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El problema de los plebiscitos dirimentes Opinión

El problema de los plebiscitos dirimentes


Esta semana la Convención ratificó la posibilidad de realizar plebiscitos dirimentes para materias constitucionales que no logren una aprobación de dos tercios pero que sí cuenten con un respaldo de al menos tres quintos del Pleno. La normativa, que para operar requiere de una reforma constitucional en el Parlamento, fue calificada como un ‘hecho grave’ por el vicepresidente de la Convención, Rodrigo Álvarez (UDI), quien argumentó que ‘en dos ocasiones, millones de chilenos votaron por un proceso que tenía ciertas características: uno, buscar grandes acuerdos a partir de los 2/3; dos, un plebiscito de salida’. A las críticas del exministro se sumaron reprobaciones de otros convencionales del oficialismo, como la de la exministra de Educación, Marcela Cubillos, quien sostuvo que ‘aquí lo que se hace es aprobar vía reglamentaria una norma en que no hay derecho y, de esta manera, saltarse las reglas del juego’.

Desde el otro lado, en tanto, celebraron la ratificación de la norma. El convencional Jorge Baradit escribió en su cuenta de Twitter: «Se aprobó tener plebiscitos dirimentes. Mecanismos de democracia directa que nunca había existido en Chile!». En cuanto al rol que jugará el Congreso, la representante del Partido Comunista, Valentina Miranda, manifestó: ‘Esperamos que los parlamentarios se pongan a disposición y por supuesto, nosotros como Chile Digno que también tenemos representación al interior del Congreso, vamos a seguir insistiendo (…) para que esta reforma constitucional logre la viabilidad de todos estos mecanismos’.

La aprobación de las consultas intermedias, sin embargo, es un error. En primer lugar, en términos más evidentes, porque efectivamente modifica lo pactado en el acuerdo del 15 de noviembre, cuya legitimidad fue plebiscitada. Los ciudadanos aceptaron un proceso que, se explicitó en diversas ocasiones, aprobaría los artículos con el beneplácito de 2/3 de los miembros del órgano.

Pero más allá de aquello, el principal error consiste en creer que la ciudadanía estará preparada para estudiar las materias que se sometan a plebiscito y para sufragar con todos los antecedentes requeridos en temas tan trascendentales como los que conciernen a un texto constitucional. Aquel error deriva, a su vez, de otra equivocación: son muchos los convencionales que están convencidos de que el proceso que protagonizan constituye la principal prioridad en los intereses del ciudadano común. Esa premisa, no exenta de egolatría ni de cierto mesianismo, menosprecia la capacidad civil de atender con profunda preocupación y dedicación otros asuntos y centra todo su potencial en la mera discusión de la política institucional.

Las personas mantienen sueños, metas e inquietudes que no solo dependen del proceso constituyente, sino que, en muchas ocasiones, están más bien sujetas a factores que pueden controlar o establecen desafíos que se deben enfrentar con recursos que se encuentran en su entorno social o material. El ahínco del cual la sociedad dispone para sus propósitos constituye una verdadera inversión de su tiempo en aspectos como el trabajo, el estudio o el cultivo de las relaciones personales. Muchas de esas actividades, por cierto, son manifestaciones políticas, lo que no significa que tengan que estar directamente ligadas a lo institucional. Dado lo recién descrito es que, para procesos como el que vive Chile, se eligen representantes que se dediquen exclusivamente a la labor asignada.

En concordancia con lo anterior, en caso de que la normativa de los plebiscitos intermedios se convierta efectivamente en un mecanismo de participación, es probable que estos terminen bajo el dominio de pequeños grupos con experiencia en la política institucional y que, dado aquello, la ciudadanía termine optando sencillamente por respaldar las iniciativas cuyo mensaje publicitario resulte más seductor.

Así, y en este contexto, las consultas dirimentes terminan convirtiéndose en una contradicción; pretenden entregar poder a la ciudadanía, pero la despojan del mismo al no reconocer la potestad de su ejercicio en el plebiscito del 25 de octubre y al entregar la hegemonía de la discusión a pequeñas minorías organizadas.

  • El contenido vertido en esta columna de opinión es de exclusiva responsabilidad de su autor, y no refleja necesariamente la línea editorial ni postura de El Mostrador.
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