Estado es concepto mencionado más veces en el texto) y los Caribdis de las libertades individuales, entendidas prevalentemente como libertad de elección de ciertas opciones: en el caso que nos ocupa aquí, libertad de elegir proyectos educativos libres y diversos y de garantizar la posibilidad de desarrollarlos. Parece haber un eco de la pregunta planteada por la filósofa Marina Garcés: ¿Qué validez muestra el Estado para la educación cuando vivimos vidas a la carta? Es decir, en una época en la cual la libertad de elección se ha convertido en el valor detrás del cual se subordinan todos los demás, incluso el valor de vivir algo que no se ha elegido por completo o del todo, como, por ejemplo, vivir al interior de una porción de mundo, de un País y una res publica.

El texto navega entonces a través de declaraciones como “El   Estado   deberá   crear, sostener   y   coordinar   una   red   nacional   de establecimientos educacionales pluralista en todos los niveles de enseñanza” donde hay el atisbo más marcado de lo público al hablar de red nacional: la imagen de una red que entreteje el ámbito público nacional no deja de ser decidora de algo liviano que nos conecte y liga. Tendría otro tenor y tono decir, por ejemplo, que la Constitución consagra un Sistema Público de Escuelas, la República lo sostiene y fomenta garantizando el acceso equitativo, manteniendo el criterio de la diversidad de proyectos educativos. En vez, podemos leer lo siguiente: “El Estado tiene el deber ineludible de fortalecer la educación en todos sus niveles y fomentar su mejoramiento continuo, ejerciendo labores de promoción, regulación y supervigilancia”. El problema, entonces, es el lenguaje y tono del conjunto de los artículos (8 sobre el derecho a la educación; 4 sobre la libertad de enseñanza) como si se tratara, prevalentemente, de una cuestión de provisión de servicios y administración de recursos. Por otra parte, además, la promoción, regulación y supervigilancia son tareas que ya muchos cuerpos legales les han asignado al Estado en materia educativa en los últimos años.  

No queremos una Constitución que explicite direcciones partidistas de políticas públicas (éstas corresponden al juego democrático de los gobiernos) o se extienda innecesariamente (el riesgo de la retórica siempre nos acecha.) Sin embargo, la Constitución no es solamente un texto jurisprudencial, sino que expresa principios y valores en común que nos vinculan ética y simbólicamente. En otro texto constitucional, el italiano, se puede leer “la scuola é aperta a tutti”: una frase concisa y a la vez densa, fruto de un diálogo institucional ocurrido entre 1946 y 1948 en una Asamblea Constituyente elegida mediante sufragio universal, después de una guerra sangrienta que dejó este país de rodillas.

Chile merece un debate acerca del carácter público de la educación: el lugar donde podemos sabernos sujetos personales dotados de características únicas y, a la vez, la educación como campo que nos sostiene y acompaña. Donde se despliegan intenciones, decisiones, acciones y consecuencias y en el cual la prioridad no sea la propiedad de los establecimientos educativos, su administración o la calidad como sello para contenderse la preferencia de las familias y obtener matriculas, sino el compartir cultura, asumir responsabilidades sea en primera persona cómo en común y así poder evaluar los fines por los cuales queremos educarnos juntos. “Es deber de la comunidad contribuir al desarrollo y perfeccionamiento de la educación” dice un inciso del anteproyecto. Se podría decir que las personas que viven en la comunidad (la polis, otro nombre de res publica) son la razón de ser de la educación y que ésta última a su vez fomenta la vida en comunidad. De lo contrario, no habría carácter público, sino más bien una mera conveniencia calculadora al servicio de intereses particulares. 

  • El contenido vertido en esta columna de opinión es de exclusiva responsabilidad de su autor, y no refleja necesariamente la línea editorial ni postura de El Mostrador.
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