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Desafíos en el Día de los Derechos Humanos Opinión

Desafíos en el Día de los Derechos Humanos

Daniela Báez Aguirre
Por : Daniela Báez Aguirre Defensora Regional Metropolitana Norte
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El respeto de las garantías judiciales mínimas forma parte de la base de un Estado Democrático de Derecho. No obstante, el acceso a un debido proceso judicial es el derecho humano más comúnmente infringido por los Estados. El sistema interamericano de justicia ha consignado que toda persona tiene derecho a ser oída, con las debidas garantías y dentro de un plazo razonable, por un juez o tribunal competente, independiente e imparcial, establecido con anterioridad por la ley, en la sustanciación de cualquier acusación penal formulada contra ella o para la determinación de sus derechos y obligaciones de orden civil, laboral, fiscal o de cualquier otro carácte


Cada 10 de diciembre se celebra el Día de los Derechos Humanos, con motivo de la adopción, en 1948, de la Declaración Universal de Derechos Humanos (DUDH) por parte de la Asamblea General de las Naciones Unidas. Se trata de un documento histórico que proclama los derechos inalienables que corresponden a todo ser humano, independientemente de su raza, color, religión, sexo, orientación sexual, idioma, nacionalidad, posición económica, política o de otra índole, nacimiento o cualquier otra condición. Es el texto que más se ha traducido en todo el mundo, a más de 500 lenguas, y se erige como uno de los fundamentos de la democracia y de los Estados de Derecho contemporáneos.

En momentos como el actual, cuando la humanidad en su conjunto enfrenta graves desafíos, se hace necesario reforzar el compromiso de promover y defender permanentemente todos los derechos humanos: civiles, culturales, económicos, políticos, sociales y ambientales. 

Uno de los escenarios en los que esta necesidad se vuelve particularmente acuciante es el que viven los grupos más vulnerables de la sociedad: las diversidades sexuales, los jóvenes -especialmente los más pobres-, las personas en situación de calle y, especialmente, quienes se encuentran privados de libertad. En este último caso, podemos decir que la situación en las cárceles constituye un buen barómetro para describir cómo un Estado respeta los derechos humanos en general.

Siempre en el ámbito penal y a propósito de la discriminación por género, es necesario reconocer también que la incorporación de la perspectiva de género en favor de las mujeres imputadas que enfrentan un proceso penal constituye uno de los grandes avances de la justicia chilena en los últimos años.

Del mismo modo, la visibilización de la comunidad LGTBIQA+ como grupo vulnerable ante la justicia nos impone importantes desafíos, comenzando por el respeto de cada persona en su calidad de tal, con prescindencia de su identidad u orientación sexual. Esto redunda en promover un trato digno y el reconocimiento de su nombre social, entre otros aspectos. Este estándar ya ha sido consolidado por la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) en casos como Flor Freire vs. Ecuador y Duque vs. Colombia, en los que reafirmó que no se pueden discriminar a las personas por su orientación sexual en el ámbito de la administración de justicia, ni en ningún otro.

Asimismo, el respeto de las garantías judiciales mínimas forma parte de la base de un Estado Democrático de Derecho. No obstante, el acceso a un debido proceso judicial es el derecho humano más comúnmente infringido por los Estados. El sistema interamericano de justicia ha consignado que toda persona tiene derecho a ser oída, con las debidas garantías y dentro de un plazo razonable, por un juez o tribunal competente, independiente e imparcial, establecido con anterioridad por la ley, en la sustanciación de cualquier acusación penal formulada contra ella o para la determinación de sus derechos y obligaciones de orden civil, laboral, fiscal o de cualquier otro carácter.

En el caso del fenómeno migratorio, que ha experimentado una enorme expansión en los últimos años en nuestro continente, también es deber del Estado adoptar políticas públicas que salvaguarden estrictamente los derechos humanos. Así, en el ejercicio de la facultad de fijar políticas migratorias, los países  pueden establecer mecanismos de control de ingreso, siempre que dichas medidas sean compatibles con las normas de protección de los derechos de las personas establecidas en la Convención Americana. 

Nuestro sistema de justicia penal enfrenta hoy desafíos inéditos, como el retorno a la presencialidad luego de la extraordinaria situación generada por la pandemia del COVID-19. En este contexto y en cualquier circunstancia, es imprescindible que todos los integrantes de este sistema asuman como una obligación impostergable la promoción y defensa de los derechos humanos en toda circunstancia, entendiendo esta necesidad como uno de los fundamentos del Estado de Derecho en Chile.

 

  • El contenido vertido en esta columna de opinión es de exclusiva responsabilidad de su autor, y no refleja necesariamente la línea editorial ni postura de El Mostrador.
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