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Destacan que jueza excluyera del caso Moyano casi las mismas pruebas que desestimó el recusado juez Patricio Álvarez

Destacan que jueza excluyera del caso Moyano casi las mismas pruebas que desestimó el recusado juez Patricio Álvarez

“Se criticó mucho por la fiscalía y los querellantes que el juez Álvarez haya excluido testigos por considerarlos improcedentes, ya que no presenciaron ni aportaban nada en relación a los delitos investigados, como fue el caso de los testimonios de la viuda y las hijas del cabo Moyano”, señaló el defensor Luis Gálvez. Y explicó que, en esta nueva preparación, la jueza Carla Capello también excluyó a esas testigos y a otros que judicialmente no eran procedentes.


Terminada la audiencia de preparación de juicio oral (APJO) por el crimen del cabo de Carabineros Luis Moyano, el defensor penal público Luis Gálvez revindicó al juez del Séptimo Tribunal de Garantía Patricio Álvarez, quien debió abandonar la causa en medio de una anterior preparación de juicio que fue anulada porque la fiscalía adhirió a una recusación presentada por la familia del uniformado como querellante contra el magistrado, que fue acogida por la Corte de Apelaciones de Santiago.

Esta causa, informó un comunicado de la Defensoría Penal Metropolitana Norte, se inició en octubre de 2007, cuando un grupo de sujetos asaltó una sucursal del Banco Security del Centro de Santiago. En la huida uno de los individuos mató al cabo Moyano cuando acudió a la persecución en motocicleta.

Un detenido de nombre Víctor Hugo Jerez fue el que acusó a Juan Aliste Vega, Freddy Fuentevilla y Marcelo Villarroel de ser los autores de ese asalto y de otros dos en contra de sucursales del Banco Santander en el centro y en Valparaíso. Ese imputado, que fue defendido por el abogado particular Víctor Jaque, ya fue juzgado y condenado por robo con intimidación a diez años y un día de presidio, a pesar de su colaboración sustancial.

Aliste, Fuentevilla y Villarroel –defendidos por los defensores públicos Luis Gálvez y Pablo Sanzana y por el abogado particular Pablo Ortega respectivamente– fueron detenidos en Argentina por la policía de ese país y trasladados a Chile. La causa se radicó en el Séptimo Tribunal de Garantía, cuyo juez Patricio Álvarez estuvo a cargo de la APJO. Sin embargo, explica el defensor Luis Gálvez, dado que ese magistrado estaba excluyendo buena parte de sus pruebas, la fiscalía empezó a cuestionarlo con presentaciones ante la Corte y de Tribunal Constitucional. “El objetivo era sacar al juez Álvarez por la gran cantidad de pruebas que les había excluido”, afirmó. Finalmente la Corte acogió la recusación, por lo que el magistrado debió abandonar la causa, y la APJO desarrollada hasta ese minuto, debió ser anulada.

Debió hacerse una nueva APJO, que estuvo a cargo de la jueza Carla Capello. Terminada después de varias semanas, Luis Gálvez afirmó que su resultado dejó de manifiesto que la recusación fue innecesaria e injustificada. “Se criticó mucho por la fiscalía y los querellantes que el juez Álvarez haya excluido testigos por considerarlos improcedentes, ya que no presenciaron ni aportaban nada en relación a los delitos investigados, como fue el caso de los testimonios de la viuda y las hijas del cabo Moyano”, señaló. Gálvez explicó que, en esta nueva preparación, la jueza Capello también excluyó a esas testigos y a otros que judicialmente no eran procedentes.

Gálvez agregó que la recusación fue contraproducente para quienes la impulsaron, porque la defensa pudo estudiar con mayor profundidad la prueba de la fiscalía y pudo revaluar algunas exclusiones. Ejemplificó con el caso de un perito de Carabineros de Valparaíso que se negó a periciar la camioneta en que supuestamente los imputados viajaron de Santiago al puerto, ya que no había seguido una cadena de custodia y estaba contaminada. “Inicialmente no se encontró nada, pero después apareció un boleto de peaje que confirmaría el traslado. Ese testigo antes fue excluido, pero ahora la defensa lo hizo suyo, ya que prueba lo irregular del procedimiento”, afirmó. Otro caso fue el testimonio de un empleado de la sucursal de Valparaíso y de un carabinero que reconocieron a otra persona como autora del asalto, que no está formalizada. “Esos testigos también fueron excluidos por el juez Álvarez, pero ahora nos interesa que testifiquen”, agregó.

Luis Gálvez concluyó que todo este episodio hizo perder varios meses por la repetición de la APJO, y significó un injusto cuestionamiento de los persecutores a la imparcialidad del magistrado Patricio Álvarez. Sin embargo, finalizó, las exclusiones adoptadas demuestran que éste actuó muy profesionalmente.

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