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Reforma al sistema carcelario y libertades condicionales Opinión

Reforma al sistema carcelario y libertades condicionales

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Lidia Casas
Por : Lidia Casas Centro de Derechos Humanos UDP.
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El horrible asesinato de Ámbar Cornejo ha puesto al centro de la discusión las libertades condicionales. Dio pie a una acusación constitucional contra la ministra de la Corte de Apelaciones de Valparaíso por la decisión de una Comisión, y puso en tela de juicio la facultad de jueces para decretar la concesión de libertades condicionales.

Lo cierto es que el funcionamiento de las comisiones para la revisión de solicitudes de libertad condicional deja al descubierto las múltiples fallas de nuestro sistema de administración de justicia, entre ellas, que un importante grupo de personas privadas de libertad muestran indicadores problemáticos de consumo de alcohol y drogas; otros viven con serios problemas de salud mental, sin recibir atención alguna.

El sistema carcelario en Chile y la privación de libertad como única respuesta al delito, están muy lejos de hacer posible la rehabilitación de los condenados. Algunos recintos, como el Centro de Detención Santiago Sur (ex Penitenciaría) muestran condiciones degradantes para la vida humana: hacinamiento, falta de agua potable, infestación de roedores, etc., todo lo cual ha sido expuesto en sesiones especiales de comisiones de la Cámara baja y el Senado. Gendarmería carece del personal necesario para hacer frente a los problemas de las internas y los internos, y atender a las especiales condiciones de algunos de ellos.

La revisión de las solicitudes de libertad condicional también muestra deficiencias. Se entrega esta tarea a comisiones de jueces y juezas como una carga de trabajo más; no se les releva de sus tareas como jueces de instancia mientras la realizan. El sistema funciona como un engranaje más en la estructura de una burocracia en que interactúan diversos factores al momento de la revisión de antecedentes: la suspicacia sobre los informes evacuados por Gendarmería; la predisposición en un sentido y otro para revisar acuciosamente y la resolución “mecánica” de algunos casos; la estructura jerárquica del Poder Judicial y la desidia o temor de algunos jueces inferiores para consignar sus disidencias. Peor aún, no se cuenta con un procedimiento, por lo cual cada comisión, a instancia de quien la preside, establece de manera ad hoc su funcionamiento. Así, habrá ejemplos virtuosos, buenos y malos de cómo se procede.

En esta situación, cuando se cometen delitos violentos, como la violencia en contra de niños, niñas y adolescentes o mujeres, se enarbolan respuestas rápidas y fáciles, que le hablan a un cierto sentido común de la ciudadanía, pero que desconocen –o evitan evaluar, como es el caso de los parlamentarios– las condiciones estructurales en que se producen estos hechos. Una acusación constitucional solo saca del foco resolver problemas urgentes y de antigua data y que es una reforma al sistema carcelario y, en lo particular, un sistema de ejecución penal. La desidia es un problema de todos.

  • El contenido vertido en esta columna de opinión es de exclusiva responsabilidad de su autor, y no refleja necesariamente la línea editorial ni postura de El Mostrador.
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