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Cohecho, un delito complejo de probar

Cohecho, un delito complejo de probar

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Un desafío que tiene por delante la Fiscalía en las causas Penta, Corpesca y SQM.


En 2008 y 2009, la entonces diputada RN Amelia Herrera enfrentó dos sendos juicio orales por cohecho. Hoy, el caso es estudiado atentamente por la Fiscalía y por los abogados defensores de los casos de financiamiento ilegal de la política: Penta, Corpesca y SQM.

Tal como consigna El Mercurio, la posterior intervención de la Corte Suprema y el fallo absolutorio marcó jurisprudencia. El máximo tribunal del país acogió el recurso de nulidad presentado por la defensa de la ex alcaldesa de Quilpue tras estimar que la figura penal de cohecho (248 bis del Código Penal) requiere que el acusador demuestre que ese funcionario público que fue sobornado, incumplió u omitió sus deberes lo hizo con dolo directo, es decir que se demuestre que tuvo la voluntad de realizar el acto.

«La prueba del dolo en cuanto integrado por elementos psicológicos que yacen en la psique del sujeto activo del delito, ha de basarse en circunstancias -anteriores, coetáneas y posteriores al hecho, de todo orden- que demuestren al exterior el íntimo conocimiento y voluntad del agente, toda vez que como todo lo que se guarda en lo más profundo del ser anímico, solo puede probarse por una serie de datos que manifiesten la intención querida», señala el fallo.

Por tal razón, uno de los mayores desafíos del Ministerio Público en los casos de financiamiento ilegal de la política es: «Probar en un juicio que aquel político que fue beneficiado con aportes económicos a su campaña, además, lo hizo a cambio de beneficiar al empresario benefactor».

Además, el Ministerio Público deberá resolver en los casos de financiamiento ilegal de la política un tema no menor: la prescripción.

Respecto de las penas, la ley dice que el funcionario público involucrado en cohecho arriesga penas que van desde los 61 días a 3 años.

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