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Penas menores a las solicitadas impuso tribunal de Arica a organización criminal “Tren del Coro” PAÍS

Penas menores a las solicitadas impuso tribunal de Arica a organización criminal “Tren del Coro”

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Ximena Astudillo Arancibia
Por : Ximena Astudillo Arancibia Periodista y editora del newsletter Aquí Arica en El Mostrador
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Primer fallo contra una de las facciones del Tren de Aragua dictada en un juicio oral en Chile culminó con sentencias de 12 y 11 años para los imputados, dos venezolanos y un colombiano.


Pese a que el Ministerio Público estaba pidiendo condenas superiores a los 50 años de presidio para cada uno de los tres integrantes del “Tren del Coro”, una facción desprendida de la transnacional criminal de Los Gallegos, el Tribunal Oral Arica dictó penas muy inferiores a ellas.

En efecto, el juzgado integrado por las magistrados Jairo Martínez Cuadra (presidente), Mauricio Petit Moreno (redactor) y María Cecilia Zapata Pavez optó por la aplicación de penas que oscilan entre los 12 y 11 años de presidio por los delitos de asociación ilícita, tráfico ilícito de estupefacientes en pequeñas cantidades, robo con intimidación, y posesión y tenencia de armas de fuego para el líder de la organización, el colombiano Germán Padilla Díaz, y sus lugartenientes, los venezolanos Deiiker Pérez Pérez e Ismael Medina Morillo.

Al explicar la no aplicación de las penas máximas que establece el Código Penal para estos delitos, el juez Petit explicó que se le reconoció a los tres acusados su “irreprochable conducta anterior”; es decir, no tener condenas anteriores en Chile ni en sus países de origen.

“En cuanto a las penas que pueden haberles llamado la atención, básicamente las penas son las que establece la ley y las que el tribunal pudo imponer. Como saben, los acusadores, Ministerio Público y querellante, generalmente van por las penas más altas que establecen en abstracto las normas, pero de hecho hay una atenuante que favorecía a los acusados y que no fue controvertida. Desde ahí uno empieza a regular las sanciones que son aplicables de acuerdo a la legislación”, afirmó a los periodistas.

En el caso de la asociación ilícita, para la cual el tribunal estableció las penas de 541 días de presidio para el líder colombiano y 61 días de cárcel para los venezolanos, precisó que “de acuerdo a lo que se pudo probar y lo que solicitó también el Ministerio Público en su acusación, lo que originó principalmente esta asociación era este tráfico ilícito en pequeñas cantidades y simples delitos. La ley distingue en esa parte si se cometen simples delitos y cuál es el objeto de la organización, o si se cometen crímenes. En el caso que nos tocó conocer a nosotros, lo que se probó fue una organización encaminada a cometer delitos de microtráfico, cuya penalidad es menor. Y debimos aplicar la legislación que estaba vigente en esa época en que se cometieron los delitos”.

De esta manera, el líder colombiano Germán Padilla Díaz fue condenado a 541 días de presidio por el delito de asociación ilícita y los venezolanos a 61 días por el mismo delito. Del mismo modo, los tres deberán cumplir 2 penas de 541 días por los delitos de tráfico ilícito de estupefacientes en pequeñas cantidades; 5 años y un día por robo con intimidación y 3 años y un día de cárcel por posesión y tenencia de armas de fuego.

El tribunal absolvió al trío de acusados de los delitos de internación ilegal de armas de fuego y de tenencia y porte ilegal de municiones, pese a que durante el juicio se exhibió numerosa evidencia sobre la ostentación del armamento que su cabecilla hacía a través de una cuenta de Instagram.

Al respecto, el fiscal Regional Mario Carrera dijo que “estamos conforme con las condenas, se dieron por acreditados todos los delitos por los cuales habíamos acusado, tanto vinculados a la Ley 20.000, vinculados a la Ley de Control de Armas, asociación ilícita y también robo con intimidación”.

Y agregó que “de esta manera, creemos que este primer juicio de muchos que se vienen en la región en contra de organizaciones vinculadas al crimen organizado, nos dan buenas expectativas para lo que viene para el resto de los juicios que estamos iniciando”.

Fuentes vinculadas a las pesquisas, que pidieron reserva de su identidad, dijeron a El Mostrador, sin embargo, que pese a valorar el trabajo de la fiscalía, existe desazón ante lo que consideran condenas muy bajas, agregando que “es una señal errónea hacia este tipo de organizaciones criminales, que con esto ya saben que los tribunales chilenos no somn severos”.

Descolgados de Los Gallegos

La investigación sobre el “Tren del Coro” surgió a propósito de un robo con intimidación que la banda ejecutó en una residencial informal de la población Juan Noé de Arica, el 30 de marzo de 2023, populoso barrio situado frente a los terminales internacional y nacional de buses, donde transitan diariamente muchos extranjeros.

Con sistemas de vigilancia de ambas policías se logró establecer que la banda, inicialmente integrada por seis personas, correspondía a un grupo descolgado de la banda de Los Gallegos, tras las primeras detenciones de sus miembros, estableciendo como centro de operaciones la plaza Diego Portales, ubicada frente a los terrapuertos, donde comercializaba droga en pequeñas cantidades. También contaba con una casa de seguridad ubicada en la calle Cotacotani 2289, en la población San José, inmueble que aparecía en investigaciones anteriores de la policía civil con vínculos al narcotráfico.

Respecto del origen de la organización, la PDI sindicó al venezolano Nix Bracho Bracho como el líder inicial. Sin embargo, el sujeto perdió su posición al asesinar a un vecino que horas antes lo había agredido, luego de intervenir en una discusión que Bracho sostenía con su pareja en diciembre de 2020. Por estos hechos, el sujeto fue condenado a 28 años de presidio por los delitos de homicidio, porte ilegal de arma de fuego y disparos injustificados en la vía pública.

Ante ello Padilla Díaz (que se unió a Los Gallegos en Ecuador), quien asumió posteriormente el control de la banda y que además se encargaba de distribuir ketamina, cocaína, marihuana y las armas que utilizaban. La casa de seguridad contaba con tres pisos, desde cuya azotea podían advertir la llegada o vigilancia de los policías.

Los instrumentos para consolidar su imagen ante sus rivales, según la investigación del Ministerio Público, fueron el uso de un Instagram administrado por el colombiano y cabecilla de la banda, a través del nombre de usuario “johanlopez891” en Instagram.

En sus posteos, Padilla exhibía pistolas y revólveres de las marcas Taurus, Smith & Wesson y Glock, balas y una granada, haciendo gala de su alto poder de fuego y su disponibilidad “24/7 en el área”, como rezan algunos mensajes estampados en las fotos subidas a la red. También las publicaciones consideraban la exposición de municiones del tipo “hollow-point”, prohibidas en Chile y conocidas como “matapolicías”.

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