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AFP Habitat aumenta la presión a la SVS de Fernando Coloma para que zanje caso Cascadas

Héctor Cárcamo
Por : Héctor Cárcamo Periodista El Mostrador Mercados
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Un nuevo ingrediente a la larga disputa del controlador de SQM, Julio Ponce Lerou, con los accionistas minoritarios de las sociedades cascadas que son el camino a través del cual el empresario maneja la empresa.

AFP Habitat, ligada a la Cámara Chilena de la Construcción (CChC), pidió formalmente el jueves pasado a la Superintendencia de Valores y Seguros (SVS) que suspenda la citación hecha por las sociedades Norte Grande y Sociedad de Inversiones Oro Blanco, a junta extraordinaria de accionistas para aumentar el capital de dichas compañías y para fusionarlas con las sociedades Potasios de Chile y Pampa Calichera. Se estima que estos aumentos de capital podrían totalizar unos US$ 450 millones.

La medida, propuesta por el propio Ponce Lerou en carta a la SVS, busca mejorar la posición financiera de las cascadas, luego del desplome del valor de las acciones de dichas sociedades y del activo subyacente SQM. Esto provocó que se tornaran insuficientes las garantías puestas por las cascadas para respaldar las deudas de las mismas y que les tiene al límite de incumplir los covenants de sus contratos con acreedores.

En la carta enviada a la SVS, el gerente general de Habitat, Cristián Rodríguez, señala que antes de realizarse estas reuniones la entidad que dirige Fernando Coloma debe primero informar el resultado de su investigación sobre una serie de operaciones de Ponce Lerou con las cascadas entre 2009 y 2011 que, a juicio de los minoritarios, los perjudicaron a ellos y le generaron millonarias ganancias a Ponce Lerou.

Según informes entregados por Moneda a la SVS, las operaciones superaron los US$ 6.400 millones. La SVS aún no entrega su decisión final, pese a que desde mayo pasado se ha venido especulando con que anunciaría resultados. De hecho, en el mercado se rumorea que faltarían pocos días para que se haga públicas las conclusiones de su investigación.

Rodríguez indicó que no se puede tomar una decisión en las juntas mientras no se conozcan los antecedentes de estas operaciones, que los directorios de esas sociedades se han negado a detallar.

“Señor Superintendente, como usted podrá comprender, las materias objeto de las juntas extraordinarias de accionistas a que están llamando dichas sociedades, son de una envergadura e impacto muy importante para todos sus accionistas y beneficiarios finales (afiliados a los Fondos de Pensiones), por lo que solicitamos ordenar la suspensión de toda junta de accionistas de dichas compañías que tenga por objeto aumentos de capital o fusión que pudieran tener un impacto en los estados financieros y en los derechos de sus accionistas, en tanto no se nos proporcione todos los antecedentes e información relativa a las cuestionadas operaciones con partes relacionadas y esa superintendencia no se haya pronunciado respecto de las situaciones denunciadas”, señala la carta.

Como respaldo a su solicitud, Rodríguez recordó a Coloma que el 4 de septiembre le enviaron un informe en derecho solicitado por cinco AFP y preparado por el abogado Arturo Yrarrázaval, que en sus conclusiones establece que los accionistas tienen derecho a conocer los antecedentes de las operaciones cuestionadas y junto con ello, indican que “los directorios de esas sociedades han aplicado ilegalmente la norma sobre políticas de habitualidad establecidas en el artículo 147 de la Ley N° 18.046, el cual esperamos tenga en consideración para resolver nuestra solicitud de suspensión de las juntas de accionistas”.

El informe de Yrarrázaval establece que en este caso no correspondía argüir, las normas de excepción que los directorios han usado para no hacer pública la información, ya que implica una acción ilegítima y una actuación ilegal de los integrantes de dichos directores.

Pero además, el estudio devela un nuevo argumento legal. Según el abogado, no procede emplear la norma de excepción del artículo 147 de la Ley de Sociedades Anónimas cuando se trata de sociedades anónimas abiertas en que se hayan invertido recursos de los fondos de pensiones, según lo establece el artículo 122 del Decreto Ley 3.500.

Por ello, Yrarrázaval señala que la SVS “debería ordenarle a las sociedades Norte Grande y Oro Blanco poner a disposición de las AFP los antecedentes que éstas requieran para poder analizar debidamente las operaciones entre partes relacionadas ejecutadas por dichas sociedades”.

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