Publicidad

Revocatoria a Carlos Cruz abre nuevo escenario contra ministra Chevesich

Con este fallo podría iniciarse un cambio en el criterio de la Corte, con respecto a las actuaciones judiciales de Chevesich, sobre todo porque la defensa de los inculpados ha comenzado a tener conocimiento del sumario, lo que les ha permitido acceder a información que inculpa a sus clientes y revocarla por la vía de la apelación. Y eso puede ser sólo el principio.


El revocamiento unánime del auto de procesamiento de Carlos Cruz por fraude al Fisco, dictado ayer por la Séptima Sala de la Corte de Apelaciones de Santiago, abrió un nuevo foco de atención y análisis sobre el proceso que sustancia la ministra Gloria Ana Chevesich.

De hecho, en la resolución de ayer, los magistrados le hacen un sutil recordatorio de que el auto de procesamiento es una determinación judicial esencialmente revisable, como también que la jurisprudencia no existe y que la apelación de Carlos Cruz, al menos en este caso, nunca había sido revisada por un tribunal superior.

El triunfo para la defensa de Carlos Cruz y para felicidad del gobierno, coincide con la tramitación que realiza el ministro en visita «extraordinaria administrativa», Milton Juica, por las presuntas presiones y filtraciones del caso.

El fondo de la resolución de seis páginas estableció ayer dejar sin efecto el encausamiento de Cruz, debido a que no se configuró el delito del artículo 239 del Código Penal, ya que no hubo pérdida para el Fisco.

Asimismo, dejó claramente establecido que el sistema de sobresueldos, a través de un sistema que «permitía remunerar a determinados funcionarios con ingresos superiores a los establecidos por las normas vigentes que regulaban la materia», no era un ilícito.

Pero más allá de la indagatoria de Juica, como del fallo mismo, lo cierto es que podría iniciarse un cambio en el criterio de la Corte, con respecto a las actuaciones judiciales de Chevesich, sobre todo porque la defensa de los inculpados ha comenzado a tener conocimiento del sumario, lo que les ha permitido acceder a información que inculpa a sus clientes y revocarla por la vía de la apelación. Y eso puede ser sólo el principio.

De hecho, al principio de la resolución, los ministros les hacen un sutil «tirón de orejas» judicial a la magistrada, ya que basándose en el artículo 278 del Código de Procedimiento Penal (CPP), Chevesich dictó «no ha lugar», cuando se le pidió revisar el auto de procesamiento a Cruz, atendiendo a que la resolución había sido ya confirmada por la Corte.

Sin embargo, los magistrados estimaron que, primero, todo procesamiento es revisable y que la resolución aludida por Chevesich era la apelación interpuesta por otro de los procesados, a saber, Eduardo Arraigada, y no por Cruz.

Por esta razón es que decidieron revisar el fondo del procesamiento dictado por la aludida ministra.

Carlos Cruz fue sometido a proceso por primera vez en este caso, el 9 de enero del 2003, por el ministro que inició la investigación, Carlos Aránguiz. En la ocasión, tanto el ex secretario de Estado, como el dueño de GATE, Héctor Peña Véliz, y el ex jefe de Vialidad del MOP, Sergio Cortés, fueron encausados por el delito de fraude al fisco, por la suma de 311 millones 166 mil 421 pesos.

Posteriormente, el 23 de abril pasado, la magistrada Chevesich lo encausó bajo los cargos de fraude al Fisco, por contratos ascendientes a $567 millones que la Dirección General de Obras Públicas y la subsecretaría de la repartición firmaron con la consultora EGO Limitada, que posteriormente cambió su razón social a la de GESYS Limitada.

Artículos relacionados:

MOP-Ciade: Corte revocó procesamiento por fraude al Fisco a Carlos Cruz (17 de junio del 2004)

Gobierno envía carta a Suprema por ‘presiones’ en caso GATE (2 de junio del 2004)

Lea contenido de la carta de Ejecutivo al Poder Judicial

¿Por qué Libedinsky omitió la carta? (2 de junio del 2004)

Suprema reconoce presiones »directas y veladas» a ministra Chevesich (1 de junio del 2004)

Publicidad

Tendencias