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Ex funcionarias del SII piden a Contraloría pronunciarse sobre legalidad de “nueva prescripción” Aseguran que oficio reservado es ilegal e incumple función del organismo

Ex funcionarias del SII piden a Contraloría pronunciarse sobre legalidad de “nueva prescripción”

En abril las abogadas Marisa Navarrete y Paulina Carrasco, ex jefa de Litigación Penal y ex subdirectora de Contraloría Interna, respectivamente, habían solicitado al organismo fiscalizador revisar el desempeño y eventual inacción del SII en cuanto a los casos de financiamiento irregular de la política. Ahora las ex funcionarias sumaron nuevos antecedentes a su solicitud, respecto a casos donde la prescripción podría afectar las indagatorias de la Fiscalía, al tiempo que pidieron un pronunciamiento del organismo acerca del oficio reservado que envió el subdirector jurídico, Bernardo Lara, en junio pasado, y que fue publicado esta semana por El Mostrador.


Que la Contraloría se pronuncie sobre el actuar y los nuevos criterios que están imperando en el Servicio de Impuestos Internos (SII). Eso pretende la ex jefa de Litigación Penal y la ex subdirectora de Contraloría Interna del SII, Marisa Navarrete y Paulina Carrasco, respectivamente. El Mostrador publicó esta semana el oficio reservado N° 227 que envió el subdirector jurídico del organismo, en junio de este año, a los directores regionales de Impuestos Internos sobre la recopilación de antecedentes. En el documento se prioriza la prescripción administrativa de 3 años para enviar o no los antecedentes de dicha causa tributaria al director de la institución, mandatado como el único encargado de decidir sobre si se querella o no.

Un oficio y otros antecedentes ingresaron las abogadas Navarrete y Carrasco a la Contraloría. Este miércoles, las ex funcionarias del SII sumaron este documento a la petición realizada en abril de 2015 sobre la eventual inacción de Impuestos Internos en causas de financiamiento irregular de la política. Respecto al oficio reservado al que  tuvo acceso este medio, las abogadas plantean al Contralor General de la República que  “el oficio modifica, sin tener facultad para ello, las normas de interrupción y suspensión de la prescripción y de reiteración de delitos induce a los funcionarios del SII a hacer una discriminación ilegal respecto de cuáles son las conductas que deben informar en sus recopilaciones de antecedentes, ordenándoles contrariamente a lo que indica la ley”.

Por eso, según Navarrete y Carrasco, se hace necesario un pronunciamiento de ese organismo contralor sobre la legalidad de dicha acción del SII, porque, según consta en el oficio presentado, “su actuación (la del SII) ha venido no sólo contradiciendo la ley sino causando un evidente perjuicio al Fisco por no ejercer adecuadamente sus facultades legales”.

Consultada por El Mostrador, Paulina Carrasco afirma que esta solicitud a la Contraloría “tiene por objeto complementar información relativa al quehacer del SII, en relación con cómo ha venido ejerciendo la acción penal en casos de delitos tributarios, que es atribución exclusiva del director de dicha entidad, en los casos de financiamiento irregular de la política. Hemos puesto en conocimiento a la Contraloría de este último oficio y de los casos expuestos, a fin de que en virtud de sus atribuciones revise el actuar del SII en estas materias y se pronuncie en relación con la forma en que dicha institución ha venido actuando respecto del ejercicio de la acción penal para perseguir delitos tributarios”, sostiene la abogada.

[cita tipo= «destaque»]“Nos sorprendió el oficio reservado publicado, por cuanto lo que ahí se señala no guarda relación con algunos artículos de la ley. No sabemos el contexto en que se redacta este oficio y, por lo tanto, le hemos solicitado una reunión en carácter de urgente al director nacional para que nos explique el trasfondo de este”, afirma Juan Apablaza, presidente nacional de la Asociación de Fiscalizadores del SII.[/cita]

Dentro de los otros antecedentes incluidos por las ex funcionarias del SII, está la confirmación, hace algunos meses, de la prescripción de la acción penal en el caso SQM respecto del ex senador del PS, Carlos Ominami, y del ex tesorero de dicha colectividad, Milton Lee Guerrero.

Además se hace alusión a los antecedentes de otras empresas que han rectificado pagos y a que, dentro de las listas de contribuyentes, hay personas vinculadas al mundo político y respecto de las cuales no existe una acción penal en curso del SII. Es el caso de Copec y el grupo Said.

Fiscalizadores piden explicación

El oficio reservado N°227 del Servicio de Impuestos Internos, enviado en junio por el subdirector jurídico del organismo, Bernardo Lara, fue conocido esta semana por trabajadores de la institución. Algunos afirman que “se va a traspasar la responsabilidad a los directores regionales, cuando la responsabilidad de conocer los antecedentes, para poder tomar el camino penal, por ejemplo, depende del director”, asegura un funcionario del SII.

Para la ex jefa de la Oficina de Litigación Penal del organismo, Marisa Navarrete, el documento y el nuevo criterio adoptado es arbitrario e ilegal. “El subdirector no puede renunciar anticipadamente a la acción penal, que es lo que hace el oficio, pues les dice a los fiscalizadores que, si ya pasaron 3 años desde la infracción, no haga nada, no investigue si existe o no delito tributario. O sea, es el más absoluto desprecio de la facultad que le dio la ley”, afirma la abogada.

Precisamente este jueves fueron los fiscalizadores del Servicio de Impuestos Internos los que solicitaron una reunión a la máxima autoridad del organismo, Fernando Barraza, para que les explique el referido documento y sus eventuales consecuencias.

“Nos sorprendió el oficio reservado publicado, por cuanto lo que ahí se señala no guarda relación con algunos artículos de la ley. No sabemos el contexto en que se redacta este oficio y, por lo tanto, le hemos solicitado una reunión en carácter de urgente al director nacional para que nos explique el trasfondo de este”, afirma Juan Apablaza, presidente nacional de la Asociación de Fiscalizadores del SII.

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