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Propuesta de Nueva Constitución
Pleno de la Convención rechaza en particular que regiones autónomas establezcan sus órganos internos NUEVA CONSTITUCIÓN Crédito: Agencia Uno

Pleno de la Convención rechaza en particular que regiones autónomas establezcan sus órganos internos

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«Las regiones autónomas, para el cumplimiento de sus funciones, podrán establecer sus plantas de personal y los órganos o unidades de su estructura interna, en conformidad a la Constitución y la ley», dice el artículo 48 del tercer informe de la Comisión de Forma de Estado. El inciso fue rechazado con 100 votos a favor, 13 en contra y 35 abstenciones. El segundo inciso, también declinado por el Pleno, señala que «estas facultades serán ejercidas por el Gobernador o Gobernadora Regional,  previo acuerdo de la Asamblea Regional, cautelando la carrera funcionaria, su debido  financiamiento y el carácter técnico y profesional de dichos empleos». El artículo volverá a la respectiva comisión, para ser revisado y ser presentado nuevamente ante la instancia plenaria.


El Pleno de la Convención Constitucional votó en particular la tarde de este martes el tercer informe de la Comisión de Forma de Estado. En la instancia, los convencionales rechazaron en particular ambos incisos del artículo 48, que permite a las regiones autónomas establecer órganos internos.

«Las regiones autónomas, para el cumplimiento de sus funciones, podrán establecer sus plantas de personal y los órganos o unidades de su estructura interna, en conformidad a la Constitución y la ley», dice el inciso primero del artículo, rechazado con 100 votos a favor, 13 en contra y 35 abstenciones. 

En tanto, el segundo inciso, también declinado por el Pleno, indica que «estas facultades serán ejercidas por el Gobernador o Gobernadora Regional,  previo acuerdo de la Asamblea Regional, cautelando la carrera funcionaria, su debido financiamiento y el carácter técnico y profesional de dichos empleos». El párrafo obtuvo 86 votos a favor, 14 en contra y 44 abstenciones. 

Ambos incisos de la propuesta volverán a la Comisión de Forma de Estado, para ser revisados. Posteriormente, se presentarán nuevamente a la instancia plenaria.

Otras normas

El Pleno aprobó otras normas, como el artículo 2 del informe. «Los Gobiernos Regionales y las  Municipalidades gozan de autonomía financiera para el cumplimiento de sus funciones, dentro del marco establecido por esta Constitución y las leyes», dice la norma, aprobada con 106 votos a favor, 29 en contra y 10 abstenciones. 

Asimismo, visaron los incisos segundo y tercero del mismo artículo. «La Ley de Presupuestos de la Nación deberá propender a que, progresivamente,  una parte significativa del gasto público sea ejecutado a través de los gobiernos  subnacionales, en función de las responsabilidades propias que debe asumir cada nivel de gobierno», señala el segundo párrafo.  

«El deber y la facultad de velar por la estabilidad macroeconómica y fiscal será centralizada, conforme a lo dispuesto en esta Constitución», añade el inciso tercero. 

Entre las propuestas rechazadas, se encuentra el artículo 5, acerca de multas y sobreprecios sobre externalidades negativas ambientales o de actividades económicas. Obtuvo 61 votos a favor, 45 en contra y 42 abstenciones. Volverá a la respectiva comisión. 

«La ley dictada por el Congreso  Plurinacional puede establecer multas y sobreprecios sobre las externalidades negativas  ambientales o de actividades económicas, tales como cargas sobre la emisión de  carbono, residuos tóxicos u otras substancias semejantes», reza el artículo.  

«Esta ley debe definir criterios de compensación para las Comunas Autónomas afectadas por las externalidades o actividades sujetas a este impuesto», agrega. 

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